Decisión de Tribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo de Yaracuy, de 4 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo
PonenteCarlos Manuel Fuentes Garrido
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2007-000346

En el día de hoy, Miércoles Cuatro (04) de Agosto del año dos mil diez (2.010), siendo las Nueve de la Mañana (9:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por los ciudadanos: A.C. Y OTROS contra el INSTITUTO AUTÓNOMO CONTRA LA POBREZA Y EXCLUSIÓN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (IAPESEY).

Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, procediéndose a verificar la presencia de las partes, en ese sentido, se deja constancia que en representación de la parte actora comparece el profesional del derecho: D.S., inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 62.051, quien actúa en representación de la parte actora y en representación de la parte demandada comparece la profesional del derecho: I.S., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 140.548. Finalmente, se deja expresa constancia que por la Procuraduría General del Estado Yaracuy comparece el profesional del derecho: C.C., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 114.393.

Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado C.M.F.G., el secretario, Abogado R.E.A.A. y el Técnico Audiovisual y Alguacil J.G..

Acto seguido, tomo la palabra el ciudadano Juez quien insto a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, para lo cual se le concedió el derecho de palabra a la representación de la parte demandada quien manifestó su deseo de honrar las pretensiones del actor, sin embargo, tanto la parte actora como la parte accionada solicitaron al Tribunal la suspensión de la audiencia por un lapso de (30) días hábiles contados a partir de la presente fecha.

En razón a la petición hecha por las partes, por no ser contraria a derecho y versar sobre la voluntad de las mismas, y en aras del uso de los medios alternativos de solución de conflictos; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia ordena suspender la causa por un lapso de Treinta (30) días hábiles computados a partir del presente día, y una vez vencido, se procederá a fijar la Audiencia Oral y Pública por auto separado, sin ordenar la notificación de las partes por cuanto las mismas de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se encuentran a derecho. Se deja constancia que en el desarrollo de la audiencia la cámara presentó problemas técnicos. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO;

Abg. C.M.F.G.

POR LA DEMANDANTE POR LA DEMANDADA:

ABG: D.S.A.: I.S.

Por la Procuraduría General

del Estado Yaracuy:

Abg. C.C.

EL SECRETARIO,

ABG. R.A.A.

El Técnico Audiovisual/

Alguacil.

J.G.

CMFG/REA*

+DIOS y FEDERACIÓN+

UP11-L-2007-000346

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