Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de Yaracuy, de 17 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2009
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
PonenteDaniel Roman
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Diecisiete (17) de Diciembre de 2009.

199º y 150º

ASUNTO: UP11-L -2009-000278

De una revisión a las actas que integran la presente causa, se puede evidenciar a los folios 39 al 123; TRANSACCION celebrada entre el ciudadano: J.R.P.L., asistido por el Abogado D.A.S.R. y el INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA Y EXCLUSION SOCIAL DEL ESTADO YARACUY “IAPESEY”, representada por el ciudadano Abg. J.J.D.A., asistido por la Abogada N.R., con la presencia de la Abogada H.M. en representación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, mediante la cual se acordó pagar al accionante la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 85.000,oo), por concepto del pago de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos laborales, los cuales fueron aceptados conforme por el actor representado por Abogado y por cuanto ambas partes solicitaron la Homologación de la Transacción suscrita, se acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; SE IMPARTE LA HOMOLOGACION A LA TRANSACCION ALCANZADA POR LAS PARTES, EN LOS MISMOS TERMINOS EN QUE FUE REALIZADA; DANDOSELE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA y SE ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE UNO VEZ QUE CONSTE EN AUTOS EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LO ACORDADO. Así se establece.

El Juez,

Abg. D.R.C.

El Secretario,

Abg. J.C.T.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR