Policía de Kenia investiga tráfi co de drogas en misión de Venezuela

La policía de Kenia sigue una línea de investigación en el caso del asesinato de la encargada de negocios de Venezuela en ese país, Olga Fonseca, que apunta a los narcóticos. Según los diarios The Star y The Kenyan Daily Post, de Nairobi, los cuerpos de seguridad han recibido informes que indican que uno o varios oficiales de la misión de Caracas usaron sus privilegios como la valija diplomática para traficar drogas. The Star publica que la funcionaria hizo cambios en la legación cuando lle gó el 15 de julio, lo que habría molestado a algunos empleados porque incluyeron limitaciones para el acceso de beneficios diplomáticos que, según el periódico, se presume eran usados para transportar los estupefacientes. No se aclaró si solo llegaban al país africano o si eran la vía para garantizar la salida hacia otro destino. The Kenyan Daily Post señala, en su edición de ayer, que la jefa de la misión en Kenia suspendió la entrada de valijas diplomáticas al país africano. Fuentes citadas por The Star expresaron que la decisión "generó fricciones en la Embajada y pudo contribuir con el asesinato". Otras fuentes afirman al diario que la policía estableció vínculos entre el equipo de la legación diplomática y algunos traficantes de droga locales e internacionales. Aseveraron que las investigaciones han tratado de evitar un roce diplomático con Venezuela. The Star recuerda que el numeral 2 del artículo 27 de la convención de Viena sobre relaciones diplomáticas establece que la correspondencia oficial de la misión es inviolable. El 3 dice que la valija diplomática no se podrá abrir ni retener y el 4, que los bultos que la constituyen deben ir "provistos de signos exteriores visibles" que indiquen su carácter y que "podrán contener documentos diplomáticos y objetos de uso oficial".

El numeral 7 indica que la valija se puede confiar al comandante de una aeronave comercial, que debe aterrizar en un aeropuerto autorizado y llevar un documento oficial en el que conste el número de bultos y que un miembro de la misión puede retirarlos. El numeral 5 del artículo 27 del texto indica que el correo diplomático "estará...

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