Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 22 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control |
Ponente | Ysmenia Fernandez Hernandez |
Procedimiento | Sobreseimiento De La Causa |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITOJUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSIÒN CARÙPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº4
Carúpano, 22 de Noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-004664
ASUNTO: RP11-P-2013-004664
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Visto el escrito presentado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contentivo de solicitud de SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a FUNCIONARIOS POLICIALES DESCONOCIDOS, por la comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 67 de la ley Contra la Corrupcion, en perjuicio de RAIPRISCO DEL J.H.R., conforme a lo previsto en el artículo 300 ordinal 4° y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal, visto el pedimento formulado y revisadas las actuaciones que acompañan la solicitud, pasa a decidir en los siguientes términos:
DE LOS HECHOS Y DEL DERECHO APLICABLE
Observa esta Juzgadora que, ciertamente los hechos objeto de la presente investigación ocurrieron en fecha 18-11-2012, cuando de inicia la presente investigación mediante denuncia presentada por la víctima en el presente asunto, en la que manifiesta que, funcionarios policiales desconocidos se presentaron en su casa como a las siete y media de la noche, exigiéndole que los acompañara al despacho del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub- Delegación Estadal Carúpano, a la fuerza sin ninguna orden y ahora bien, del análisis de los recaudos acompañados a la solicitud Fiscal, y atendiendo a las circunstancias del caso en particular, se observa que, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, motivo por el cual, este Tribunal, considera procedente la solicitud Fiscal por el motivo invocado, y en consecuencia se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al a FUNCIONARIOS POLICIALES DESCONOCIDOS, por la comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 67 de la ley Contra la Corrupción, en perjuicio de RAIPRISCO DEL J.H.R., Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 19.402.381 y residenciado en: Canchunchu Nuevo, Barrio bolivariano, Casa 62-220, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 4, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a FUNCIONARIOS POLICIALES DESCONOCIDOS, por la comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 67 de la ley Contra la Corrupción, en perjuicio de RAIPRISCO DEL J.H.R., Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 19.402.381 y residenciado en: Canchunchu Nuevo, Barrio bolivariano, Casa 62-220, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes conforme a lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABG. YSMENIA F.H.
LA SECRETARIA
ABG. CASTELIA NUÑEZ