Decisión de Tribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo de Yaracuy, de 18 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2011
EmisorTribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo
PonenteCarlos Manuel Fuentes Garrido
ProcedimientoNulidad De Acto Administrativo Conjuntamente Con A

República Bolivariana de Venezuela

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

San Felipe, Dieciocho (18) de Octubre de 2.011

201º y 152º

ASUNTO: UH12-X-2011-000018

ASUNTO PRINCIPAL: UP11-N-2011-000028

PARTE RECURRENTE: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

APODERADO JUDICIAL: Abg. GRETTY PARA Y J.P.

ACTO RECURRIDO: P.A. N° 074/2011 DE FECHA 06 DE ABRIL DE 2011 EMANADA DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY

MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL CONJUNTAMENTE CON RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

Visto que en la causa UP11-N-2011-000028, de la nomenclatura de este juzgado la parte accionante solicita subsidiariamente al recurso de nulidad DE SUSPENCIÓN DE EFECTOS, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa a petición de parte y en cualquier estado y grado del procedimiento se podrá acordar las medidas cautelares que se consideren pertinentes, para resguardar la apariencia del buen derecho invocado y garantizar las resultas del juicio, ponderando los intereses públicos generales y colectivos concretizados y ciertas gravedades en juego, siempre que dichas medidas no prejuzguen sobre la decisión definitiva.

Ahora bien, revisado el escrito contentivo de la solicitud de dicha medida, se constata que el mismo cumple con los requisitos de procedibilidad, es decir, existe la posibilidad de que quede ilusoria la ejecución del fallo, en consecuencia, por cuanto el mismo no resulta contrario a derecho, al Orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, este Tribunal declara: PROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DE EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA P.A. Nº 064/2011 DE FECHA 06 DE ABRIL DE 2011 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY EN LA CUAL SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESMEJORA INCOADA POR EL CIUDADANO O.G. TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 11.653.760. ASÍ SE DECLARA.

DECISION

Conforme a lo antes expuesto, este tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:

PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados GRETTY GAMARRA y J.P., Inpreabogado Nro. 62.062 y 48.572 EN CONSECUENCIA, ORDENA:

PRIMERO

SUSPENDER LOS EFECTOS DE LA P.A. N° 064/2011 DE FECHA 06 DE ABRIL DE 2011 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO YARACUY hasta que sea dictada la sentencia definitiva en la presente causa.

SEGUNDO

Así mismo, se ordena suspender todo acto tendiente a ejecutar la medida de Desmejora del ciudadano O.G., titular de la cedula de identidad Nº 11.653.760

TERCERO

De igual modo, se ordena suspender el Procedimiento Sancionatorio de multa incoado contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO YARACUY. Y así se decide.

CUARTO

De igual forma, se ordena notificar mediante oficio a la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, sobre la suspensión de los efectos de la P.A. N° 064/2010 de fecha 11 de Abril de 2011 emanada de la Inspectoria del Trabajo del Estado Yaracuy, a fin de que el referido órgano administrativo, se sirva darle inmediato y estricto cumplimiento a las suspensiones ordenadas.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San F.D. (18) día del mes de Octubre del año 2011. Años: 201º y 152º.

El Juez;

Abg. C.M.F.

La Secretaria,

Abg. Mirbelis Almea

En la misma fecha se publicó siendo las 01:00 de la Tarde

La Secretaria,

Abg. Mirbelis Almea

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR