Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de Merida (Extensión El Vigia), de 18 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteRosarito Mendez Barone
ProcedimientoDeclinatoria De Competencia

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01

El Vigía, 18 de Noviembre de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-001748

Visto que en fecha 15-11-2010, se recibió Oficio Nº LK11OFO2010004686, de fecha 11-11-2010, procedente del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, mediante el cual acusa recibo de comunicación Nº 4620, de fecha 09-11-2010, relacionada con la causa seguida al acusado C.A.C.D., por ante el Tribunal antes indicado, informando que al referido acusado se le sigue causa por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSÍA, CON LAS AGRAVANTES DE OBRAR CON PREMEDITACIÓN CONOCIDA E IGNOMINIA, EJECUTARLO CON ARMAS Y EN UNIÓN A OTRAS PERSONAS QUE ASEGUREN IMPUNIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 numerales 5, 7 y 11 ejusdem, en perjuicio del hoy occiso L.A.V.C.; APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el primera aparte del artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LEES L.L.L., y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 277 DEL Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, participando además que el estado actual de la referida causa, es que se encuentra en espera de llevar a cabo Constitución de Tribunal Mixto, fijado para el día 23-11-2010.

En tal sentido, este Tribunal observa:

  1. - Que por ante este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, cursa causa signada bajo el número LP11-P-2010-1748, seguida al acusado C.A.C.D., por el delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento del hecho, delito este que prevé una pena de Seis (06) a Ocho (08) años de Prisión, encontrándose en espera de llevar a efecto Acto de Constitución de Tribunal Mixto, fijado para el día 22-11-2010.

  2. - Que por ante el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, cursa causa signada bajo el Nº LP11-P-2008-1531, seguida al acusado C.A.C.D., por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSÍA, CON LAS AGRAVANTES DE OBRAR CON PREMEDITACIÓN CONOCIDA E IGNOMINIA, EJECUTARLO CON ARMAS Y EN UNIÓN A OTRAS PERSONAS QUE ASEGUREN IMPUNIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 numerales 5, 7 y 11 ejusdem, en perjuicio del hoy occiso L.A.V.C.; APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LEES L.L.L., y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 277 DEL Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, delito estos que prevé el primero de ellos una pena de Quince (15) a Veinte (20) años de Prisión, el segundo una pena de Cinco (05) a Ocho (08) años de Prisión y el último una pena de Tres (03) a Cinco (05) años de Prisión, encontrándose en espera de llevar a efecto Acto de Constitución de Tribunal Mixto, fijado para el día 23-11-2010.

  3. - Observa esta juzgadora, que al acusado C.A.C.D., se le siguen dos procesos por distintos delitos, los cuales son considerados DELITOS CONEXOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, y siendo que el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal establece la Unidad del Proceso que deben tener los procesos seguidos a un mismo imputado, es decir que no se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, y en caso de que se le imputen varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave”. Existiendo en el presente caso dos causas, las cuales se encuentran en la fase de juicio, donde evidentemente se observa que la causa signada bajo el Nº LP11-P-2008-1531, llevada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, posee delitos que merecen mayor pena, como lo es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSÍA, CON LAS AGRAVANTES DE OBRAR CON PREMEDITACIÓN CONOCIDA E IGNOMINIA, EJECUTARLO CON ARMAS Y EN UNIÓN A OTRAS PERSONAS QUE ASEGUREN IMPUNIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 numerales 5, 7 y 11 ejusdem. Considera esta juzgadora que a los fines del debido proceso y las demás garantías constitucionales y procesales del acusado C.A.C.D., en la presente causa, y privado de libertad como se encuentra por esta causa, además de estar en la misma etapa procesal, considera ineludible la declinatoria de competencia en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Adjetiva Penal. Y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA; LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa signada bajo el número LP11-P-2010-001748, seguida al acusado C.A.C.D., en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los fines de que la misma sea acumulada a la causa signada bajo el número LP11-P-2008-001531, que cursa por ante ese Tribunal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos señalados a lo largo de la decisión, y artículos 2, 3, 26, 49, 51, 256 y 257 de la Constitución y artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 12, 13, 19, 70, 71, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir la presente causa constante de una (01) pieza y Ciento Sesenta y Seis (166) folios. Notifíquese a Fiscalía Séptima del Ministerio Público, Defensa y Acusado en la presente causa. Cúmplase.

LA JUEZA DE JUICIO N° 01

ABG. R.M.B.

LA SECRETARIA

ABG. JENNYS DEL MAR DUQUE

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