Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 8 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteMariela Fuenmayor
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,

EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

LOS TEQUES

Los Teques, ocho (08) de febrero de dos mil seis (2006).-

195º y 146º

Visto el convenimiento anterior de fecha 06 de los corrientes, presentado por la abogada en ejercicio O.M.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.504, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, C.A., CENTRAL BANCO UNIVERSAL, (antes CENTRAL ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO), Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 29 de octubre de 2001, bajo el N° 01, Tomo 46-A, ente resultante de la Fusión por absorción autorizada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, según Resolución N° 212.01, de fecha 11 de octubre de 2001, debidamente publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.306 de fecha 18 de octubre de 2001 y notificada por Oficios Nros. SBIF-CJ-DAF-7956 y SBIF-CJ-DAF-7957 de fecha 23 de octubre de 2001, entre el BANCO HIPOTECARIO VENEZOLANO C.A., inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 31 de agosto de 1961, bajo el N° 64, Tomo 22-A, modificado por sucesivos documentos inscritos en ese Registro Mercantil, siendo su última modificación

relacionada con el cambio de denominación social y de domicilio, en fecha 26 de octubre de 2001, anotada bajo el N° 12, Tomo 205-A-Pro. Y CENTRAL ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A., originalmente inscrita como Sociedad Civil por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 26 de septiembre de 1963, bajo el N° 73, folio 235, Tomo 5, Protocolo 1 y transformada en Compañía Anónima según documento inscrito por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 27 de Agosto de 1998, bajo el N° 91, Tomo 243-A-Qto., por una parte y por la otra, los ciudadanos H.E. ORTA VARELA Y Z.M.T.d.O., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.178.161 y V-3.248.315, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio P.P.V., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.817, este Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le da carácter de cosa juzgada y ordena expediente por secretaria las copias fotostáticas certificadas solicitadas. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Cúmplase.-

LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA,

ABG. O.D.D.S.

En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, por cuanto no fueron consignados los fotostatos respectivos.-.

LA SECRETARIA,

ABG. O.D.D.S.

MJFT/Lisbeth

EXP. N° 12303

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