Decisión de Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 14 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoBienes De Menores

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2

Barinas, 14 de Marzo de 2008.

197 º y 148 º

Por cuanto de la revisión detallada de las actas procesales que componen la presente causa de BIENES DE NIÑOS y ADOLESCENTES (F), suscrita por la ciudadana MARGHERITA L.S.D.R.D.A., C.I N° V-80.218.583, en beneficio de su hijo J.L.A.S., actualmente mayor de edad, se evidencia: Primero: Que la misma fue resuelta por SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON CARÁCTER DEFINITIVO de fecha 19/03/2001. Segundo: Que las cantidades que debieron ser enviadas en cheque de Gerencia a este tribunal en beneficio de quien era niño y/o adolescente nunca fueron recibidas en esta Sala de Juicio habiendo trascurrido seis (06) años tiempo suficiente para ello. En consecuencia este Tribunal de conformidad con el artículo 14 del C.P.C y 08 LOPNA ordena el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES exclúyase del inventario por encontrarse resuelta desde la fecha antes señalada, en consecuencia REMÍTASE AL ARCHIVO JUDICIAL REGIONAL INACTIVO EN LA SEGUNDA REMESA del año 2008, comprendida desde 16/06/08 AL 20/06/08. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Y.F.G. y la Secretaria M.B.. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria M.B.. Quien suscribe Abg. M.B., en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios _______del Expediente S-2156-01, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

LA SECRETARIA,

Abg. M.B.

Exp. Nº: S-2156-01

YFGG/jaz.-

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