Prohíben venta de productos de aseo que no estén registrados en la Sundecop

La Superintendencia Nacional de Costos y Precios presentó una nueva resolución que fija los precios de 201 presentaciones de productos de cuidado personal, limpieza del hogar y consumo masivo. En la providencia publica da en la Gaceta Oficial 39894 del 29 de marzo, el organismo aclara que las empresas que comercializan los productos regulados de las categorías de aseo, cuidado personal y consumo, que no se registraron en el Sistema Automatizado de Precios, hasta el 30 de diciembre del año pasado, no podrán venderlos. El artículo 12 señala que de ben inscribirse en la Sundecop y esperar que el organismo notifique a qué precio pueden vender. Según empresarios del sector, esta prohibición afecta a pequeños y medianos importadores y comerciantes. La providencia también indi ca que las empresas que notificaron productos y precios, pero que no aparecen en las listas de la Gaceta Oficial, deben se guir vendiendo al precio congelado vigente para el 23 de noviembre de 2011 y esperar que el Gobierno autorice nuevos montos. La resolución aclara que cuando un fabricante o importador asuma la logística de transporte y despacho hasta el comercio al detal, cobrará el precio de mayorista y no de fabricante. Esto aplica para los procesadores o importadores que cuentan con fuerza de venta directa y llegan hasta el punto de venta. También se reconoce que cuando un comerciante al detal asuma el costo de logística de transporte y distribución, comprará la mercancía a precio de fábrica. Una cadena de farmacias que tiene 120 tiendas y el fabricante despacha en el centro de acopio es lógico que asuma precio de mayorista. Pero qué pasará con los...

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