Decisión nº PJ0022014000088 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 30 de Abril de 2014

Fecha de Resolución30 de Abril de 2014
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteGladys Mijares Luy
ProcedimientoOferta Real De Pago

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 30 de abril de 2014

204º y 155º

AUTO

EXPEDIENTE: GP02-S-2014-000333

PARTE OFERENTE PROMOCIONES ALADDIN C.A..

APODERADOS DE LA OFERENTE A.Z.

PARTE OFERIDA M.Y.E.C.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA :W.L..

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito presentado por OFERENTE PROMOCIONES ALADDIN C.A.. representada. por el abogado en ejercicio A.Z. debidamente inscrito por en el Inpreabogado. bajo el No. 42.409 cualidad acredita a los autos y la OFERIDA ciudadana M.Y.E.C. titular de la cédula de identidad No.13.161.868 debidamente asistido por el abogado W.L. debidamente inscrito en el Inpreabogado. bajo el No. 122.129 quienes manifiestan haber llegado a un acuerdo , en el supra escrito, el Tribunal observa que él mismo cumple con los extremos del contrato de transacción laboral establecidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y 10 y11 de su respectivo reglamento; y se desprende que las partes han llegado a un acuerdo en la forma de pago detallada y convenida en el escrito Up supra lo cual fue aceptado por las partes ,constituyendo el mismo un ACUERDO en virtud de lo cual, ÉSTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN EN MATERIA LABORAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LO HOMOLOGA EN ÉSTOS TÉRMINOS ADQUIRIENDO EL MISMO CARÁCTER DE COSA JUZGADA FORMAL CONFORME A LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO SOLO EN LO QUE RESPECTA A LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PROCEDIMIENTO INCOADO.

Y ASÍ SE DECLARA.

Publíquese, Regístrese la presente decisión y déjese copia para el Copiador de Sentencias

La Juez.,

Abg. G.M.L.

La Secretaria

Abg. . MARIA ELENA FUENTES

En éste misma fecha se cumplió con lo ordenado

La Secretaria

Agr, MARIA ELENA FUENTES

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