Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 8 de Junio de 2011

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoRecusación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ocho (8) de junio de 2011

Años 201º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 6 de junio de 2011, por el abogado Lothar Stolbun Barrios, en su carácter de parte recurrente en la presente causa; mediante la cual solicita se le libre planilla por quintuplicado por el pago de la multa impuesta en la decisión dictada por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial; este Tribunal observa:

Por sentencia proferida en fecha once (11) de abril de 2011, por el Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial; específicamente al folio ciento cuatro (104), del expediente en su parte dispositiva se lee lo siguiente: “…De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se le impone a los recusantes una multa por la cantidad de Dos Bolívares Fuertes (Bs. 2,00) a favor de la Tesorería Nacional, por lo que debe el Tribunal del Recusado librar planilla por quintuplicado para elpago, por ante el Banco Central de Venezuela, para el pago de la multa impuesta, y de no hacerlo dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición de la planilla, se procederá conforme a lo previsto en el artículo 98 ejusdem”.

Ahora bien, en relación a lo anterior, esta Alzada, actuando como ente recaudador del Fisco Nacional, en consecuencia, ordena librar oficio al Banco Central de Venezuela, a los fines de que los abogados S.R.R. y Lothar Stolbun Barrios, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Promociones 1TT C.A., y parte recurrente en la presente causa, procedan a cancelar la cantidad de de Dos Bolívares Fuertes (Bs. 2,00), a favor de la Tesorería Nacional, por concepto de multa. Líbrese el correspondiente oficio.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VJGJ/RDM/grisel

Exp. N° 10049

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ocho (8) de junio de 2011

Años 201º y 152º

OFICIO Nº 2011-A-

Ciudadano

Presidente del Banco Central de Venezuela

Presente:

Me dirijo a usted, con la finalidad de participarle que de acuerdo al auto dictado en esta misma fecha, se acordó oficiar a esa Institución Financiera con la finalidad de que proceda a emitir la planilla por quintuplicado correspondiente, para hacer efectivo el pago de la cantidad de Dos Bolívares Fuertes (Bs. 2,00) a favor de la Tesoreria Nacional por concepto de multa impuesta a la sociedad mercantil Promociones 1TT C.A., de acuerdo a lo ordenado mediante sentencia dictada en fecha once (11) de abril de dos mil once (2011) por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que declaró Sin Lugar la Recusación planteada por los abogados S.R. y Lothar Stolbun contra el Dr. V.G.J., Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, la cual se sustancia en el expediente signado con el N° 10049 de la nomenclatura llevada por este Tribunal.-

Participación que se hace a los fines legales consiguientes.

Dios y Federación

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito

de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Edif. J.M.V., Esquina de Pajaritos, Piso 17. Telf. 482-91-94

VJGJ/grisel

Exp. N° 10049

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