Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 1 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoNulidad De Laudo Arbitral

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (1°) de diciembre de 2010.

Años: 200º y 151º

Vista la diligencia presentada en fecha 22 de noviembre de 2010, por el ciudadano I.J.D.M.-Bello Aragó, titular de la cédula de identidad N° 5.012.704, asistido por el abogado F.F.G.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8496, mediante la cual solicita se le expida copia certificada desde el auto del Tribunal dictado en fecha 25 de octubre de 2010 hasta su escrito de solicitud de copias certificadas presentada en fecha 22.11.2010, y del auto que las provea, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas peticionadas cursante a los folios desde el 146 al folio 192, ambos inclusive, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense copias certificadas una vez sean consignados los fotostatos respectivos. En cuanto a la petición de que se oficie a la Oficina de Registro del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, remitiendo las copias certificadas expedidas, esta Alzada niega lo peticionado en virtud de que el Tribunal no puede suplir las diligencias de las partes. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.E.S.,

Abg. Richars D.M.

Exp Nº 10049

VJGJ/RDM/grisel

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