Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 29 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteRichard Enrique Hurtado Concha
ProcedimientoLibertad Plena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

Causa Nº 4JM-1150-06

Juez Unipersonal: ABOG. R.E.H.C..

Secretaria: ABOG. E.L.F.P.

Acusador: FISCALÍA SÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Imputados: Y.M.G.M., M.A.M., F.A.G.M..

Delito: Del

Delito: EXTORSIÓN, ASOCIACIÓN DELICTIVA, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.

lito:

Defensores: ABOGS. C.M., W.L. y J.A..

Con fundamento en los artículos 364 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a dictar sentencia en la presente causa, visto el Juicio Oral y Público realizado por ante este despacho judicial en contra de los acusados Y.M.G.M., M.A.M. y F.A.G.M., en los términos que se expresan a continuación:

DEL TRIBUNAL, FECHA EN QUE SE DICTA LA PRESENTE SENTENCIA

E IDENTIFICACION DE LOS ACUSADOS

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, constituido en tribunal Unipersonal, integrado por el Juez Abogado R.E.H.C., en San Cristóbal a los veintinueve (29) días del mes de Octubre de 2007, fecha fijada por el Tribunal para la publicación definitiva de la sentencia en la causa penal Nº 4JU-1150-06, seguida en contra del acusado:

IDENTIFICACIÓN DE LOS ACUSADOS

Y.M.G.M., de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, nacido en fecha 25 de Junio de 1986, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.119.605, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, residenciado en Caserío El Azul, Municipio Seboruco, casa sin número, teléfono 0416-2293456, Estado Táchira.

M.A.M., de nacionalidad venezolana, natural de La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, nacido en fecha 12 de Julio de 1986, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.219.596, de profesión u oficio obrero de la fabrica de mangueras pro-plas, de estado civil soltero, residenciado en Caserío El Azul, Municipio Seboruco, casa sin número, de color verde con marrón, teléfono 0277-8083886, Estado Táchira.

F.A.G.M., de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, nacido en fecha 15 de Octubre de 1984, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.647.031, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Bachaquero, Zona Rural, Valmore Rodríguez, sector Plan Bonito, casa sin número, teléfono 0414-3689893, Estado Táchira.

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

En fecha 14-06-2006, siendo las 13:30 horas de la tarde el Grupo Anti Extorsión y Secuestro N° 1 de la Guardia Nacional de Venezuela, dejan constancia de lo siguiente: se recio una llamada por parte del ciudadano Molina Mora C.B., quien manifestó que estaba recibiendo llamadas por parte de unas personas que le estaban solicitando dinero, posteriormente ya que le Sub teniente Torres debía trasladarse a San Cristóbal le fue informado al MT/# (GN) W.M.B., quien se presento el día 14 de Junio de 2006, a las 08:00 horas quien le informo que le día 13 de junio a las cuatro de la tarde recibió una llamada del teléfono 0277-4144800, quien le manifestó que ellos eran miembros de la Organización Guerrillera S.B. y que debería de entregarle el día de hoy la cantidad de cuatro millones de Bolívares (4.000.000 Bs) a cambio de no ser secuestrado y no atentar en contra de su familia al llegar a la Agencia Charmotor ubicada en la Avenida F.C. entre carrera 12 local sin número a las 8:24 del día de hoy 14 de junio de 2006, a entrevistarnos con el ciudadano antes mencionado dueño de la misma nos informó que lo habían vuelto a llamar y le habían dado instrucciones de que se dirigiera al Sector La Colorada del Municipio Seboruco y que ellos lo estarían llamando en la vía para ver donde se encontraban, para que le entregara el dinero personalmente, de inmediato procedimos a reunirnos en el negocio del señor C.M., donde también se encontraba una comisión de inteligencia de la Policía del Estado Táchira, el señor C.M. nos facilitó los vehículos para apoyar la operación, seguidamente a las 09:00 volvió a recibir otra llamada y le dijeron que lo estaban esperando que bajara al sitio indicado, el ciudadano C.M. se trasladó al sitio en un vehículo toyota, color gris, siguiéndolo en los vehículos la comisión del GAES, cuando observaron que le ciudadano C.M. se detuvo en el sector antes mencionado donde se encontraban tres (03) personas jóvenes de sexo masculino, quienes al observar al ciudadano C.M. bajarse del vehículo se le acercaron le exigieron el dinero solicitado, de inmediato las dos comisiones procedieron a dar la voz de alto a los tres sujetos de los cuales uno desenfundo un arma de fuego color negra y efectúo varios disparos a la comisión, el sujeto que disparó procedió a darse a la fuga en veloz carrera y ha tirarse a las aguas río Grita, quien arrojó el arma antes de lanzarse al río, se procedió a la persecución y se logró la captura del sujeto, quien fue identificado como G.M.J., en el procedimiento fueron detenidos M.A.M., F.A.G.M. y J.G.M..

De las actuaciones que conforman el presente asunto se observa que:

El 10 de Julio de 2006, la Fiscal de Séptimo del Ministerio Público, abogado L.D.M., presentó por ante este Tribunal escrito de Acusación en contra de los imputados de la presente causa.

El 28 de Febrero de 2007, este Tribunal en funciones de juicio dio inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público contra los acusados Y.M.G.M., M.A.M. y F.A.G.M., la Fiscal Auxiliar Séptimo del Ministerio Público, quien expuso sus alegatos de apertura y sostuvo la acusación presentada en su oportunidad en contra de M.A.M.; G.M.F.A., ambos por el punible de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Molina Mora C.B., y G.M.J., por los punibles de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, y ASOCIACIÓN DELICTIVA, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 2, numeral 2 y el artículo 16, numeral 13 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; en perjuicio de Molina Mora C.B., PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 275 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en agravio del Orden Público, y la cosa pública, respectivamente; señalando los hechos objeto de la presente causa, así mismo, ofreció los medios probatorios, tantos testimoniales como documentales, indicando su necesidad y pertinencia, así mismo, solicitó que la acusación sea admitida, al igual que los medios de prueba, por ser estos lícitos, necesarios y pertinentes para el debate, solicitó el enjuiciamiento de los imputados mencionados, una sentencia condenatoria en contra de los acusados de autos hizo aclaratoria acerca de los delitos a M.A.M.; G.M.F.A., ambos por el punible de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Molina Mora C.B., y G.M.J., por los punibles de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, ASOCIACIÓN DELICTIVA, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 2, numeral 2 y el artículo 16, numeral 13 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; en perjuicio de Molina Mora C.B., PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 275 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en agravio del Orden Público, y la cosa pública, respectivamente, y que sean aplicadas las penas accesorias de ley respectivas.

El abogado defensor privado C.M., quien expuso sus alegatos de apertura señalando que ratifica el escrito de oposición de excepciones, ofrecimiento de pruebas, así mismo, hizo mención a los artículos 28 ordinal 4° literal “h” e “i”, artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, opone excepciones, por lo que consideró que la Fiscalía incurrió en la acción promovida ilegalmente, así mismo, hizo señalamiento a sentencia relacionada a la oportunidad de presentación del Acto Conclusivo, en cuanto a que hasta cinco días antes de la fijación de la Audiencia, debe ser presentada la Acusación Fiscal, insistiendo el defensor en la extemporaneidad de la acusación Fiscal, aunado a ello, mencionó lo relativo al derecho a la defensa, que la acusación era extemporánea, así mismo, lo previsto en el literal “I”, en cuanto al artículo 326, el cual establece un número de seis ordinales, a los fines de que el Ministerio Público, presente su acto conclusivo, sin embargo, continuó señalando que existe doctrina del Ministerio Público, en cuanto a la relación cronológica, y circunstanciada de los hechos, que se narran circunstancias que son tomadas como extractos de las actuaciones policiales, sino que se limitó los señalamiento de los funcionarios, mencionando violaciones al derecho a la defensa, la violación al artículo 326 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, que debe señalar el Misterio Público, cuales son los tipos penales a la conducta de los imputados, solicitó el sobreseimiento de la causa; que transcurrieron mas de cuarenta hora, desde que los funcionarios tuvieron conocimiento de los hechos; aunado a ello, hizo una relación de los hechos que son objeto de la presente causa; también ofreció medios de pruebas, sustentados en su escrito, tratándose de las siguientes indicando su necesidad y pertinencia: 1.-Contreras G.C., 2.-J.G.B.C., 3.-C.M.R.G., 4.-G.S.M., 5.-J.F.G., 6.-V.S.Z., 7.-J.C.P.S., señalando su ubicación señalada en el escrito que consta en la presente causa, así mismo, avistó la necesidad de un careo ente funcionarios y testigos, ofreció el testimonio del Funcionario Cabo Segundo J.C.P., quien realizó experticia físico química al arma que presuntamente portaba uno de sus defendidos, de carácter dactiloscópica, señala en el mencionado escrito, que sea realizada la inspección judicial al vehículo descrito en su escrito, indicando su necesidad y pertinencia, la experticia médico forense para ser practicada en fase de Juicio, indicando su necesidad y pertinencia, dictamen Nro COLCL1DF2006761, indicando su necesidad y pertinencia, dictamen pericial psíquico-químico Nro COLCL1DF2006771, solicitó para que el Tribunal requiera informe a la empresa Movilnet, así mismo, solicitó informe a la operadora telefónica Movistar, al teléfono 04145731912, para el día 14-07-2006, entre las 8:10 a.m, 04147408002, para el día 14-07-2006, solicito informe a la empresa CANTV, al número 02774144800, al nombre y dirección de quien pueda aparecer registrado, indicando su necesidad y pertinencia, ofreció de carácter documental legado marcado A, constante de 60 folios, también el disco compacto contentivo de apoyo gráfico.

El Tribunal señala como punto previo lo siguiente: que deja en suspensivo el pronunciamiento de la NULIDAD DE LA ACUSACIÓN Y DE LOS MEDIOS DE PRUEBA.

En ese estado, el Tribunal decidió:

PRIMERO

ADMITIR TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, interpuesta por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en contra de M.A.M.; G.M.F.A., ambos por el punible de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Molina Mora C.B., y G.M.J., por los punibles de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, y ASOCIACIÓN DELICTIVA, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 2, numeral 2 y el artículo 16, numeral 13 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; en perjuicio de Molina Mora C.B., PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 275 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en agravio del Orden Público, y la cosa pública, respectivamente.

SEGUNDO

ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público, por ser lícitas, legales y pertinentes, de conformidad con el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO

ADMITE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA DEFENSA, en cuanto a las testificales, que en su número fueron ocho, así mismo, que en la activación, las municiones admite la experticia, en cuanto a la inspección judicial con el guarismo 2, el Tribunal señala que se suplante esta prueba, lo cual no tiene su negativa total, ya que si se requiere su practica se practicará, en cuanto a las experticia médico forense, el Tribunal se reserva la misma ya que se necesitaría de una cita previa con el médico respectivo, admite el dictamen pericial físico químico, número cuatro, y el dictamen pericial número cinco, y con respecto a las pruebas de informe de las operadoras Movilnet y Movistar, señala el Tribunal que de acuerdo el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma queda de manera suspensiva, una vez que sean requeridos los elementos técnicos científicos, así mismo, las pruebas de carácter documental, el Tribunal admite las mismas en su totalidad, en cuanto al careo, si bien el artículo 163 del Código Orgánico Procesal Penal, también es una situación que se vea que existen los requisitos indispensables, que existan indiscrepancias, que se estén argumentando.

CUARTO

DECRETA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en contra de M.A.M.; G.M.F.A., ambos por el punible de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Molina Mora C.B., y G.M.J., por los punibles de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, y ASOCIACIÓN DELICTIVA, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 2, numeral 2 y el artículo 16, numeral 13 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; en perjuicio de Molina Mora C.B., PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 275 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en agravio del Orden Público, y la cosa pública, respectivamente.

Este Tribunal de Juicio N° 04, procedió a la recepción de pruebas el día del inicio, debiéndose suspenderse la Audiencia, por diversas circunstancias, pero que no interrumpió el principio de inmediación, el debate se celebró en ocho (08) audiencias, incluyendo la Audiencia del inicio del Juicio del día 28 de Febrero de 2007, concluido el debate las partes expusieron las siguientes conclusiones:

EL FISCAL SÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO, hizo una relación de los hechos que dieron origen a la presente causa, así mismo, una relación sucinta de los medios de prueba que comparecieron al presente juicio, aunado a ello, hizo mención al video que en la sesión fue evacuado, indicó que G.B. fue un testigo del procedimiento, que el video observado fue una prueba realizada por la defensa unilateralmente, no pasó por un control judicial, que la Fiscalía del Ministerio Público es parte de buena fé, por lo que debe advertir elementos que exculpen a los acusados, que no quedó demostrada en los delitos de extorsión y asociación delictiva de los Ciudadanos M.A.M. y G.M.F.A., en cuanto a su participación directa, por lo que dejó en manos del Tribunal a ello, el Ciudadano J.G. señaló que si quedó convencido de la participación de este Ciudadano de los hechos señalados en el escrito extorsión, porte ilícito de arma de guerra, ya que en el Juicio hubo la duda si disparó o no, de lo que si quedó demostrado que el ciudadano portaba el arma, por lo que solicitó la condenatoria por los delitos de extorsión, porte ilícito de arma y resistencia a la autoridad, y por el delito de asociación delictiva como lo señaló no está demostrada la participación de los otros ciudadanos por lo que por este delito solicitó el sobreseimiento.

LA DEFENSA, Abogado J.A., a los fines de formular sus conclusiones, expuso entre otras cosas una relación de los hechos objeto de la presente causa, haciendo mención al video observado por las partes, aunado a ello, expuso una extensa relación entre lo manifestado por los funcionarios que practicaron el procedimiento, y lo sucedido el día de los hechos, hizo comentarios en cuanto a la relación de llamadas de Movistar la cual fue incorporada por su lectura, hizo énfasis en cuanto a la declaración del testigo G.M., y finalmente solicitó sentencia de no culpabilidad a sus representados en virtud de las contradicciones que se suscitaron.

De seguidas, el defensor C.M., a objeto de formular conclusiones expuso entre otras cosas que al inicio del presente Juicio opuso excepciones, que los funcionarios actuantes desconocieron las directrices del 384 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo, dio las gracias al Ministerio Público en virtud de haber solicitado el sobreseimiento a dos de sus representados; indicó que la víctima eventualmente si pudo ser objeto de una extorsión, pero que mintió en su declaración en el presente juicio, hizo mención a la recepción de llamadas telefónicas de Movistar, así mismo el mal manejo de las evidencias, señaló lo referente a las máximas de experiencias, solicitó la absolución de los acusados.

En ese estado, el Defensor W.L. mencionó que se trata de la libertad de los acusados, hizo referencia a lo establecido en el artículo 61 del Código Penal, solicitó al Juez que los acusados obtengan su libertad, finalmente solicitó que sea emitida una sentencia de no culpabilidad a los mismos, y que al ciudadano J.G. le sea restituida su libertad.

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS

HECHOS

QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Una vez iniciada la audiencia oral y pública, el fiscal y la defensa expusieron sus respectivos alegatos de apertura.

Seguidamente se declaró abierto el debate, y en la oportunidad de declarar los acusados Y.M.G.M., M.A.M. y F.A.G.M., se impusieron del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las disposiciones contenidas en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como lo prevé el artículo 347 ejusdem, así como se le explicó en forma clara y sencilla el hecho que se le imputa, señalándole que puede abstenerse de declarar sin que su silencio le perjudique, y el debate continuará aunque no declare, manifestando los acusados no querer declarar.

Una vez abierta la fase de recepción de pruebas testimoniales y documentales, se incorporaron las siguientes:

A.- En la audiencia del día 06 de Marzo de 2007:

  1. - Testimonio del ciudadano MEZA BERBESI W.F., quien previo juramento de Ley manifestó ser venezolano, mayor de edad, funcionario de la Guardia Nacional, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso: “nos encontrábamos haciendo un recorrido en la zona de La Fría, el Jefe mío director se encontraba con nosotros y recibió una llamada de un ciudadano de nombre Charles, que lo estaban llamando para pedirle dinero, me traslade a las nueve de la mañana, llegamos como a las ocho de la mañana a la Agencia de carros, cuando llegamos ya se encontraba una comisión de inteligencia, nos manifiesta que ya lo habían llamado y que le decían Grupo Guerrillero S.B., inmediatamente nos manifiesta que le estaban pidiendo 50 millones de bolívares, ya el grupo tenia conocimiento, que tenían que trasladarse al sector La Colorada, él sacó una camioneta Cherokee gris, en la blaizer verde nos trasladamos nosotros, nos pusimos de acuerdo de que él iba adelante, en el transcurso de la vía la gente lo estaba llamando a él, cuando cruzamos el sector de la Colorada, el se para ahí, había una cola ahí, habían vehículos que se estaban devolviendo, pasamos el carro, para evitar salir en caravana, seguimos hasta arriba, él se devolvió, nos paramos más arriba, empezamos a observar que era lo que pasaba, el ciudadano se bajó y ya habían dos personas, se le acercó un muchacho de franela roja, arrancamos, cuando se bajó ya el hombre estaba encima del señor, y este señor dispara, nos cubrimos, echo a correr, empezamos a perseguirlo, llegó a farallón, nos fuimos capaces de tirarnos ahí, empezamos a irnos por la orilla bajando hacia donde iba corriendo, seguimos disparando cerca del río, él tiró la pistola y él se tiró al río, traté de tirarme al río, él se sintió herido, yo lo saqué a la orilla del río lo revisé tenía una perforación en su espalda, en el transcurso cuando estábamos haciendo el acta policial, a golpe de nueve, que la gente seguía amenazándolo, le dije vete tranquilo, a las once y media de la noche llegó el señor con la esposa y su hijo llorando.

    A preguntas de la Fiscal del Ministerio Público contestó, nos paramos unos diez quince minutos, el señor Charles, no nos dio tiempo de buscar radio, filmadora, la persona de camisa roja estaba a metro y medio del ciudadano, las otras dos personas se les dio la voz de alto, se revisaron, se tiraron al piso, el señor Charles llevaba el dinero, observamos yo que iba en el vehículo, fue la persona que le señor Charles se bajó y se acercó el hombre de franela roja, ahí decidimos arrancar, mas o menos como una cuadra, llegue al sitio en el momento en que estaba haciendo la entrega, si hubo enfrentamiento, nosotros decidimos no saltar, a los muchachos se mandaron al piso, el resto de las comisiones unos se quedaron con los vehículos, el aprehendido no dijo nada, lo llevaba caminando y le vi un huequito aquí atrás, le levanté la franela y le vi un orificio aquí atrás, le incautamos una pistola, no le encontramos un celular, es todo”.

    A preguntas de la defensa contestó; “en el sector La Colorada, es el sitio donde se produce el hecho, para serle sincero el que conoce el sitio es el agraviado, nosotros no conocemos bien la zona, es una distancia prudencial, si mencionó la víctima que se dirigía al sector La Colorada, ese es el lugar, en la Guardia Nacional voy para 16 años, yo era el Jefe del grupo en ese momento, era el Jefe mas antiguo, direccioné el procedimiento por parte de la Guardia Nacional, como le contaba una extorsión tiene sus variables, en este caso una sola persona fue la que abordo al ciudadano Charles, hay actuaciones que uno pasa todo el día, puede producirse por llamadas telefónicas, por una citación, una carta, todo esto ocurre en este caso fue una llamadas telefónicas, en otras oportunidades uno va llenando, uno llega a tener más elementos, llegamos y hubo que salir de una vez cuando se puede llevar una extorsión poco a poco, uno va haciendo pesquisas de los teléfonos, si son participadas al Ministerio Público antes de salir, no se sabe qué se pueda conseguir con la premura del tiempo, si participamos al Ministerio Público y una vez que el detenido estaba herido, la doctora sabia todo, el día 14, ya es una constante sí le participé a la doctora L.D., por teléfono celular, no recuerdo de quien, lo tengo en el celular, al momento uno no tiene saldo, no conocía a la victima, a pesar de que estaba llevando un caso en La Grita, la ví por primera vez ese día en la mañana nos encontramos con la víctima porque hay había que reunirnos, al día siguiente fue que baje, la victima en el momento en que llego manifiesta que había recibido una llamada de un famoso grupo guerrillero, que le estaba exigiendo una suma de cuatro millones de bolívares, en el camino él hacía las llamadas, que procediera a avisar, a veces avisamos y no ocurre nada, que procediera de acuerdo a lo que pasara a avisar, no se sabe que va a pasar, si tengo problema de visión, un poquito por este ojo, el grupo estaba esperando el accionar mío, si ví la acción de tomar el dinero iba en un sobre amarillo, cuatro millones, no conocía la denominación de los billetes, el primer vehículo que abrimos las puertas fuimos nosotros, cuando llegó la comisión y dijo la voz de alto, cuando vimos que huyó fuimos en persecución de él, esta persona sacó el arma de la parte frontal de su franela, me encontraba a tres metros, la parte de delante de la camioneta, nos cubrimos primero y cuando él hecho a correr lo perseguimos, en ese momento desde que él se tiró hubo muchos disparos, apreciamos dos disparos, hubo un momento cuando estaba vía el río, esta persona hizo dos detonaciones más, no se quien le causó la herida a la persona detenida, si portaba el arma de reglamento una pistola 9 milímetros bronwiling, de asignación, dispare cuando él iba vía el río, y se tiró por le barranco, disparo tres veces, se incautó una pistola, la conseguimos al momento en que la tiró al río, la recabamos de la orilla del río, desde el lugar donde se lanzó la persona, nosotros corrimos bastante, era un barranco conseguimos un camino, no me indicaron el lugar donde estas personas residían, nosotros no somos del sitio, creo que estas personas detenidas vivían en la zona, no me mencionaron nada sino que eran de la zona, cuando saque al muchacho herido, lo saque por la carretera no había nadie, y lo lleve al hospital, de donde se citó a la persona habían unas casitas ahí, había bastante vegetación permaneció la comisión policial media hora, unos se quedaron con unos muchachos en la guardia y notifiqué, fueron presentados al día siguiente y las actuaciones fueron presentadas al día siguiente, a las 10 de mañana del día 14, es todo”.

    A preguntas del Tribunal contestó, “la persona herida es de piel morena, de 1.72, de pelo corto, portaba botas de caucho y pantalón blue jeans, una sola se resistió a la comisión, intervinieron como alrededor de diez o doce funcionarios entre policías y guardias cuando llegue la policía había hablado con el señor, no pude observar si impacto una vez, me percaté que el ciudadano estaba herido traté de trasladarlo, el procedimiento no dura más ahí, una vez que lo detuvimos, es todo”

  2. - Testimonio del ciudadano I.A.M.G., quien previo juramento de Ley manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.746.943, medico forense, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Reconocimiento N° 3741-3740-3739, a los fines de que ratifique su contenido y firma y expuso: “ratifico en cada una de sus partes dichos informes médicos, fueron exámenes médicos realizados a tres personas diferentes el día 15 de junio de 2006, donde dos de los cuales no presentaban lesión traumática, el tercero presentaba lesión por arma de fuego, no presentó complicación para el momento del examen, es todo”.

    A preguntas de la defensa contestó: “la persona presentaba herida por arma de fuego, con orificio de salida, es posible que se encuentre alojado en el cuerpo de la persona, no presentó complicación, el orificio de entrada estaba en el Tórax.

    El tribunal le exhibe las placas al órgano de prueba que constan en la causa; esa placa donde tiene un nombre grapado, no veo el plomo, no hay inconveniente, mientras no esté en órganos vitales, es todo”.

    A preguntas del Tribunal contestó; “generalmente cuando el plomo se aloja en un sitio donde no produce ninguna lesión se deja salvo que haya lesión en una víscera, si no es de fácil abordaje, si no hay lesión, de ninguna víscera, eso generalmente no trae ninguna complicación, ese proyectil es un cuerpo extraño al organismo, es todo”.

  3. - Testimonio del ciudadano L.M.V., quien previo juramento de Ley manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-18.515.337, funcionario de la Guardia Nacional, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente expuso: “nos encontrábamos en la oficina en Colon, salimos de comisión vía La Grita, llegamos al sitio había una comisión de la Policía del Estado Táchira, y él nos participa de que había recibido varias llamadas pidiéndole plata, lo citaron la sitio por Seboruco, cuando llegamos a un paso malo, nos regresamos y vimos cuando el desciende del vehículo, había tres muchachos ahí llegamos al sitio, nos reciben con unos tiros, procedimos a repeler el ataque, lo detuvieron y ya estaba herido el muchacho, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal contestó, yo siempre estoy afuera, fue cuando salio la victima nos dijo que los estaban llamando a las coloradas, le estaban pidiendo cuatro o cinco millones de bolívares, las tres personas se encontraron juntas, se le acercaron al señor, solo uno, el ciudadano se encontraba con unas botas de caucho negras, un pantalón negro y una franela roja, disparo a la comisión el de camisa roja, las otras dos personas se tiraron al piso, el muchacho se va, lo siguen, cuando fueron detenidos si habían personas, pero cuando llegamos al sitio no habían más personas, yo llegue a la parte de donde él se tiró, íbamos en la camioneta, uno no sabe que tipo de arma, esta persona disparó inmediatamente, se le da la voz de alto, pero igualito salio corriendo, el muchacho se le acercó a Charles, y procedimos a llegar al sitio, no le entregó el dinero, es todo”.

    A preguntas de la Defensa contestó, “tengo un año en el grupo y diez años de graduado, fue el 14 de junio, el 13 de junio barranco no me tiré los vehículos se tiraron solos, cuando uno es atacado uno actúa de esa manera, amedrantamiento si lo hice, yo me encontraba al lado del chofer, conducía el Maestro Meza, nos bajamos cuando nos estaban disparando, la camioneta se paro de golpe, si esta persona disparó, detrás de él nos quedamos ochenta metros, si teníamos perfecto campo visual, él estacionó él vehículo subiendo en la parte izquierda de la vía, por decir a la derecha pero él venía subiendo, por el norte de la carretera, a la margen de las casas subiendo izquierdas, estas personas se encontraban sentados, hay un murito, en el momento en que se estacionan, esa es la parte del sector las Coloradas, él se bajó del vehículo y se quedó en el vehículo, no vi presencia de llamadas telefónicas, en el momento no portaba equipo celular, él salió corriendo detrás de unas casas que se encuentran allí, él iba tendido, llegue hasta el barranco, lo aprehendimos en el río, los muchachos bajaron, el arma la portaba si observé esta persona se tiró por el barranco, se recuperó el arma en la orilla del río, del barranco al río siempre queda un poco retirado, me llamaron por radio para trasladar a esta persona al hospital, si venía con el arma de fuego esta persona, que yo sepa no le sabría decir si le participaron al Ministerio Público, ellos son los que hacen las actuaciones, eso fue como de once a once y cuarto, si suscribo el acta policial, cuando hubo el enfrentamiento habían bastantes personas, queda una peñita y eso arriba había gente, no sabría decirle si esta personas sirvieron como testigo, agarramos a un señor vía Las Coloradas, porque fue el sitio, donde lo citaron a él sí, ya que el decía que los estaban citando a las Coloradas, yo no lo cité, por el nerviosismo, es todo”.

    A preguntas del Tribunal contestó, “habían tres personas en el lugar, de esas solo se estaba armada, fue la misma persona que salio corriendo y que salió por el barranco, es todo”

  4. - Testimonio del ciudadano J.G.U., quien previo juramento de Ley manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-16.282.544, funcionario de la Guardia Nacional, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso: “fue el día 14 de junio del año 2006, nos reunimos en el negocio del señor Charles, allí nos encontramos diferentes efectivos del GAES y de la Policía de Inteligencia, el señor recibió una llamada de un presunto Grupo Guerrillero, estaban recibiendo la cantidad de cuatro millones de bolívares, como a las nueve y media recibió una llamada donde debía dirigirse al sector La Colorada, yo me encontraba con tres efectivos del GAES, y el testigo que fue recogido en la Grita, bajamos al paso malo nos situamos a 100 metros de donde se iba caber la presunta entrega, seguidamente el ciudadano Charles recibió una llamada del presunto extorcionador, donde decía que tenia que entregarle los cuatro millones, se acerco un muchacho de 1.65 a 1070 al vehículo que el poseía que era un vehículo Toyota Corolla color gris, llagamos al sitio, el muchacho que iba a recibir el dinero al sentirse presionado, antes de extender la mano al corolla miró al lado izquierdo, apareció la camioneta le dio la voz de alto, él saco un arma negra, la cual poseía en la parte de adelante, los funcionarios que estábamos en la camioneta nos bajamos, es todo”

    A preguntas del Fiscal contestó: “al ver la camioneta se subió la franela hizo dos disparos, disparó hacia el piso, no como para recibir el presunto dinero, el se bajo cuando ya había arrancado, él bajo el vidrio y sacó la mano, él se bajo cuando ya había arrancado, él bajo el vidrio y saco la mano, él se quedo viendo el vehículo, cuando el señor Charles bajo el vidrio se puso a apreciar un paquete, era a 100 metros, no recuerdo el color del sobre, se encontraban dos muchachos y uno de contextura mas o menos gruesa, se encontraban a metro y medio, se encontraban tres pero mas hacia la izquierda el del dinero, para mi los otros dos muchachos no tienen nada que ver, lo que pude apreciar ellos estaban aparte, a una distancia de metro y medio, el muchacho que fue a agarrar el dinero al ver la camioneta salió corriendo, y siguió un trayecto, yo en ese momento rápidamente me quede en la camioneta, prestando seguridad a la camioneta junto a otro guardia, se quedaron varios guardias, no habían mas personas pero al escucharle los impactos de bala salieron personas, a los tres minutos que el muchacho ya estaba abajo, cuando estaba en el sitio subía la comisión ellos si vieron el armamento, el señor Charles quedó en el vehículo en la parte de atrás, en ese momento no tenia palabras como hablar se quedó callado, él mantuvo la comunicación con el Jefe de la comisión, más o menos una palabra entre cinco y seis segundos en ese trayecto ya nosotros estábamos llegando al sitio, es todo”

    A preguntas de la defensa contestó: “tengo 1 año y 11 meses mas o menos, tengo de Guardia Nacional dos años y tres meses, visualizamos a una distancia de cien metros el maestro Meza recibió llamada del señor Charles, que le dijo que en ese lugar se iba hacer la entrega de la presunta extorsión, el maestro manejo la comisión al sitio, el señor Charles extendió la mano con el sobre de manila, cruzaron unas palabras, el muchacho al darse de que estaba la camioneta cerca del sitio y escuchar la voz de alto, él sacó el arma y realizo de dos a tres disparos, los funcionarios siguieron al muchacho que cargaba el arma, yo me quede prestando la seguridad, el se atravesó por la parte de atrás, luego de los disparos pasé la camioneta a la parte de adelante, el señor Charles se detuvo en una parte en una subida de una regresiva, diagonal a una casa, encontrándose dos muchachos cercanos a la casa, el vehículo lo dejo entre la regresiva y la casa, la regresiva esta en la parte izquierda bajando de la Grita, estas tres personas, los dos muchachos tres metros, estaban del mismo lado de donde estaba estacionado el señor Charles de la parte derecha, el se acerca cuando el para el vehículo, sostuvo una conversación telefónica de la presunta comisión, sostuvo al conversación telefónica el jefe de la comisión y el señor Charles y lo estaban llamando para extorsionarle, al señor Charles lo estaban llamando, le señor se encontraba en la camioneta bajando mas o menos a una distancia de 100 metros a la regresiva el sostuvo la conversación con el extorsionador, él se paró, y llamo rápidamente al jefe de la comisión y le informó, el señor Charles tuvo comunicación a escasos metros del sitio, el señor Charles estaba dentro del vehículo, la comunicación se sostuvo por el lado derecho donde se encuentra el copiloto, a través de la ventanilla, cuando bajo al sitio bajo el vidrio, sí tenia vidrios ahumados, se lograba ver la parte exterior, sí vi la señor Charles extender la mano fuera del vehículo tenía un sobre como beige, él se acerco a la puerta medio metro y estaba hablando con el primero, y extendió la mano cuando hizo si, se le dio alto, él se sorprendió al ver el vehículo he hizo dos disparos, extendió la mano al vehículo se logro apreciar estábamos a 80 metros, en el momento en que intervenimos cuando el extendió la mano en el sobre el Guardia que estaba al lado dijo alto, mientras yo le presente seguridad a la camioneta, no portaban aparatos celulares, si observé la huida de esta persona corrió hacia la parte de debajo de la carretera, de ahí se desvió hacia un monte, se escucharon varios disparos del arma de los funcionarios que se encontraban en otro vehículo, de dos a tres disparos mas o menos, esta persona no se lanzo con el arma para mí que la tiró, nosotros preguntamos porque no legre apreciar cuando sacó el arma, por lo que me cuanta el jefe de la comisión iba bastante corriendo, que antes de tirarse al río tiró el armamento en un pedazo de montaña, no se realmente donde fue conectada, la ví cuando la cargaban en una bolsa, ellos los funcionarios el maestro técnico Meza y la Policía, cuando ya subían, estos hechos ocurrieron en Las Coloradas, por que ese día en la colorada iban hacer la entrega, yo supongo que se llaman las coloradas, dicen Las Coloradas yo le dijo Las Coloradas, se encontraban dos muchachos a unos metros de distancia del que cargaba el arma, es a consecuencia de los disparos, cuando esta persona disparo estábamos casi saliendo, si observé cuando esta persona salio corriendo, como a unos diez metros, como a unos 25 metros no vi más, los funcionarios lo persiguieron, hasta los 30 metros, de ahí se encontraba un monte, ellos se desviaron a la derecha, habían unas casa de este lado, los visualice cuando venían a 20 metros, el arma venia en una bolsa, es todo”.

    A preguntas del Tribunal contestó “fueron detenidos tres personas por una presunta extorsión, andaban armadas una sola, el resto del grupo los muchachos los que estaban diagonal al que sacó al arma se tiraron al piso, y el otro si salio corriendo, el Jefe de la Comisión era el maestro Meza, él estaba cerca del muchacho que cargaba el arma, no captamos conversación entre ellos tres, se encontraban cerca pero el muchacho se encontraba algo alejado de ellos dos, para mí no estaba en conjunto, es todo.

  5. - Testimonio del ciudadano DIXON M.S.L., quien previo juramento de ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.580.317, funcionarios de la Guardia Nacional, residenciado en Colon, Estado Táchira, e indico no tener relacion de parentesco con los acusados. Y expuso; en el mes de junio a las 8 de la mañana nos dirigíamos hacia la Grita, ya que al señor Charles lo estaban extorsionando para dar supuestamente cuatro millones de bolívares, como a eso de las diez de la mañana nos dirigimos al sector, cuando llegamos a una parte donde estaban construyendo dimos al vuelta y el siguió, los efectivos del GAES andábamos en una Blaizer, y el señor Charles andaba en un Toyota Corolla, el carro iba a distancia con las dos comisiones, el carro se detuvo en un lugar, un sujeto se acercó y nosotros estábamos de cien a doscientos metros, el sujeto se le acerco habían dos personas más, llegamos y emprendimos marcha a la comisión, nos bajamos del vehículo le dimos la voz de alto, le dio de uno a dos disparos a la comisión dos de ellos se tiran al piso, uno salta y se tira al río, me quede custodiando a los dos sujetos que se quedaron en el piso tirados, les hice el respectivo traqueteo, pasaron los minutos, y los funcionarios venían con un joven con un herido de bala, nos dirigimos al comando, y se dirigió al sujeto a un puesto hospitalario, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal contesto; él tuvo un dialogo con el sujeto, el señor Charles se bajo del vehículo llevaba un paquete, se visualizo el intercambio de palabras, estaban cerca de la persona, yo estaba en la parte de atrás de la bleazer, ellos simplemente estaban asustados, solo les dije que colocaran sus manos atrás, el sujeto que disparó sacó el arma de la parte de delante de su cuerpo, solo que él se lanzó la río, y el río llevaba mucha corriente, el arma la ví cuando el sacó el arma y la disparó, es todo”

    A preguntas de la Defensa contestó, nosotros estábamos de 100 a 200 metros de donde se encontraba el señor Charles, cuando el conversa con la persona emprendemos la marcha, y efectúa unos dos disparos a la policía, me quedo custodiando a los sujetos y los demás funcionarios continúan la persecución, el arma la extrajo de la parte de delante de su cuerpo, no recuerdo de que lado si izquierdo o derecho, a unos pocos metros de donde se encontraban las personas, nosotros estábamos en la parte de atrás del vehículo del señor Charles, no conozco la zona, a pocos metros de la acera del lado izquierdo, ellos tuvieron un dialogo, eso fue lo que visualice, ahí es que la persona desenfunda el arma, nosotros dimos la vos de alto, esos vehículos nos los había prestado el señor Charles, el señor Wladimir con esas personas no pude visualizar, estas personas tuvieron conversación de pie había una persona, para ese momento las características físicas no recuerdo, solo que portaba franela roja y blue jeans azul, solamente al momento de la comisión se reúnen los mas antiguos, sí recibió algo del señor sé que tuvieron un dialogo, me quedé en el comando de la Grita, estas personas conversaron pocos minutos, se encontraba del lado derecho, dentro del vehículo del lado izquierdo me ubico, parte trasera, las detonaciones se dirigieron a la comisión de los efectivos, a unos veinte metros, no se la persona lanzó el arma, el arma de fuego no la vi más, duramos casi todo el día, es todo”

  6. - Testimonio del ciudadano Y.A.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.580.317, funcionario de la Guardia Nacional, residenciado en Colón, Estado Táchira, e indico no tener relacion de parentesco con los acusados, en estado expuso; “tuvimos conocimiento de una extorsión yo pertenecía al grupo de inteligencia, fuimos llamados por el grupo Charle, con el nombre de S.B., fue cuando el día 14 de junio, la victima Charles recibió varias llamadas, fue cuando se pusieron de acuerdo para que le entregara la plata, se procedió a Trasladarse de la Grita a un sector llamado Las Coloradas, procedimos a trasladarnos al sitio en horas del medio día, se tuvo distancia prudente, y recibieron una sorpresa de parte del grupo guerrillero, observamos un ciudadano de camisa roja, nos percatamos de que habían dos ciudadanos que estaban siendo sometidos por funcionarios de la Guardia, se procedió a la captura, el ciudadano estaba herido, se le prestó los primeros auxilios, es todo”

    A preguntas del Fiscal contesto; la victima nos informó el día 13, el converso con la mayoría del grupo de los funcionarios de la policía, que estaba siendo objeto de extorsión telefónica, pidiéndole una elevada cantidad de dinero, de las llamadas, el día 14 de junio si presenciamos cuando recibió las llamadas, él hablaba de que la plata la tenía invertida en un vehículo, si recibía las llamadas de un solo número, el Sargento nos dijo a una distancia prudente, lo que estaba pasando con ellos no, fue cuando el sargento nos dijo esos son los tipos, observé el vehículo de la víctima, de la Guardía, cuando vi el sujeto el ya tenía el arma en la mano, cuando me abro veo dos sujetos de aquel lado, yo apoyé la persecución que andaba por la carretera principal, se fue por la montaña donde hay monte, habían unos persiguiéndolo a pie, si vi el lugar exacto donde fue detenido el sujeto, para le momento de la detención no se decirle si portaba el arma de fuego, es estaba dentro del río, es todo”

    A preguntas de la defensa contesto; en horas nocturnas él llamo a uno de los compañeros de nosotros, del agente Calvo, J.C., y el señor Charles le dijo que estaba siendo extorsionado, estaba el Agente S.D.Z., el agente Yosimar, el Inspector y mi persona, conversamos la situación, lo que hicimos fue resguardar la identidad física del ciudadano, fue un trabajo conjunto, por parte de la policía estaba el Inspector Hinojosa, y de la Guardia el Maestro Meza, eran los jefes del grupo, estábamos detrás de los vehículos de la guardia, el señor Wladimir se encontraba agachado afuera del vehículo, si visualice a esa persona correr del lugar, si el portaba el arma en sus manos, lo perdí de vista cuando me retrocedí al carro, me acompañaban dos funcionarios, no recuerdo cuantos funcionarios de la Guardia Nacional se encontraban, no observe cuando esta persona era retirada del agua, no se quien colecto esa arma de fuego, sí estoy seguro de que fue un arma de fuego, la tenían es su poder, era una evidencia, si vi el arma, es todo”.

    1. En la Audiencia del día 15 de Marzo de 2007, se procedieron a incorporar las siguientes testimoniales:

  7. - Testimonio del ciudadano PEÑA CHACÓN JOGLY ALEJANDRO, quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro V-15.157.113, Distinguido de la Guardia Nacional, residenciado en Barrancas, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto la experticia Nro 775, localizada al folio 86 de la presente causa, a los fines de que ratifique contenido y firma. En ese estado, expuso: “ratifico el contenido y la firma, una vez tomada la evidencia de la secretaría del laboratorio científico, procedí a solicitar la cédula por el sistema de información de SIPOL, es todo”.

    La Representación Fiscal no formuló preguntas.

    A preguntas de la defensa Contestó:"uno solicita al sistema la información, si lo que aparece en el documento aparece en el sistema, una vez estudiada la cédula uno pide la información a ver si concuerdan los datos, si verifiqué la información, es todo”.

  8. - Testimonio del ciudadano MOLINA MORA C.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.471.363, comerciante, é indico no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “me estaban haciendo llamadas me decían que tenía que dar una plata, yo hablé con los funcionarios de inteligencia, les presté colaboración, ellos hablaron conmigo, a los dos días que me llamaron, para conseguirnos ahí, les presté el carro para que ellos bajaron y yo en otro carro, me bajo del carro, uno de los chamos se me acerca me dice que la traiga la plata, empezaron un poco de disparos y me tiré al suelo, me monté en el carro y me fui, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó:"primero me pidieron 20, después bajaron a cuatro, en el sobre llevaba cuatro millones, yo iba en un Corolla, yo le presté a los funcionarios una bleizer y una Cherokee, uno de los carros estaba parado cerca, la persona que se me acercó me dijo que le entregara el sobre, esa persona tenía una franela roja, habían dos personas mas, no logré entregarle el sobre, al momento empezaron unos disparos, se levantó la franela, por que el observó a los funcionarios esa fue la reacción, hubo unos disparos, duré como diez a quince minutos, yo me llevé el sobre lo coloqué en la guantera del carro, y me fui, los de la Guardia Nacional me hicieron una declaración me dijeron que tenían tres personas detenidas, después de eso no volví a ser amenazado, la persona que se me acercó fue la persona de franela roja que se la levantó y sacó el arma, es todo”.

    A preguntas de la defensa Contestó:" si conozco a J.M.T.H., si conozco su número telefónico, no recuerdo qué día lo llamé, le dije que me estaban llamando, hablé con él, los funcionarios fueron al momento en que iba a entregar el dinero, el día anterior, el día de los hechos no recuerdo qué día era, me llamaron como a las ocho, que bajara me dijeron, que me cuando estuviera ahí me parara y me bajara del carro, esta persona que me llamó no me dio características de la persona que me iba a estar esperando, si me dijo que número de personas que me iban a estar esperando, sólo me refirió el número de personas, el lugar por que yo vivo en la Grita y yo paso por ahí todo el tiempo, el lugar es el de la Colorada, así le dicen sector la Colorada, había un carro parado de inteligencia, me imaginé que era él, él se me acercó, que le entregara el sobre, al momento los de inteligencia llegaron, él se subió la franela y sacó el arma, no recuerdo las características físicas de esa persona no me acuerdo, donde detuve el carro hay un barranco antes del barranco me bajé, yo bajaba hacia Seboruco, lo detuve del lado izquierdo, pegado al lado del conductor yo iba manejando, luego me estoy ahí, como a unos diez veinte segundos me bajo, me encontré con esa persona de donde paré el carro a unos diez metros, mas abajo hay un auto lavado, de donde ellos estaban habían personas a unos siete u ocho metros, viene una recta y luego una curvita que está como a unos 25 metros, a las ocho de la mañana recibí llamada telefónica, a los de inteligencia si los llamé, momentos antes de detener el vehículo no recibí llamada telefónica, momentos antes de bajarme del vehículo no realicé llamada telefónica, la persona que se me acercó me dijo que le entregara el sobre que eran unas bolsas y las bolsas las metí en el sobre que era de color amarillo, los disparos se iniciaron al momento en que iba a entregar eso el sobre, yo vi que él se levantó la franela y comenzaron los disparos, en ese momento cuando él se levantó la franela para sacar el arma se escucharon los disparos, llegaron los grupos de inteligencia, en ese momento me tiré al suelo, escuché los disparos, donde estaban las personas provenían los disparos, la persona se me acercó y me pidió el sobre, llegaron los grupos de la policía y la guardia, se levantó la franela, no vi cuando los funcionarios policiales aprehendieron a esta persona, es todo”.

    A preguntas del Tribunal Contestó:" esa persona que me acerco a buscar el sobre tenía una franela roja era alto, las otras personas se quedaron quietos, la persona que se acercó a recibir el sobre estaba como a ocho metros de los dos, estos dos estaban juntos, no iba nadie en mi automóvil, tenía como un mes y pico, me llamaron y me dijeron que era de la agrupación de guerrilleros S.B., era primera vez que veía a esa persona, tenía como seis meses con estas tarjetas, tenía como unos tres meses, fueron impresas donde un muchacho de Colón, no me habían solicitado dinero en otra oportunidad distinta a esta, me amenazaban que se iban a llevar al niño o a la niña, la niña tiene nueve años, el niño tiene cinco años, yo estaba amenazado, soy muy nervioso, se me quedan pegadas las palabras, cuando estaba con ellos los funcionarios no sentía nervios, la persona que sacó el arma me pidió el sobre, yo me tiré al suelo, me tuve como diez quince minutos, y me fui para la Grita, como vi que ya estaba como solo eso, me monté al carro y me fui, es todo”.

  9. - Testimonio del ciudadano C.R.Z.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.229.584, funcionario de la Policía del Estado Táchira, é indico no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “ese día nos llamaron los del grupo GAES pertenecemos al grupo táctico de la policía, nos pidió el apoyo que un grupo le efectuó llamada a un ciudadano que estaba siendo extorsionado, el comisario nos autorizó a que los apoyara nos facilitaron un vehículo in agra n Cherokee y una blazer a una cuadra nos encontramos y nos comunicamos por radio hicimos el recorrido y cuando nos dijeron que era positivo nos trasladamos al sitio, dos ciudadanos estaba n con funcionarios del GAES luego nos dijeron que uno habían caído al río, nos dirigimos 500 metros mas abajo lo conseguimos, y los trasladaron, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó:"el día exacto no recuerdo, el grupo de inteligencia se presentó con posterioridad, no recuerdo los colores de la ropa, yo soy conductor, y se me pidió a que llevara la camioneta, para apoyar al grupo GAES, mis compañeros bajaron de inmediato y fueron a recorrer el sitio, por que se habló de varios ciudadanos subversivos, yo quedé hacia la parte posterior, ya esa persona se había dado a la fuga, cayó al río, me monto al vehículo y digo mas abajo puede caer me fui por la carretera calculando mas o menos donde podíamos interceptarlo, no portaba arma de fuego, desconozco cuando portaba arma de fuego, el se trasladó conmigo en el carro el Distinguido Silva, había casi la mayoría del grupo GAES, la persona lesionada presentaba un disparo en la espalda, visualicé una gloc, es todo”.

    A preguntas de la defensa Contestó:" íbamos posterior al grupo de la Guardia, cuando nos dijeron positivo nos tiramos, se bajaron mis compañeros, fue cuando escuché que cayó al río, yo era el conductor del vehículo venían todos mis compañeros, cinco conmigo, e.C., Calvo, el agente Y.O., en el lugar de los hechos escuchamos las detonaciones, vengo y visualizo a los ciudadanos que estaban en el perímetro, vimos que el ciudadano se agarró de una piedra le dijimos voltéate, los dos muchachos estaban casi a orillas de carretera, a la calzada, eso es tierra, lo que paré fue la camioneta, no recuerdo bien si había arrancado, la víctima no recuerdo donde estaba, no recuerdo si se encontraba en el lugar, sólo escuché mas no visualicé solo estaba cubriendo el perímetro, precisamente fue que recibimos el reporte que si es positivo, que si se hizo la detención, eso fue antes de los disparos, nosotros estábamos a 500 metros de ellos, venían los del GAES, cuando ellos dicen es positivo, cuando llegamos al sitio en el desplazamiento escuchamos las detonaciones, veníamos siguiendo al señor, nos hicieron subir nuevamente, nos colocamos en posición para hacer el procedimiento, me refiero al señor al agraviado, no sé con certeza si recibió llamada telefónica, presuntamente si recibió llamada telefónica, me informaron los efectivos del GAES, no llegué hasta el sitio donde sucedieron los hechos no, cuando llegamos al sitio, cubrimos el área, estábamos a 800 metros mas adelante, aproximadamente el procedimiento duró como 10 minutos 15 minutos, estábamos peinando la zona, siempre se revisa el sector, eso se hace siempre, es una observación que se hace, no se si se efectuó el hallazgo de algún arma, era una gloc punto cuarenta, la vi cuando las mostraron el arma, el maestro Meza mostró el arma, no recuerdo como vi el arma, es todo”.

  10. - Testimonio del ciudadano OVALLES DUARTE YOSIMAR, quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.925.451, funcionario de la Policía del Estado Táchira, residenciado en Rubio, é indico no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado expuso: “fuimos llamados por el señor Charle estábamos de comisión en la Grita, le estaba pidiendo una cantidad de plata, a cambio de ofrecerle protección a cambio de plata llegó una comisión de la Guardia, recibió otra llamada, que fuera bajando coordinamos con la Guaria ellos se fueron adelante nosotros nos fuimos atrás, al parecer la Guardia vio cuando se acercó un ciudadano de camisa roja, no sé si intercambiaron algo, llegó la Guardia primero vi a un ciudadano con arma de color negro, realizó disparos salió corriendo, se tiró hacia el río, unos metros mas abajo lo capturamos, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó:"como a unos 170 metros, antes de llegar ya había intercambios de disparos, había un ciudadano con un arma en la mano, tenía una franela roja, un pantalón unas botas negras, yo lo vi disparar, si le vi el arma era de color negro, lo capturamos abajo, el arma de fuego vi cuando la persona lanzó el arma de fuego, yo vi cuando lanzó el arma de fuego, cuando llegué las personas estaban tiradas al piso, no sé si manifestaron algo a la comisión, el arma que estaba a orillas de río era de color negro, es todo”.

    A preguntas de la defensa Contestó:" era una gran Cherokee, éramos cinco funcionarios conmigo, no recuerdo el nombre de esa persona, íbamos en el vehículo y ya estábamos cerca, disparé, hice un disparo, no estaban mis compañeros donde yo disparé, creo que se escuchó el radio pero lo llevaba otra persona, no sé quien lo portaba, escuché dos tres disparos, ya cuando llegamos ya el sujeto estaba haciendo disparos, cuando fui ya había salido corriendo, observé a dos ciudadanos en ese momento en el piso, la victima se desplazaba en un carro de color gris, no recuerdo si se encontraba para el momento de los hechos, de la calle queda un monte bajito, no se cuantos funcionarios observaron cuando la persona lanzó el arma de fuego, habían dos en el piso, no había nadie cerca, no sé si en el sitio funciona algún estacionamiento comercial, seguí la persecución de esta persona, cuando llegué ahí vi que ya lo traían, no recuerdo quien lo traía, no sé si esta persona detenida portaba el arma, cuando bajé me imagino que la habían encontrado, es todo”.

    1. En la Audiencia del día 22 de Marzo de 2007, continuando con el desarrollo del debate:

  11. - Testimonio del ciudadano CALVO H.J.O., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro V-14.975.257, Funcionario Policial, residenciado en Ureña, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, expuso: “estábamos destacados en la Grita, eso fue un procedimiento con el ciudadano Charles al cual le habían hecho llamada unos ciudadanos, acerca de un dinero por la seguridad de su familia y la de él, llegamos al sitio, al concesionario de carros que tiene él, se dialogó con el ciudadano, se tenía conociendo e que lo habían llamado para una cantidad de dinero, el ciudadano Charles lo volvieron a llamar como a las nueve y media, diciendo que se trasladara con cierta cantidad que por el camino le iban a decir el sitio, el señor Charles nos facilitó dos vehículos, una gran Cherokee, el ciudadano Charles se trasladó en un toyota Corolla primero iba el señor, después iban los funcionarios del GAES nos habían dicho que mantuviéramos distancia, esperamos las indicaciones que nos dieran al procedimiento, nos dieron la señala, nos indicaron por radio, fuimos y escuchamos unas detonaciones, me baje de la camioneta por el lado izquierdo se escudaron unas detonaciones, habían un sujeto con un arma de fuego, me resguarde y salió corriendo, salí por la camioneta habían ya dos ciudadanos tirados en el piso, el ciudadano que se tiro por un río, unos funcionarios los veo por la orilla del río, corrí hasta el final de la carretera, unos funcionarios se quedaron arriba cuidando de la segurota, a 500 metros corrí, cuando ya salieron con el que se había lanzado al río, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal contestó:"nosotros estábamos destacados en la Grita, personalmente el Inspector Hinojosa me ordenó que estuviera pendiente de cualquier cosa rara, y ya teníamos contacto con el ciudadano Charles, le dijimos que íbamos a pasar a primeras horas, si presenciamos cuando recibió llamada telefónica que era un grupo guerrillero y le estaban pidiendo una cantidad de dinero, nosotros estábamos esperando era orden, el ciudadano llevaba el dinero, envuelto en una bolsa, la comisión iba a salón y medio de la comisión del GAES, las camioneta del GAES estaba en toda la esquina de la curva era una zona boscosa, al llegar al sitio si habían personas ajenas, había un ciudadano que vestía franela rija, un blue jeans y botas y un arma de fuego, si lo vi, al momento me cubrí, después se escapó, otros funcionarios corrieron donde se había lanzado el ciudadano que tenía una pistola negra, los que estaban en el piso estaban quietos, no los observé cuando nosotros llegamos, en el sitio habían bastante monte, era zona boscosa, habían monte y piedras, el ciudadano que sacaron del río era moreno, franela roja blue jeans y botas negras, no recuerdo si traía arma, no vi quien incautó el arma de fuego, es todo”.

    A preguntas de la defensa contestó:"tuvimos conocimiento en la noche del jueves 13 de Junio, que el señor me indicó y se lo informé al jefe mío, mi jefe era Hinojosa, le dije que al señor le habían echo una llamada exigiendo una cantidad de dinero, mi jefe dijo que nos trasladáramos al sitio a primeras horas del día, la hora exacta no recuerdo cuando fuimos, fue como de siete y media a ocho, cuando llegamos no había llegado la comisión de la Guardia Nacional, ellos llegaron como a media hora después, nosotros esperamos si volvían a llamar, hablamos lo referente a la llamada, luego de que llega la comisión de la Guardia Nacional, volvieron a llamar y fuimos al sitio donde le indicaron al ciudadano Charles, y él nos facilitó dos vehículos, ellos iban adelante y nosotros atrás, para no llegar todos al momento, nuestro jefe tomó esa decisión, del lugar donde partimos al lugar donde ocurrieron estos hechos no recuerdo, no sé cuanto es en tiempo, nosotros siempre íbamos a una distancia, cuando se detuvo el ciudadano Charles se detuvo la camioneta del GAES y nosotros esperando que nos indicaran, de la oficina del señor Charles nos trasladamos al sitio que le indicaron a él, en el sitio existía una semi curva, desde el lugar que nos fuimos al lugar de los hechos había semi curva, a Y.A.M. no lo conozco, a C.R.Z. no lo conozco, a Y.O. si lo conozco es policía, él nos acompañaba ese día, el se trasladaba en la Cherokee, yo estaba en la puerta izquierda detrás del chofer, cuando nos indicaron que nos trasladáramos el sitio se escucharon las detonaciones, no sé cuantas detonaciones se escucharon, yo disparé una sola vez, no sé quienes de mis compañeros dispararon, al momento de donde llegamos el sujeto se había enfrentado a la comisión, y yo disparé no hacia donde estaba el sujeto, cuando el sujeto estaba haciendo enfrentamiento a la comisión fue que yo disparé, yo no lo visualicé, yo llego es a cubrir, vi a esa persona cuando tenía la pistola así, lo vi desde la puerta de la camioneta, fuera de la camioneta, al momento llegamos y para uno saber donde estaban mis compañeros, la persona que estaba con el arma en la mano se encontraba al lado del carro del ciudadano Charles, para el lado derecho creo no recuerdo bien, Charles no sé donde estaba, esa persona se fue a la fuga, cuando llegué ya lo habían sacado, no lo vi con el arma e fuego en la mano, al ciudadano lo sacaron , estaba herido, lo llevaron a darle auxilio al Hospital, el arma de fuego la vi cuando estaban haciendo el acta ahí en el momento no, no sé quien recuperó el arma de fuego, no vi quien portaba el arma de fuego cuando al ciudadano lo sacaron del río, vi el arma cuando la tenía en el Comando, no recuerdo si el arma se encontraba entro del algún envoltorio, no sabría decir cuando en tiempo se hizo el procedimiento, ahí había un caserío, ninguno manifestó ser familiar de estas personas, ninguno de los detenidos manifestaron el lugar donde residía, los familiares en el lugar de los hechos no mantuvieron comunicación, es todo”.

  12. - Testimonio del ciudadano S.S.J.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.114.746, funcionario policial, é indico no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “eso fue el día 14 de Junio, la dirección de inteligencia recibe llamada de un ciudadano de nombre Charles, indica que nos trasladáramos a un sitio de venta de vehículos para no hacerle daño ni a el ni a su familia, nos trasladamos que hacía tres minutos lo había hecho llamada telefónica que se traslada al sector la colorada, llego una comisión del GAES el ciudadano nos colaboro con una bleicer a la comisión del ges y una Gran Cherokee, el ciudadano se monto en un toyota corolla atrás lo siguió una comisión del GAES pasando el sector había un tranconazo por que no había paso, el jefe del GAES le indica a un jefe de la policía que retornáramos que nos regresáramos nuevamente al sector de la colorada, el ciudadano del GEAES nos dice que mantengamos la distancia, el señor Charles se fue adelante, la camioneta bleaicer y nosotros, estaban den el sitio nos indica que nos detuviera y en el momento se escuchan unas detonaciones, visualice a un ciudadano que tenía un arma de fue en la mano apuntando a donde estaban las comisiones, me levanté después que hizo las detonaciones y prosigo a hacer detonaciones empieza a correr, los funcionarios del GAES comienza n perseguirlos, observo a dos ciudadanos que estaban acostados en el asfalto, me quedo en la parte de abajo y visualizo al ciudadano que va por el río, me trasladé en custodia de los dos ciudadanos, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: “se comunican con el jefe del GAES hablan ellos, y nos trasladamos, al señor Charles le dijeron que se trasladara al sector de la Colorada con el dinero, nosotros llegamos nos estacionamos y procedimos a bajarnos de la camioneta, y veo a un ciudadano que tenía un arma de fuego en la mano detonándola, ese ciudadano se le vio una franela roja, un pantalón jeans y unas botas de cauchos negras, se oyeron las detonaciones y se lanza por un avismo, el se lanza, y yo sigo derecho para tener mas visualidad en la parte alta, esa es una zona boscosa, abajo estaba el río, y se ven rocas, y poco agua, el señor Charles llevaba una cantidad de dinero, no vi como llevaba el dinero, el ciudadano le vi el arma de fuego cuando me bajé de la camioneta, las otras personas estaban boca abajo y tranquilas los tenían un funcionario del GAES el ciudadano lo visualizo por las aguas, él se lanza, hay vegetación , no se quien lo sacó del río, los funcionarios del GAES me dijeron que encontraron el arma en al zona boscosa, no vi cuando encontraron el arma de fuego, es todo”.

    A preguntas de la defensa Contestó:"tuve conocimiento el 13 de Junio en la tarde y el 14 nos trasladamos al sitio, el jefe de nosotros es el Comisario Hinojosa, y nos dijo que nos trasladáramos a auto Charles, que lo estaban extorsionando, y nos fuimos al sitio, el jefe no se como tuvo conocimiento creo que fue una llamada telefónica que le hizo el señor Charles, eso fue en horas de la mañana, nueve y treinta y nueve, el ciudadano del GAES dice que el señor Charles se vaya en el toyota Corolla, ellos en una blaizer, y nosotros en la gran Cherokee, a una distancia para que no fuéramos sorprendidos en ese momento esa estrategia la diseñó el jefe del GAES que es el maestro Meza, nosotros éramos siete, el comisario andaba en la Bleaicer de su propiedad, C.R.Z. se quien es, Y.M. no se quien es, Y.O. si se quien es el distinguido Calvo si se quien es, Calvo y Yosimar andaban en la camioneta, no me acuerdo en relación de mi donde estaban, sé que es en la parte trasera, fuimos informados de que había un procedimiento por una llamada, y nos trasladamos al sitio por las indicaciones del ciudadano, nos detuvimos pasando el sector de la Colorada por que había una cola, y se le indicó al señor que retorne, no hicimos mas paradas, yo andaba en la camioneta con cuatro efectivos mas de la policía, el testigo lo contactó el jefe del GAES, no sé si el testigo andaba con el jefe del GAES, el señor Charles se comunica con el del GAES y este se comunica con nosotros, y nos avisan que retornemos, si el señor Charles se comunica con los del GAES y los del GAES se comunican con nosotros, pienso que fue vía celular, nos dijeron que retornemos que se le dio al señor Charles que retornara, no se que otra indicación le dieron al señor Charles, después nos dicen que mantengamos la distancia, escuche detonaciones al momento que llegamos al sitio, me bajo de la camioneta y veo al ciudadano con el arma en la mano si tenía ángulo visual, le vi el arma de fuego, y se escuchan las detonaciones yo no lo vi, escucho las detonaciones y al ver el arma reacciono el se encontraba parado de frente a la parte de arriba, al frente de este ciudadano estaba el carro, estaba a orillas del asfalto en relación a mi estaba en vía recta, yo estaba a mano derecha de la camioneta, el ciudadano se encontraba a mano derecha de la vía, el vehículo del señor Charles estaba al frente del ciudadano, estaba al frente de la parte trasera del señor Charles, al frente de la parte trasera, del lado derecho bajando, el señor Charles no lo visualice no se si estaba solo, me quede en la parte de arriba, yo avanzo pero él se lanza por un abismo, lo visualizó cuando el se lanza, no lo veo si no cuando me voy a la parte de atrás, el se lanza con el arma de fuego, si lo vi, la llevaba en la mano, no se en que momento la lanza, si el se lanza de la zona boscosa, al ciudadano lo vuelvo a ver cuando lo trasladan a la Guardia Nacional, en ese tiempo estaba de custodia con los otros dos ciudadanos, yo le presto seguridad a los jóvenes es en el comando, yo me quedo es en la parte de arriba es para tener una visión, yo lo visualizo es cuando lo llevan al Comando de la Grita, me fui al Comando en la Gran Cherokee, no se en que los trasladaron a ellos, se separaron las comisiones, en ese lugar habían personas en las residencias, desconozco si estas personas observaron lo que pasó, no funciona ningún establecimiento comercial, el lugar no me acuerdo del color de las casas me quedo arriba es para visualizar el sector, el ciudadano se lanza por la parte derecha, no me pare donde el ciudadano se lanzó, el arma de fuego no la volvía a ver mas solo la vi en las manos del ciudadano cuando se lanza al río, es todo”.

    A preguntas del Tribunal contestó:"yo vi al ciudadano parado y vi a los otros ciudadanos en custodia de un funcionario del GAES, era primera vez que iba al sitio, es el sector las coloradas, es una zona boscosa, es vegetación alta, desconozco por que se lanzo esta persona, no se si las otras personas estaban armadas, hice dos disparos hacia la dirección donde estaba el ciudadano, Charles dice que le estaba efectuando llamadas telefónicas para no hacerle daño a él ni a la familia, la persona que se tiro al río era alto, de contextura fuerte vestía una franela roja, un blue jeans y unas botas negras, es todo”.

    1. En la Audiencia del día 30 de Marzo de 2007, se procedieron a incorporar las siguientes pruebas testificales:

  13. - Testimonio del ciudadano E.E.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro V-10054863, funcionario policial, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados residenciado en la Concordia, Estado Táchira. En ese estado expuso: “ese día no recuerdo el día nos trasladamos de aquí de San Cristóbal, a la población de la Grita, al llegar a la población de la Grita, le informaron al Comisario que había una presunta extorsión, y había ocurrido un enfrentamiento y nos retiramos del lugar, es todo”.

    A preguntas del Fiscal Contestó: "mi actuación fue prestar el apoyo, no pudimos efectuar el apoyo por que llegamos tarde, habían tres personas, no tuve contacto con ellas, le informaron al Comisario de que habían incautado armas, es todo”.

    A preguntas del Abg. C.M.C.: “Sub Comisario Hinojosa, nos encontrábamos en una blaizer, color gris, propiedad del sub comisario, no conocía nada de los hechos, por que el que me informó fue el sub comisario, de que se había llevado a cabo un enfrentamiento, cuando recibimos la noticia estábamos en la Comisaría de la Grita, nos llamaron al teléfono celular, que supuestamente había una extorsión, nos regresamos, nos apersonamos en el transcurso de la mañana, como a las diez, once, no visualizamos a ningún funcionario, de ahí nos dirigimos a la Comisiaría, cuando llegamos no entramos a la Comisaría, antes estábamos aquí en San Cristóbal, estando en la Grita recibimos la llamada bajando, ya casi llegando a la Comisaría, en tiempo está del lugar a la Comisaría de 15 a 20 minutos, estuvo el Comisario cuando llegaron los efectivos y le manifestaron lo del procedimiento, eso fue como a la una dos de la tarde, estuvimos hasta esa hora, yo no ingresé a la Comisaría, él e informó por la llamada que le hicieron, no vi a las personas detenidas, es todo”.

  14. - Testimonio del ciudadano J.C.P., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11973068, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto las experticias Nro 760, 761 y 771 a los fines de que ratifique el contenido y la firma. Seguidamente expuso: “si ratifico el contenido y la firma de las experticias, empecemos de la activaciones de iones de nitritos y e nitratos con el fin de verificar Seguidamente expuso lo siguiente: " manipuló un armamento, esa experticia nos orienta en el sentido de que si hay o no posibilidad de que exista pólvora, en el caso del macerado, por las palmas del señor los dedos me lo llevo al laboratorio, una vez que el hisopo está seco, me dirijo a la parte química que es donde vamos a utilizar el reactivo, la positividad nos va a indicar si reaccionan con el químico va a dar la particularidad del color azul, que fue lo que sucedió en las manos del ciudadano, y la del arma de fuego, en el acta de experticia mecánica, se toma el arma se observan sus características, luego se llevan a la cámara de disparo, luego se hace un disparo de prueba, esa arma estaba en muy buen funcionamiento, es todo”.

    En ese estado, a preguntas de la Fiscal en cuanto a la experticia Nro 760 Contestó: "el arma se encontró en buenas condiciones de funcionamiento, esa arma es considerada de alto peligro, es una punto cuarenta, es una pistola gloc modelo 22, es un arma costosa, y oscila entre cinco y diez millones de Bolívares, se determino en el macerado que es negativo, no es posible , ya que a pasado un tiempo prolongado, eso se puede perder con agua, jabón cualquier solvente, en ese caso me trasladé a la policía, el resultado que dejó la pistola es negativo, si es posible que de negativo con tantos días de diferencia, esa prueba únicamente nos va a orientar, la prueba es de orientación, es todo”.

    A preguntas del Abg. C.M.C.: "acerca del macerado no recuerdo cuando la hice, el resultado puede dar negativo por que los rastros de pólvora se perdieron con agua, con algún solvente, sé que el ciudadano estaba en la Comandancia de la Policía, me imagino que él estaría en una celda, el tiempo real no se lo puedo indicar, la pólvora se desflagra, usé las palmas, con respecto a la experticia del arma de fuego me dio negativo, esa arma de fuego estaba acta para disparar, la experticia de iones m indica si tiene o no rastro de iones o de pólvora, no sé decirle si provienes de un disparo, si esa arma tuviera presencia de iones me da positivo, en el laboratorio se recibe en el departamento de secretaría, no sé como fue colectada esa arma de fuego, el arma me la entregó uno de los funcionarios del laboratorio, existe un oficio con el que la unidad le solicita al laboratorio, donde asignan al experto, el número de control y la fecha u hora, la cadena de custodia es la que se hace desde que se colecta la evidencia al laboratorio, yo no reviso la cadena de custodia ya que eso se hace es en el laboratorio, me basé en la activación de iones, en dado caso yo indicaría el arma viene así, así y así, de haber conseguido partículas de tierras las hubiera mencionados, no recuerdo haber conseguido ninguna otra arma antes de revisarla, el arma era apta para disparar, no existía iones de nitrato, es todo”.

  15. - Testimonio del ciudadano V.M.Z., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2805930, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “yo tengo un conuquito, alas seis y media salí a trabajar, escuché unos tiros salí, en el momento pasó un tipo de civil y dijo usted no ha visto pasar a unos muchachos por aquí, escuché muchos tiros, ellos son muchachos trabajadores, es todo”.

    A preguntas del Abg. C.M.C.: " al momento de escuchar los tiros estaba trabajando, eran como 50, 60 tiros, ni vi disparar a nadie pero escuché los tiros, vi gente de civil, no recuerdo mas nada, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "el sitio se llama el azul, esas detonaciones las escuché entre ocho y ocho y media, vi a los muchachos, es todo”.

    vi a los muchachos que estaban en el piso, son de la Trinidad, me informé después que se los habían llevado, mas nada, vi a dos señores que los tenían sometidos, con una pistola, es todo

    .

  16. - Testimonio del ciudadano J.G.B.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10682973, obrero, residenciado en la Aldea S.C., sector el Azul, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado expuso: “yo me encontraba en el lugar derecho donde estaban los muchachos sentados, en ese llegó un carro blanco y se paró a cincuenta metros, en eso se abajó un señor del carrito nuevo que llegó, se volvió a bajar, los muchachos salieron, cuando en ese llegaron tres carros, una camioneta gris y azul, dos quedaron y el otro se metió por el río, me fui y ahí se quedó la plomazón, es todo”.

    A preguntas del Abg. C.M.C.: "vi un carro gris, de ahí salió un señor flaco alto con un celular en la mano, era flaco, alto, blanco, y caminó hacia la vía el Corozo, el pasó de donde estaba yo como a tres metros, se encontraba como de ahí a la pared, ellos estaban ahí tranquilamente, Jonathan me dijo yo lo a agarrar váyanse a la feria el domingo, llegaron tres vehículos, una bleaicer, una gris, tipo toyota, y llegó otra azul, vi tres que se bajaron de la gris, no vi al que tenía el celular en la mano, no vi si ellos se acercaron a uno de ellos, escuché bastante tiros, unos que andaban de civiles, los tipos que le estaban echando plomo a los muchachos, no sé si algunos de los muchachos portaban arma de fuego, él salió corriendo por un auto lavado que hay ahí, lo vi hasta el auto lavado donde me metió Jonathan, no portaba teléfono celular, estaba como a ocho diez metros, si visualicé el procedimiento, es todo

    A preguntas de la Fiscal Contestó: " a Jonathan lo conozco de amigos del barrio, me dedico a ser caletero, eso fue a las nueve de la mañana, se encontraba Freddy, y Marcos, si los conozco, los conozco de la aldea, soy amigo de los tres, es todo”.

    A preguntas del Tribunal Contestó: "los muchachos venían caminando por la acera, y el carro se metió así, al que salió corriendo yo cojí y esperé mas arriba a esperar la buseta, les dispararon como a cinco seis metros, oi bastantes tiros, es todo”.

    1. En la Audiencia del día 03 de Abril de 2007, se procedió a incorporar la siguiente prueba documental:

  17. -Nro 9700-164-3741, localizada al folio 91 de la presente causa.

    1. En la Audiencia del día 13 de Abril de 2007, se procedió a incorporar pos su lectura la siguiente prueba documental:

      Dictamen Pericial Grafotécnico N° 775

    2. En la Audiencia del día 23 de Abril de 2007, se procedieron a incorporar las siguientes pruebas testimoniales:

  18. - Testimonio del ciudadano HINOJOSA GALAVIZ J.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.204.869, funcionario policial, residenciado en la Concordia, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Acto seguido expuso: “tengo entendido en que fue una presunta extorsión en la Grita, por comisión de la Policía del estado me notifican cuando vengo subiendo de San Cristóbal hacia la Grita, habían unos detenidos que los tenían en el Comando, mas nada por que no me encontraba físicamente en el sitio de los hechos, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "estaban trabajando conjuntamente con el GAES, no estuve en el procedimiento, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.A.C.: "en el 2006 para el mes de Junio estaba de Comisión en la zona Norte, no sé que personal se encuentra en la Comisaría de la Grita, estaban 10 funcionarios de inteligencia, tenía a la orden del GAES a cuatro efectivos, no es la primera que se trabaja en conjunto con la Guardia Nacional, tengo conocimiento cuando el Jefe de la Comisión del GAEZ me dicen que están en la Grita, y coloqué a la orden cuatro efectivos, la extorsión como tal la estaban haciendo dos días antes, la llamada la recibió el Cabo Chacín, tengo entendido que participaron cuatro funcionarios que estaban a la orden mía, y esa comisión la manejaba allá el Jefe Del Grupo de Anti extorsión y Secuestro, y el Jefe en ese momento era el Cabo Chacín, yo llegué una hora después del procedimiento, en la mañana se trasladaron las actuaciones a la Ciudad de San Cristóbal, no conocía a la víctima fue después del procedimiento en la avenida principal de la Grita, cuando se trabaja en conjunto la autoridad militar priva a la comisión policial, es el GAES que se encarga de la recolección de evidencias, se protege el sitio del suceso, se toman fotografías, igualmente si hay un arma de fuego, se toman las previsiones del caso, no sé si tomaron fotografías en el sitio el día del procedimiento, no observé el arma colectada en el sitio del suceso, el acta la hizo el maestro Meza, yo era el Jefe de Inteligencia, no recuerdo la hora, no me manifestó el Jefe de la Comisión por que no colectaron las evidencias de la vestimenta de las personas detenidas, el sitio del procedimiento fue bajando de la Grita, el sitio específico no lo sé, es todo”.

  19. - Testimonio Del ciudadano CONTRERAS G.C.J., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.335.651,obrero en una Cooperativa (hace bloques), residenciado en el Municipio Seboruco, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “arreglando el agua, y andábamos los cuatros, ellos quedaron al frente me metí a comer, y cuando escuché fue un tiroteo, a los muchachos los tenían boca abajo, me dijo haga el favor y se me retira, llego un carrito verde los agarraron los esposaron y se los llevaron, a 80 metros habían un carro gris parado, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.A.C.: "me encontraba al frente de mi casa, como hay una parada por que estaban buscando carro, habían unos señores esperando el transporte por que iban a trabajar, hay una parada cerca de mi casa ,as o menos como a ocho metros al frente, el ancho de mi casa son 15 metros de ancho, cuando entré a la cocina a desayunar, fuimos a cargar el agua como a las ocho, yo que me siento y escuché muchas balas, salí para afuera y vi a los muchachos boca abajo, es a 7 u 7 minutos de mi casa a donde escuché las balas, y vi a los muchachos tirados en el piso y apuntando así, y vi un carro gris, si habían dos personas en el piso, en la acera, estaba hacia la parte de arriba de mi casa, y veo a dos personas de civil apuntándole a los muchachos, los trataban mal, muy vulgares, no vi armas de fuego en el sitio, llegó un carrito verde oscuro los montan a los muchachos y se loes llevan vía la Grita, llegaron en ese vehículo tres mas y se bajaron dos, si trabajo actualmente, ese día no estaba trabajando estábamos sacando agua para la fábrica de mangueras, había gente a la espera de autobuses, es todo.

    A preguntas del Abg. W.L.C.: "ellos se quedaron ahí con otros señores que ellos también iban a trabajar, y me metí para adentro, y estando adentro escuché las balas, no escuché a estos tres muchachos hablando de dinero es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "sacando el agua conmigo estaba los cuatros, los tres muchachos aquellos, ellos bajaban ya que ahí mismo queda la fábrica a las 8 de la mañana, para sacar el agua se tarda una hora dos horas, regresé a la casa, en la casa no hay teléfonos por eso no llamé a las autoridades cuando escuché los impactos de bala, es todo”.

    A preguntas del Tribunal Contestó: "ese día estaba con ellos buscando el juntos es Marcos, Jonathan y Freddy, los distingo, ellos son vecinos, ellos son muchachos de trabajo, en una fábrica de mangueras, trabajan para una empresa, se llama “Class”, trabajan los tres, ellos trabajan por turnos en la misma empresa, habían dos funcionarios, cuando llegó el carrito llegaron tres mas, habían cinco funcionarios, habían dos muchachos a los que le estaban apuntando, y no trajeron a nadie mas, observé dos vehículos uno gris y uno verde, eran carritos pequeños, si Jonathan resultó herida, él iba corriendo hacia la parte de lavado y engrase, cerca de mi casa está el río Grita, me dijeron después de que habían una persona herida, me dijeron haga el favor y se mete para adentro, es el mismo azul, es un sector, un caserío, existe vegetación, no existe vegetación donde se pueda ocultar una persona, pero está el lado del río, y hay un callejón hondo, tiene una caída, si es una vía de transito común, vengo a comer por que me voy al trabajo, me meto hacia la casa por que iba a comer, eran de nueve y media a diez, de ahí iba para la Cooperativa, esas personas trabajan aparte en “Frito Ligth”, estábamos arreglando lo del agua, cuando me metí fue que salí y vi los vehículos, como a 30 metros estaban los muchachos, siempre cuesta hay un barranco, y es hondo, es de 8 a 9 metros de altura, si existen piedras, no es boscoso, el río no estaba crecido, estaba clarito, es todo”.

  20. - Testimonio del ciudadano SOTO M.G., quien previo juramento de Ley, manifestó ser colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.209.910, agricultor y oficios varios, residenciado en el Azul, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “yo estaba trabajando del río por el lado derecho con dos compañeros mas, bajaba un señor moreno, y la corriente lo llevaba así, iba nadando y pasó por el frente de nosotros, y habían como unos siete u ocho civiles disparando, y nosotros pegados al río pero escondidos, y dijo el muchacho no me maten!, y siguieron disparando, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.A.C.: "yo me encontraba teniendo un cincel, y el río me quedaba como a dos metros, y el muchacho estaba como a treinta metros, franelilla roja, el pantalón era como azul o negro, la franelilla es aquí así, estábamos laborando y lo vimos sin saber quien era, los tiros los efectuaron tiros al otro extremo del río, en ese momento tenían camisa blanca y pantalón negro, cada cual llevaba echando tiros ahí, unas bichas como así, los toros venían otras vez allá, en el momento vienen los tiros hacia allá, y siguen los tiros, y me escondí después cuando me levanté me di cuenta, ellos llevaban armas en la mano, en el momento en el que él se entregó salió como a treinta metros, tiros insultos y mas nada, la persona que estaba en el río iba así, es todo”.

    A preguntas del Abg. W.L.C.: "esa persona no me di cuenta si estaba herida o no, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "donde yo estaba lavando era de 100 metros mas arriba, yo estaba lavando, yo escuché los tiros mas o menos a 80 60 metros de arriba, a veces se cierra un poquito el río a veces se amplía, cien metros antes había vegetación, ese sector la colorada es un sitio aparte de la colorada, hay mas o menos de distancia un kilómetro, es todo”.

    A preguntas del Tribunal Contestó: "antes había un viaje de guineos, y como canalizaron el río, la orilla del río tenía vegetación, y matas de guineos y aguacates, el terreno de vega unos 80 metros, la vega es un plancito, así como esto, y luego hay una altura, eran como tres cuatro metros, eso fue en momentos en que bajaba así, iba en sentido de las corriente, el río siempre llevaba corriente, en el momento no miré si venía herido o no, si vivo cercano al río, esa gente llegó a lo arrecho a tirar tiros ahí, los muchachos e.M., Jonathan y Freddy, el que iba por el río era Jonathan, era una franela roja, no supe mas nada, primero estaban tirando tiros arriba, y después el muchacho salió así que no lo mataran, de ahí pa´rriba estaba una veguita, es todo”.

  21. - Testimonio del ciudadano FLOREZ G.J., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.636.092, trabaja en una fábrica de mangueras, residenciado en el Azul, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado expuso: “yo salí de la casa a mi trabajo y pasé por la casa del señor M.A., y seguí a mi trabajo, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.A.C.: "mi trabajo es en la fábrica de mangueras, y pasé por la casa del muchacho, la ruta mías es en el trabajo de la fábrica, los jóvenes presentes trabajan en la misma fábrica donde trabajo, no escuché nada, yo solo pasé, estaban desayunando, ese sector se denomina el azul, la Colorada queda como a diez minutos, en dirección hacia la Grita, si hay una parada de transporte público, es todo”.

    A preguntas del Abg. W.L.C.: "no observé si tenía arma de fuego, yo fui únicamente ese día por que pasé a hacer mi contrato, no observé a ninguno hablando por teléfono, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "pasé por la casa del señor Marco aproximadamente como a las ocho y cuarto, vi a los tres, esos diez minutos son caminando, serán como ocho minutos, yo a Marco, Freddy y Jonathan los he visto en la comunidad, no los vi sacando agua en la fábrica, es todo”.

    A preguntas del Tribunal Contestó: "mi horario es doce por veinticuatro, ese día me vine a las ocho de la casa, entré a trabajar en el turno de la noche, pasé donde estaban los muchachos como a las ocho y cuarto, los conozco de vista hola muchachos, después en la tarde me dijeron de los hechos que se habían llevado a los muchachos, no oí disparos, es todo”.

  22. - Testimonio de la ciudadana C.R., quien previo juramento de Ley, manifestó ser colombiana, mayor de edad, agricultora, código de cedulación Nro 991318, residenciado en el sector el Azul, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. “era un 14 de Junio entre nueve de la mañana, iba con un pantalón a irlos a arreglar, me llamó la curiosidad y miré que salieron varias personas de civiles, miré a un muchacho que iba corriendo, me fui acercando mas, cuando en una de esas fue tanto los tiros, el muchachos se bajo por un barranco, me bajé y fui mirando, y fueron mas exagerados los tiros y el muchacho se lanzó al río, escuché que uno de ellos dijo si no sale voy a matar a ese perro, lo trataron de sacar así, yo a este muchacho lo había visto en una fábrica de mangueras, nunca le he visto malas cosas a ese muchachos, me metí a escuchar todo en unas piedras, cuando mi sorpresa dijeron vamos a matar a ese perro, vull y dije por que son ellos así, y comenzaron a patearlo, y dijo así matan a la gente, me dio mucha rabia, y ellos fueron a prestarme un teléfono, les dije quienes son identifíquense, están golpeando un animal, me dijeron que no era problema mío, se estacionó un carro verde, de cuatro puertas, él dijo llévenme pal hospital, yo sentí mas rabia, me quedé con esa duda, después al rato escuché a los familiares, le dije que no puede ser, por que no se identificaron, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.A.C.: "iba caminando hacia una señora mas debajo de donde sacaron al muchacho, y llevaba un pantalón para que le arreglaran esas botas, esas personas estaban de civil, podía pasar de seis personas, los que si llevaban armas eran los de civil, no vi que portaran mas nada, solamente ellos corrían y disparaban y hacían tiros hacia el agua, mas o menos esta es la parte de la orilla del río, de medida no sé, lo único que escuché fue que ellos ya lo iban a sacar le decían perro y otras palabras, y esta persona salió con mal color y la camisa de la misma agua se la había subido, cuando miré que levantó las manos me escondí hacia las piedras, y me escondí, y los dejé que ellos salieran y así fue, cuando me salí en esa casa les dije ustedes quienes son para mi ustedes son hasta guerrilleros, como agarraron al muchacho le daban patadas, ninguno se regresó a hacer revisión del sector, es todo”.

    A preguntas de la Fiscal Contestó: "ese día yo tenía un pantalón y un camisa, lo normal de estar en casa, me llamó la curiosidad de los tiros, me desvié cuando los otros tiraron para abajo, y el salía corriendo, y me bajé como pude, al frente de donde ellos fueron a alquilar el teléfono, de medidas yo no sé, siempre uso pantalones blue jeans, llevaba unas cholas abiertas, como casi siempre todo el mundo baja por ahí, no hay escaleras por ese sector, hay vegetación, si vi cuando se lanzó al río, si caminé con los funcionarios desde que Jonathan salió del río, puede haber una distancia de aquí al muchacho de camisa blanca”.

    En ese estado, la testigo se traslada a la puerta de la sala a los fines de indicar la distancia de donde se encontraba la persona que señala del río.

    La Fiscal señala que calcula que existen 25 metros luego de trasladarse a la puerta.

    El Abg. W.L., señala que el cálculo señalado por la Fiscal es a simple vista.

    El Tribunal señala que siendo una estructura del edificio donde reside el Tribunal solo se dejará constancia para su valoración de considerar el mismo Tribunal donde se encuentra la entrada de los Tribuna, solo lo valoraría el Tribunal al momento de so opinión.

    A preguntas del Tribunal Contestó: "el barranco queda bajando la broma de la azúcar, si yo bajé del barranco, ese día bajaba con las cholas, sé que el muchacho trabaja en la “Frito Ligth”, no conozco al señor J.F.G., eso fue un 14 de Junio, si me llegó citación, esos papelitos están guardados, es todo”.

    1. En la audiencia del día 03 de Mayo de 2007, continuando con el desarrollo del debate:

  23. - Testimonio del ciudadano MUÑOZ BECERRA G.J., quien previo juramento de ley manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.097, T.S.U en diseño y obras civiles, residenciado en San J.d.C., Estado Táchira, y expuso “yo iba a la ciudad de la Grita hacer un trabajo de topografía me encontraba en la Avenida Principal y los efectivos de la Guardia Nacional me pidieron si podía colaborarles en ser testigo en una presunta extorsión, me monte en la camioneta y bajamos a Seboruco, llegamos, estaba un señor que llevaba una plata, que se la iba a entregar a un muchacho de pantalones negros, botas de caucho y camisa roja, espere y vi que el señor se dirigía a entregarle la plata al muchacho y sacó el arma negra, escuché unos tiros pero no me bajé de la camioneta, es todo”.

    A preguntas del fiscal contesto, “el muchacho que iba a buscar el dinero era moreno, bajito, el pantalón negro y una camisa roja y habían dos muchachos sentados, que los tenía un guardia en el piso, cuando un señor alto flaco iba a entregarle la plata el muchacho de la camisa roja sacó el arma, me quedé ahí sé que le muchacho salió corriendo, y se fueron a perseguirlo, es todo”

    A preguntas del Abog. J.A.c. “soy T.S.U en obras civiles, tengo tres años de graduado, estudie 8 semestres en Arquitectura en la central, si conozco el sector de La Grita, ese dia de Colon a La Grita salio como a las seis y media de la mañana por medio de un autobús, yo por lo menos cuando voy a un sitio no me pongo a estrechar tiempo depende del tiempo, máximo una hora, ese día me fui en autobús, ese día me baje del autobús más arriba de la bomba que esta en la Grita, mas bien me tenia que quedar en la Bomba de abajo, y me quede fue arriba porque iba a P.H., sí me iba a encontrar con el Ingeniero a las 9 am, nos íbamos a ver donde esta la primera bomba, pero yo seguí derecho y no pregunte y me quede en la Avenida llevaba un GPS, una libreta de topografía, y un koala, no llevaba mas nada, yo iba a pasar a la vía contraria a la que baja para yo llegar hasta abajo, llegó una camioneta verde uno se identificó como Guardia Nacional y estaban vestidos de civil porque me sacó un carnet ahí, más no me dijo otra cuestión así, eran como las nueve creo yo, no se preciso la hora, nueve y diez por ahí, primera vez que participaba en eventos de esa naturaleza, la persona que me dijo que si le podía hacer el favor de acompañarlo de testigo y que si podía acompañarlo en una presunta extorsión era una camioneta blaizer de color verde, era un de bigotitos, bajito creo que se llamaba Aguilar, el que me pidió la colaboración, me ubique en le medio de la parte de atrás de la camioneta, se encontraban cuatro personas en la camioneta, los vi solamente cuando llegamos abajo, no vi nada, me monte y seguimos pero no vi más hasta que llagamos al sitio donde íbamos a ir, yo me monte en el carro que dijeron que me montara, seguimos la vía bajando, bajando por donde yo subí, ellos dijeron que necesitaban que los acompañara al sitio, que fuera prudente y que llevaban un morral pero no se que decían, vi un señor blanco que llevaba la plata, y otros carros más el sitio exacto no se, se que habían un puente una regresiva, fue en la vía, en la Panamericana, se que había una cancha, cuando llegamos, llegaron los carros que fue cuando llegaron todos en el mismo momento, el señor iba en un carrito gris, bajamos y ellos me dijeron pero no me acuerdo en ese momento que sector, la polvorosa no recuerdo, estaba ahí en la camioneta, se bajo en otro señor, fue cuando apareció el muchacho y vi los dos muchachos y no se quienes era fue cuando el muchacho sacó el arma, de donde me quedé cuando llegue de Colón hasta el lugar donde llegamos puede ser un kilómetro o mas de un kilómetro, no se en tiempo cuanto fue, mas bien iba asustado, porque se forme un problema, y como me pidieron un favor, no me acuerdo en si me dijeron un señor o Los Colorados, no me acuerdo el azul creo algo así me nombraron ellos, me va a disculpar, pero no, no le puedo decir de más, el que iba a efectuar el pago era un señor catire, blanco, paramero, lo conocí en el momento que se bajó del vehículo él iba a entregar un plata, si ví ese dinero, él se bajo con un paquete, no se cuanto, lo vi a una distancia de cinco o seis metros, porque el carrito se paro al frente de donde yo estaba, la camioneta llego y llegaron los demás carros, lo único que dijeron que estuviera pendiente y observe lo que había pasado, como le dije que me quede viendo, no me baje, el muchacho que iba a recibir la entrega fue cuando sacó el arma no se a quien le hizo los tiros y salio corriendo, el señor se levantó la camisa y efectúo los tiros y al momento que bajaron los efectivos el salio corriendo, no alcance a ver si le entrego el dinero, iba a entregarle el dinero al muchacho, y el muchacho se vino a recibirle el dinero y el señor iba a entregarle el dinero no me acuerdo precisamente escuche tiros estaba asustado, cuando se formaron los tiros imaginese usted, es una distancia paralela más o menos, puede ser porque uno las ha visto en películas, sé que era negra, sí preste servicio militar, por el problema de la columna, lo que conocí fue un fal, no dispare tampoco estaba hospitalizado me dieron una baja medico, por un articulo no sé que quiere decir el artículo, hace tiempo me hacia terapias en la columna, era una distancia de casi un metro entre la persona que iba a recibir el dinero y le persona que lo iba a entregar, la personas que iba a cancelar el dinero iba en un carro gris, no vi si iba solo, ví fue el catire que yo le dije, la persona se abrió la camisa, y saco el paquete, era una arma que vi que saco parecida a la que cargan los guardias, me quedé en el carro cuando salio el muchacho, escuche varios tiros, no oí mas detonaciones, la persona iba hacia el frente y luego cruzó no se que rumbo tomo la persona porque yo estaba dentro de la camioneta, sé que detuvieron al muchacho que lo agarraron después y los dos muchachos, no ví más nada, solo en el momento en que el muchacho la sacó, es todo”

    A preguntas del Abog. W.L. respondió, me monte en una camioneta verde, tenia papel ahumado, iba con los vidrios abajo, lo que dijeron que estuviera pendiente ellos hablaron por radio y hablaron en clave, el iba manejado, paso por delante de la acera y siguió caminando, no se si el muchacho iba nervioso, el señor iba caminando, no me di cuenta, no me acuerdo si alguna de esas dos personas iba hablando por teléfono, estaban sentado en un puentecito amarillo, y el guardia les dio la voz de alto, pero ellos no corrieron ni nada, uno así como yo de alto y otro gordito, el alto tenía gorra, y tenía botas negras de caucho, cuando se bajaron ya los muchachos ya estaban en el piso, en el momento que se formo el problema la entrega ahí cuando volteé ya estaba los guardias custodiando ahí, habían dos sentados en el suelo y antes de llegar nosotros el de la camisa roja se fue caminando hacia el sitio, hasta donde le señor llevaba los reales, eran como ocho funcionarios persiguiendo al muchacho y había uno solo, y otro yo vi que fue el que se quedo ahí, cuando escuché los disparos me quedé quieto, me cubrí con el cojín que estaba adelante, me taparon con el cojín de adelante, el muchacho de los disparos salio corriendo, en el otro vehículo me dijeron como se llama usted, donde vivía, la profesión y de una vez ahí, cuando llegamos arriba nos comenzaron hacer las preguntas, la profesión que hacia, qué iba a hacer y donde vivía la dirección exacta, que donde me podían localizar y firmé una hoja que decía acta policial que después la llevaron en el sitio levantaron a mano alzada, firmé un acta que estaba así como esta, después el muchacho me preguntaba como la señorita que está describiendo, que el funcionario estaba como la señorita en la computadora, así como usted me estaba interrogando, firmé el acta que hicimos en el comando, firmé el acta que ya había sido redactada, les dije a los funcionarios que vivía en la carrera 1, N° 5-37, y el teléfono de mi casa 0277-2913334, si estaba ahí cuando fue un funcionario de la policía a llevarme la citación eso fue después de los hechos que me mude para la residencia, es todo”.

    A preguntas del Tribunal respondió, “era un sector donde vivía una regresiva en contra vía, un puentecito pintado en amarillo, soy TSU, en obras civiles había una vivienda hacia adentro como un frente de una casa, como si hubieran dejado destapado, más abajo había una cancha, la topografía era plana y a este lado estaba la parte de la peña el cerro, y el sector era plano, si existe un río, no me daba la visión directa al río la camisa roja del muchacho era como un jeans y unas botas de caucho, venía mojado cuando lo detuvieron, creo que vi a alguien herido, creo que fue el muchacho pero cuando estaba se lo llevaron al hospital, una señora que se desmayó era la que estaba ahí y los mismos funcionarios, de donde estaba en la parte posterior y del miedo se desmayó, creo que fueron a auxiliarla, cuando íbamos llegando habían dos muchachos sentados, y el muchacho estaba un poco más allá. Tenían una distancia de medio metro, estaba separado el de la camisa roja el que sacó el arma, cuando observé que se formó la cuestión del alboroto, cuando vi ya estaban los dos muchachos en el piso y se los llevaron en el momento de la persecución estaba uno solo, uno moreno alto, en la camioneta que yo iba, otra camioneta y la camioneta del señor, la camioneta donde yo iba se paró casi al frente de donde estaban parados los muchachos que estaban sentados, en ese momento estaba asustado eran como las once, era medio día creo, que yo sepa no había nadie, la única fue la señora desmayada, no se si alguna persona intervino ante los cuerpos policiales, en el lugar de los hechos no ví a nadie, es todo”.

    1. En la Audiencia 10 de Mayo de 2007, se procedieron a incorporar la siguiente documental:

      Experticia N° 9700-164-3789, localizada al folio 93 de la presente causa.

    2. En la audiencia del día 21 de Mayo de 2007, continuando con el desarrollo de la Audiencia Oral y Pública:

      Testimonio del acusado G.M.F.A., suficientemente identificado en autos, de la presente causa, del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y del artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal.

      De seguidas, el acusado libre de juramento y apremio expuso: “lo que sucedió es que yo me encintraba en una casa que tiene mi mamá aquí Ramina Márquez, con mi p.J. nos fuimos a casa de Marcos, y desayunamos, fuimos J.M. mi persona y César echamos el agua, nos quedamos en el puente, Jonathan sigue hacia adelante y marcos y yo atrás, llegaron unos tipos, si me hubiera dado chance corro también, había un carrito gris, el chamo estaba ahí pero no le presté atención, y nos montaron a Marcos y a mi, que me callara la boca, me tomaron foto de la ropa me quitaron la ropa, nos quedamos en el Cobre y nos trasladaron a la PTJ, luego nos hicieron unos exámenes luego pal cuartel de prisiones, un funcionario dijo que se hacía responsable de lo que le pasara a Jonathan, es todo”.

      A preguntas de la Fiscal Contestó: "eso fue un miércoles de Julio de año 2006, fuimos a recoger el agua como a las ocho de la mañana ya pa las nueve, duramos como diez minutos, estuvimos antes en casa de Marcos y pasamos por la fábrica, estábamos comiendo, me metí donde mi tía a tomar café salí temprano como a las seis de la mañana, me dieron dos semanas de vacaciones, siempre vengo en tiempo de vacaciones, no recuerdo la fecha en que salí de vacaciones eso hace casi un año, siempre es lejos como 500 metros hasta donde íbamos a cargar el agua, es todo”.

      A preguntas del Abg. C.M.C.: "yo estaba estudiando en una universidad pública, por la casa hubo una lluvia muy fuerte, y nos dieron dos semanas libres son a esas vacaciones a las que me refiero y entonces me vine para acá, ese día me levanté temprano como a las cinco y media, salí temprano de mi casa a las seis fui a la casa de mi tía, iba con mi tía y nos reunimos en casa de Marcos, mi primo es J.G., yo iba con el desde que salimos de la casa juntos hasta la casa de Marcos que es el que cayó preso, Marcos trabaja haciendo curvas Marcos vive en Azul lejos de mi casa, tenía como una semana descargué el camión, hice curvas, hice de todo, ellos trabajan haciendo curvas yo a veces que vengo me dan trabajo ahí, el plan era terminar los tubos, y sacar curvas, no tenía teléfono, y mis compañeros tampoco, Jonathan no tenía celular, yo estaba sentado ahí, estábamos comiendo chimó, llegó un carro se paró en frente de donde mi primo, cruzó Jonathan siguió adelante y nosotros nos quedamos atrás y César se quedó en su casa, Jonathan salió corriendo y ese poco de tiros, Jonathan iba mas adelante, íbamos caminando, pero como a lo mejor llegó ese poco de gente, dispararon todos los que estaban ahí no vi disparar a Jonathan, si persiguieron a Jonathan como cinco o seis, sacaron la placa en el Comando cuando llegaron los familiares a ver que había pasado, dijeron que nos iban a golpear, dice un policía que es una extorsión y entre ellos murmurando, que estos chamos no son, uno siempre se asusta, estábamos detenidos en el Comando de la Guardia, nos dijeron que llegó el papá de Marcos, nos tiraron a un calabozo y eso un frío, mas delante de la Grita, no tuvimos comunicación nos tenían aislados, no vi el arma que señalaban que cargaba Jonathan, perdí de vista Jonathan cuando se metió a mano derecha escuché cuando le iban echando plomo a Jonathan, yo pensé que los habían matado, no vi cuando trasladaron a Jonathan, pero si había gente, estaba un carrito gris, una camioneta verde y un carrito pequeño, nos tenían apuntados, pasó una p.m. y le dijeron dale pa´ ya, aléjate que tal, eso fue en frente de mi tía, eso es pura familia por ahí, es todo”.

      A preguntas del Tribunal Contestó: “yo aquí cuando vengo es a trabajar, son curvas de electricidad, para ese momento estábamos comprometidos para trabajar, la señora va y entra y está por la fábrica, yo no es que trabaje fijo, yo trabajo es a veces que me pongo a trabajar con ellos, ese día estábamos comprometidos, se terminaba el trabajo pague y pa su casa, había gente con nosotros de este lado del puente y de este lado estaba unos primos míos Víctor, Javier uno que le dicen el maracucho, y otra gente que no conozco, Jonathan trabaja en Frito Ligth, saca piedras, el vive en la casa que es de mi mamá, él vive solo ahí, mi mamá se la dio a él por que la casa tiene un poco de corotos, no paga nada por estar en la casa, él tenía una mujer ahí la conocía de vista, se llamaba Ingrid, es una morenita, bajita, de pelo rojo, de 19 o 20 años, cuando llegaron los cuerpos policiales estábamos sentados íbamos hacia la fábrica, vi a la policía cuando me pusieron la pistola aquí y empezaron a echar plomo, cerca como de aquí a la silla, y le dispararon a Jonathan, oí muchas detonaciones, nos pusieron boca abajo, yo le dije que por qué me iba a acostar, a Marcos lo trasladaron conmigo, no nos dejaban hablar, nos custodiaban dos funcionarios, si habían testigos, no sé si los funcionarios trajeron testigos, no me di cuenta lo que hicieron fue echarnos plomo, era un carro pequeño, y una camioneta verde, eran bastantes funcionarios como 18 policías, no me dio chance de correr, vi a Jonathan en el Comando de la Guardia, y cuando lo trasladaron a San Cristóbal, decían los tipos matamos a esa rata, eso decían en el Comando, lo vimos en el Comando de la Guardia, tengo como tres años visitando ese lugar, yo nací en Ciudad Ojeda, y vivo en Bachaquero, tendrá como dos años Jonathan viviendo ahí, estudio administración de empresas industriales y me dieron una beca, congele la de administración, es todo”.

    3. En la Audiencia del día 30 de Mayo de 2007, se procedieron a incorporar las siguientes testificales:

  24. - Testimonio del funcionario J.C.P., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.973.038, adscrito a la Guardia Nacional de Venezuela, é indico no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, se procede por secretaria a la lectura de las experticias Nro CO-LC-LR1-DF-2006/761, y CO-LC-LR1-DF-2006/771.

    A preguntas del Abg. C.M. el experto Contestó:"si técnicamente es el mismo método y e mismo procedimiento el resultado fue negativo en ambas, no recuerdo si realicé las experticia el mismo día en que fui juramentado, me dirigí a la Dirección de Seguridad y Orden Público no sé si fue el mismo día, después que me asignado el ofiuco si tengo la evidencia la sometido al macerado para tomar las muestras y si esta presente la persona le hago el macerado o si no me dirijo donde se encuentre, estos pasos se realizan en cualquier procedimiento, y lo mas pronto posible, so obtengo mi función hoy mismo paso la experticia después la paso a secretaria para que el director del laboratorio la firme, hacer la experticia me toma horas es rápido, la experticia de macerado fue practicada el día 27 de Junio del 2006 ese día la trascribí ese día tuve que haberla hecho, fui asignado para practicar la experticia el día 10 de Junio de 2006, y la practiqué 17 días después para hacer la experticia del macerado, no recuerdo si el señor estaba en la Dirección de Seguridad y Orden Público en el Cuartel de Prisiones o no recuerdo si tuve que ir a S.A., tal vez en la Dirección de Seguridad y Orden Público no estoy completamente seguro, la Fiscalía solicita que se practiquen experticias, también se determina la presencia de polvo en la ropa que porte la persona la prenda e vestir y la mano, con una detonación la pólvora se viene hacia a mi después que hice la detonación, en este caso, no practiqué experticia a la ropa que portaba la persona en este caso no fue solicitado, esta prueba de macerado el resultado da una positividad o no la hay dependiendo el resultado es una prueba de orientación, no estoy seguro de que pueda existir una experticia que generar certeza, la experticia del ATD no fue practicada por mi, no fue solicitada, si existe el método la experticia se realiza, me entregan mi solicitud e igualmente recibo la evidencia, si recibo el oficio y si dejaron la evidencia a lo que se asigne el experto la entregan o si no ha llegado la evidencia de la Fiscalía se espera a que llega y se entrega, la evidencia se encuentran en embalaje, en plástico o en papel, la mayoría de las veces van con sello de seguridad, no recuerdo si estas evidencias llevan precinto de seguridad, si la evidencia la recibo precintada la descripción yo la dejo, y si no la recibo precintada no lo indico descrito la evidencia, las evidencias las recibí en una bolsa plástica, y las recibí del Sargento encargado de la secretaría del Laboratorio, la experticia es para determinar si hay rastros de presencia de pólvora, un arma que ha sido disparada puede dejar rastro de pólvora que esta su composición depende del fabricante sus componentes no los recuerdo, son varios los componentes de la pólvora, la presencia de un solo elemento no sé si puede dar presencia de pólvora no la he realizado, las causas externas como la manipulación, los factores ambientales, me refiero a la altura, el sitio donde fue presentada, rastros de arena, tierra agua y los que tengan contacto con el armamento puede entorpecer la presencia de iones y tanto así que el arma se encontraba por el resultado que me dio negativo, para que se produzca un disparo en un arma de fuego es por el mecanismo de funcionamiento del arma, evidentemente tiene un cargador, se desplaza la corredera arma cargador la corredera presiono el disparador la corredera se presiona hacia delante y se produce el disparo, al producirse la percusión en el cartucho por al ánima del cañón se va a desplazar la bala, y sale la concha y por la cámara de expulsión el cartucho o bala y la pólvora que se deflagra, el proyectil en el sentido donde está apuntando la persona, depende de la frecuencia del arma una distancia de 50 metros en pistola, la concha no es de tanto alcance puede caer a cinco metros.

    El Abg. C.M., solicita si puede exhibir un arma de fuego de juguete en virtud de determinar lo que declara el experto.

    La Fiscal del Ministerio Público se opuso a tal solicitud.

    El Tribunal acordó lo solicitado.

    El Abg. C.M. le muestra al experto el arma de juguete, y el experto contestó de la siguientes manera: “una vez que acciono el disparador se produce la detonación los sitios son diversos y tiene movimiento y va a caer cerca de donde se produce el disparo, no recurso si me remitieron conchas para la experticia, la única manera es que corresponda al arma, se puede certificar a lo que yo le haga comparación balística que eso es una huela única del particular de cada arma”.

    1. En la Audiencia del día 13 de Junio de 2007, se procedieron a incorporar las siguientes documentales:

  25. -Reconocimiento Médico Legal Nro 3740, localizado al folio 92 de la presente causa.

  26. -dictamen pericial balístico Nro 760, localizado al folio 100 de la presente causa.

    1. En la Audiencia del día 25 de Junio de 2007, continuando con el desarrollo del Juicio Oral y Público:

      El tribunal impone a los acusados del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal.

      En ese estado, se retiran de la sala los acusados J.G., y G.F..

      Seguidamente, el acusado MORA M.A. expuso: “esa mañana salí con Jonathan y Freddy al trabajo, llegue a la fábrica y la dueña me dijo que arreglara el agua, me fui con ellos, y regresamos y nos sentamos un rato, y César se va a desayunar, y llega un carro gris, y cuando miramos llegó una camioneta, empezaron a echar tiros, nos llevaron al Comando de la Guardia, y al Cuartel de Prisiones, y así hasta que nos llevaran a S.A., es todo”.

      A preguntas de la Fiscal Contestó: "vivo en el Azul, vivo con mi mamá y mi papá, yo al momento estaba trabajando en la fábrica, y esperando César mientras que iba a desayunar, estaba con Freddy y Jonathan, por que César iba a cargar un camión con nosotros, Freddy estaba de vacaciones, él estudia en la Universidad y se queda con el primo, los funcionarios llegan y se bajan, no recuerdo la marca, no recuerdo cuantos funcionarios llegan, si me hubiera dado chance de correr corro, no recuerdo ni los colores de los carros, ni cuantos funcionarios eran, es todo”.

      A preguntas del Abg. J.A.c.: "soy obrero, yo descargo lajas, descargo camiones, me corte la mano con una sierra, estábamos trabajando, y esperando a César por que estaba desayunando”.

      Seguidamente, el acusado responde las preguntas realizadas por la defensa apoyado en las imágenes del video proyectado, a lo cual contestó: "nosotros estábamos sentados Jonathan, Freddy y yo, César trabaja con nosotros, la persona que habló por teléfono estaba mas hacia arriba, venía en un vehículo que subía, y se estacionó a mano izquierda, y se estacionó al frente de esta casa, se bajó del vehículo, salto esta zanja, y el vehículo cruzo hacia la regresiva se paro ahí, yo le fui a pedir chimó a Freddy, yo le pedí el chimó donde está la alcantarilla, Jonathan iba como en la segunda alcantarilla, se pararon dos vehículos, y se estacionaron, y se bajaron y echaron tiros ahí, había una distancia entre nosotros y los vehículos era la acera, entre nosotros y Jonathan habían como ocho metros, llegaron a espaldas de nosotros, nos echaron al piso y nos apuntaron donde está la matica mas abajito, nos tienen apuntados con unos revólveres ahí, cuando usted está apuntado así uno no puede voltear, eran bastantes funcionarios pero no recuerdo la cantidad, nos levantaron y nos metieron en un carro al Comando de la Guardia, no sé que pasó con Jonathan hasta que lo vi en el Comando de la Guardia, no teníamos armas ni celulares, es todo”.

      A preguntas del Abg. C.M.C.: "yo vivo de ese lugar hacia abajo, si escuché disparos por los tipos que llegaron vestidos de civil, yo me tiré al piso, fueron muchos disparos 30,40, disparaban a Jonathan, por que él salió corriendo, es todo”.

      A preguntas del Abg. W.L.C.: "los funcionarios llegaron de civil, me entero que son funcionarios de la Guardia Nacional, en el Comando de la Guardia, transcurrió como media hora, no me informaron en el trayecto nada, nos tenían con la cabeza así, decían que nosotros no éramos que casi mataran al chamo, me entero en la noche que era por una extorsión, nos manifestó que nos iba a traer a San Cristóbal, por una extorsión, nos dijeron el 15 en la mañana que tenía derecho a nombrar un abogado, nos agarraron el miércoles como a las diez, mas o menos 24 horas después de la aprehensión de nosotros, es todo”.

      A preguntas del Tribunal contestó: “yo bajaba así y ellos llegaron de espalda, así al lado de la cera, un metro, la carretera tiene de ancho seis metros, siete metros, se encontraban dos o tres personas esperando el transporte, la acera tiene como este espacio así, no sentimos que los cuerpos policiales no nos dispararon a nosotros por que él salió corriendo, le disparaban a seis siete metros, fueron muchos disparos 30, 40, tengo seis años que no estudio por que empecé a trabajar, y no me gustaron los estudios, a veces trabajamos cargando papas en la frito ligh, nos reunimos por que estábamos trabajando pegando una manguera, empezaron fue a echar tiros, Jonathan salió corriendo y me dejaron ahí, el rió corre hacia abajo hacia la izquierda, hay partes donde es plano, y hay arbustos, no vi por donde llegó al río Jonathan después me indicaron que se metió por el lavado y engrase como a 15 metros mas arriba, siempre hay monte y piedras, como diez, quince metros, César es el que vive en frente donde nosotros estábamos, César entró a desayunar, a lo que llegaron echando tiros yo me tiré al piso, nos dejaron boca abajo, conozco a Jonathan como desde cuatro años, tres años, siempre he vivido en el mismo sector, Jonathan vivía en Maracaibo, es todo”.

      Seguidamente, ingresa a la sala J.G.M., quien fue debidamente impuestos del precepto constitucional, quien expuso: “ese día que sucedió eso salí con Freddy de la casa a las seis de la mañana, fuimos a la casa de mi tía consuelo tomamos café nos metimos a la casa de mi prima fuimos a la casa de Marcos, la señora nos dio desayuno, entramos a la fábrica, nos facilitó un obrero para salir a arreglar el agua, nos regresamos y nos sentamos en el puente, César dijo que se iba a desayunar, en ese momento llegó un carrito gris, se bajó un chamo flaco, se paro en la regresiva no le prestamos atención se paro detrás mío, como a ocho metros, cuando escuchó es el poco de tiros, salí corriendo y me fui al lado, yo asustado me resbalé y caí al río, mas adelante agarré y les dije no me maten uno de ellos me agarró y me insultaba feo, me llevaron al Hospital de la Grita, me bajaron, ahí fue donde me di cuenta que eran funcionarios, nos tomaron bastantes fotos, ese mismo día nos llevaron al Comando del Cobre, amanecimos, nos pasearon por San Cristóbal, me llevaron al Cuartel de prisiones, me llevaron al Hospital Central, me volvieron a llevar al Cuartel de Prisiones, al otro día llegó un señor me echó una vaina en las manos y un hisopo y me dijo que era orden de la Fiscalía, es todo”.

      A preguntas de la Fiscal contestó: “llegaron dos carros, el carrito gris que llegó y la camioneta donde me llevaron, el se abajó del carro, y se fue a la carretera vía el Corozo, se bajó solo, lo vi fue hablando por el celular tenía era una camisa amarilla, cuando el señor llega estaba con los muchachos en el puente estábamos M.F. y yo, veníamos de arreglar el agua, el carro tenía los vidrios ahumados, el vehículo que recuerda es el carrito y la camioneta, la camioneta era verde, yo de verdad no recuerdo cuantas personas se bajan de la camioneta, eran varios los que se bajaron del carro, y estaban de civil, cuando caigo al río empezaron a echar tiros, yo agarré la orilla y levanté la mano, no dijeron nada solo rata que por qué había corrido, la persona no la volví a ver después, no teníamos teléfonos celulares, es todo”.

      A preguntas del Abg. J.A.c.: “ese nos levantamos a las cinco y media, me trasladé a la casa de mi tía la que se ve con el portón azul, es una casa de dos piezas, aquí arriba queda la casa de mi prima, bajamos Freddy y yo, llegamos hasta la casa de Marcos, nos sentamos y esa es la casa de César, tengo como dos años trabajando me corté con una sierra cortando tubos, el vehículo venía como de Seboruco a la Grita, y se paró por ahí, el señor se baja y cruzó la carretera por ahí, nosotros estábamos en el puente, y esa gente llegó disparando y se fui para abajo asustado, ahí habían otros, no teníamos celular, los muchachos estaban por aquí yo iba por aquí, cuando salen el poco de tiros y me voy al auto lavado, yo iba asustado, no dijeron que eran funcionarios, es todo”.

      A preguntas del Abg. C.M.C.: "cuando los funcionarios me montaron me decían que donde está la plata, me decían que yo era una rata pelúa, yo no sabía que eran funcionarios, ellos me decían que me callara, me dicen que estaba preso en el Comando que yo estaba extorsionando al señor ese, nos tomaron las fotos, no me manifestaron que me podía comunicar con un abogado, es todo”.

      A preguntas del Abg. W.L.C.: "aquí está el lavado, esta es la casa de la señora Ana, aquí está el puente, cuando escuché los tiros salí corriendo para acá, me encontraba no muy lejos del auto lavado, corrí por que escuchamos los disparos, antes de correr hacia el río escuché como cinco diez tiros después fueron mas, el 14 de Junio como a las nueve de la mañana que me detuvieron, me llevaron al Cuartel de Prisiones y me echaron un líquido y me pasaron el hisopo, a mi esta pierna se me puso así, yo estaba acostado en un colchón en el suelo, mi ropa me la cambié en el Comando, y la ropa se la llevaron, no se quien se la llevó, la p.m. me llevó una ropa, es todo”.

      A preguntas del Tribunal contestó: “yo entré al lavado y me fui para abajo me resbalé, el río tiene partes anchas, partes angostas, es inclinado donde yo bajé si, aproximadamente como tres cuatro metros, caí al agua, es una bajada así, por ahí baja la gente, por donde está la casa bajan los de la casa, se puede observar una persona que queda en la orilla, llegué al río por que me resbalé, yo me iba a meter a la casa, no es mucho el espacio que queda a la casa y me resbalé, en esa casa vive la señora Ana, no sé con quien vive, es todo”.

    2. En la Audiencia del día 10 de Julio de 2007, continuando con el desarrollo del juicio oral y público:

      Se procedió por secretaria a la lectura del legajo marcado “A”, localizado al folio 144 y siguientes de la presente causa, y información procedente de Movistar, constante a los folios 696, 697 y 698 de la presente causa. -

      Fueron impuestos los acusados del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal.

      En ese estado, el acusado M.A.M. expuso: “no deseo declarar, es todo”.

      Acto seguido, el acusado G.M.F.A., manifestó: “no deseo agregar nada, es todo”.

      En ese estado, el acusado M.A.M. expuso: “no deseo agregar nada, es todo”.

      Al valorarse las pruebas documentales este juzgador concluyo:

  27. - Reconocimiento Médico Legal Nro 3740, esta documental referida al Reconocimiento Medico Legal del ciudadano F.A.G.M., el tribunal no le da ningún valor jurídico por el hecho de que no aporta ningún elemento de interés para el proceso en el cual no existieron evidencias de lesiones traumáticas aparentes, no ameritando asistencia medica.

  28. - Dictamen Pericial Balístico Nro 760, con esta documental se comprobó la existencia de una arma de fuego tipo pistola marca Glock, Modelo 22, Calibre 40 de fabricación austriaca, la cual al ser sometida a la comprobación mecánica y funcionamiento estaba en la forma mas adecuada para lo que fue fabricada; no obstante, dicha prueba no determina la posesión de la misma en persona alguna.

  29. - Legajo marcado “A”, esta prueba tan solo refleja una conducta predelictual de los encausados referido por la asociación de vecinos y los concejos comunales mas no es acta para determinar y esclarecer los hechos en el proceso.

  30. - Información procedente de Movistar, esta documental posee un contenido que no es vinculante a alguno de los encausados, ya que a ninguna de ellas se le encontró y/o incauto aparato telefónico alguno.

  31. - Dictamen Pericial Físico-Químico Nro CO-LC-LR1-DF-2006/761, esta prueba consistente en la determinación de la presencia de iones oxidantes de nitratos en arma de fuego aun cuando no se determino quien poseía el arma de fuego tampoco resulto positiva la misma en este instrumento, por lo tanto, no sirve de fundamento para señalar culpabilidades.

  32. - Experticia N° 9700-164-3789, de esta documental se desprende que efectivamente el ciudadano J.M.G.M. quien se configura como co-acusado en esta causa, fue herido con arma de fuego con orificio de entrada en la región posterior del tórax sin orificio de salida, pero este juzgador no encuentra ninguna conexidad para señalar la culpabilidad del delito de Extorsión.

  33. - Informe Médico Nro 9700-164-3741, siendo esta prueba documental un informe medico forense del ciudadano M.A.M., en el mismo no se evidencia elementos de interés procesal no existiendo lesiones traumáticas aparentes y por ende tampoco se hace referencia a alguna asistencia medica.

  34. - Dictamen Pericial Grafotécnico Nro 775, Esta prueba consistiendo su contenido en experticia de la cedula de identidad de los encausados, son instrumentos que tan solo sirven para determinar la identificación no así para determinar la responsabilidad del hecho delictivo que se les acusa.

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Establecidos los hechos derivados de las pruebas materializadas, deben éstas ser valoradas y concatenadas según la sana crítica, observando los conocimientos científicos, las reglas de la lógica y las máximas de experiencia, según lo expresamente ordenado por el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, con el objeto de determinar la responsabilidad y consecuente culpabilidad de los acusados en tal hecho, si así lo hubiere.

  35. - De las declaraciones aportadas por los funcionarios policiales Meza Berbesi W.F., L.M.V., J.G.U., Dixon M.S.L., Y.A.C., Jocly A.P.C., C.R.Z., Y.O.D., J.O.C.H., J.A.S.S., E.E.M., J.M.H.G.; todos estos funcionarios coinciden que J.G.M., en fecha 14 de Junio de 2006, vestía camisa roja, pantalón blue jeans y botas negras, que se lanzo al río, mientras que dos personas mas que lo acompañaban fueron sometidas por los órganos de policía ubicándose en el pavimento boca abajo existiendo contradicción entre los mismos consistente en que no hubo correlación ni fueron contestes cuando mencionan unos que:

    - Cuando vió la comisión comenzó a disparar.

    - Sacó una pistola negra de la pretina del pantalón.

    - Dicho individuo es el mismo, que a través de la llamada telefónica que recibió el ciudadano C.B.M.M., extorsionándolo se encontraba en el sector denominado “Las Coloradas” de la ciudad de La Grita.

    - Que se lanzó por un barranco de una altura considerable, tratando de darse a la fuga alcanzando el río, lo que no logró porque se le dio captura.

    - Que la pistola fue lanzada antes de introducirse a las aguas del río.

    Pues bien, ante estas argumentaciones tenemos:

    - Todos los funcionarios no vieron que el ciudadano J.G.M., extrae de sus ropas el arma de fuego.

    - Todos no lo vieron disparar, aunque oyeron muchos disparos.

    - No se encontró celular alguno.

    Es por lo que este juzgador, observa que con estas declaraciones, se imposibilita discernir con certeza la existencia de elementos que comprometan la responsabilidad de los acusados, porque si esto sucede con el co-acusado que presuntamente fue el que produjo el enfrentamiento y que al mismo tiempo iba a recibir el dinero producto de la extorsión, menos fundamentos existen para con M.A.M. y F.A.G.M., porque aunque estaban estos últimos con el primero no es suficiente para determinar que todos conformaban un mismo grupo destinado a cometer el delito por el cual se les acusó.

  36. - Con la declaración del ciudadano I.A.M.G., Medico Forense, se comprobó que el ciudadano J.G.M., se fue herido por arma de fuego, al encontrársele una lesión con orificio de salida.

    De acuerdo a los órganos de pruebas anteriores, esa herida proveniente de arma de fuego la recibe este individuo cuando la comisión de los cuerpos policiales comenzó a disparar hasta que lo aprehendieron en el cruce del río.

  37. - Del testimonio rendido por J.C.P., se obtuvo que el arma incautada y que presuntamente portaba el co-acusado XXXXXXXX no fue disparada, ni tampoco disparó dicho encausado al no encontrársele iones de nitrato, aunque dice el experto, que tales pruebas son de orientación no así puede suceder con el arma pues, se debe recabar que los funcionarios policiales sostuvieron; que, la pistola el co-acusado antes de lanzarse a las aguas del río, la había dejado tirada; entonces ¿Cuándo disparo el arma? Además que el experto sostenía que el arma no fue disparada; tampoco se tuvo noticia de la existencia de otra arma de fuego que hiciera ver, que el justiciable si disparó pero con un arma distinta a la decomisada.

    No se logró comprobar que el co-acusado haya disparado y/o que hubiese portado el arma de fuego en razón.

  38. - De la testifical rendida por la presunta victima C.B.M.M., se desprende, que el mismo fue objeto de varias llamadas telefónicas orientadas a extorsionarlo en el sentido de que si no encontraba una cantidad de dinero podían correr con suerte lamentable él o sus familiares; que para la entrega del dinero lo esperaban en el sector La Colorada de la ciudad de La Grita y dice “Yo vi que el se levantó la franela para sacar el arma y se escucharon los disparos”.

    Si la victima iba a entregar el dinero, sin ninguna presión; entonces ¿Para que iba a sacar arma? ¿Por qué los cuerpos policiales comenzaron a disparar sin esperar?

    La declaración de la presunta victima deja entrever que con la misma se acentúa la contradicción.

  39. - Con lo declarado por los ciudadanos J.G.B.C. y G.J.M.B., continua la discrepancia; pues mientras el primero dice haberle visto arma de fuego al acusado Jonathan el segundo dice lo contrario; que el muchacho sacó el arma y efectúo los tiros; aun cuando ambos testigos presenciaron todo el procedimiento.

    De estas testifícales, no se pudo establecer la veracidad de los hechos, a efecto de las declaraciones contradictorias.

  40. - De las declaraciones aportadas por los ciudadanos V.M.Z., J.G.B.C., C.J.C.G., J.F.G., C.R., se deja la convicción que el ciudadano J.M.G.M., no portaba pistola alguna. Y, si no poseía pistola el co-acusado entonces con que disparó o disparaba, como lo dijera algunos de los funcionarios policiales (no todos).

    Por todo lo anterior; este Tribunal, analizando y concatenando todas la pruebas en la presente causa, quien aquí decide considera que en la misma no quedo demostrada las comisiones de los delito de EXTORSIÓN, ASOCIACIÓN DELICTIVA, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, pues la Representación Fiscal no logro demostrar con las pruebas evacuadas la subsunción de esta clase de conductas a las normas pre-establecidas y menos se podría hablar de la responsabilidad penal por parte de los ciudadanos M.A.M., F.A.G.M. y J.G.M., es por lo que el Tribunal considera que los acusados de marras deben ser declarados no culpables y por consiguiente ser absueltos. Y así se decide.

    D I S P O S I T I V A

    En consecuencia este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO MIXTO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:

PRIMERO

ABSUELVE a los acusados M.A.M., venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V-17.219.596, nacido el día 12-07-1986, residenciado en el Caserío El Azul, Municipio Seboruco, Estado Táchira; G.M.F.A., venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V-17.647.031, nacido el 15-10-1984, residenciado en Bachaquero, zona rural Valmore Rodríguez, Sector Plan Bonito casa s/n, Estado Zulia, por el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Molina Mora C.B., y a G.M.J., venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V-19.119.605, nacido el 25-06-1986, residenciado en la Casería El Azul, casa s/n, de color verde con marrón, Municipio Seboruco, Estado Táchira, por los delitos de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, ASOCIACIÓN DELICTIVA, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 2, numeral 2 y el artículo 16, numeral 13 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; en perjuicio de Molina Mora C.B., PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 275 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal.

SEGUNDO

EXIME en costas al Estado Venezolano, en virtud de que el Ministerio Público tuvo fundamento serio para acusar a los Ciudadanos M.A.M., G.M.F.A. y G.M.J..

TERCERO

DECRETA LA L.P. de los acusados M.A.M., G.M.F.A., y G.M.J., así como el cese de las medidas de coerción personal; aunado a ello, en lo que se refiere al acusado G.M.J., líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Centro Penitenciario de Occidente.

CUARTO

REMÍTASE la presente causa, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, una vez transcurrido el lapso de Ley.

Dada, firmada y sellada en la sede de este Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, constituido como Tribunal Unipersonal, a los veintitrés (23) días del mes de Octubre de 2007, siendo las 10:00 horas de la mañana. 197º de la Independencia y 148º de la Federación.-

Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes, al haberse dictado este Fallo fuera del lapso previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, y remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para que se haga llegar hasta la Oficina del Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal.

ABOG. R.E.H.C.

JUEZ CUARTO DE JUICIO

ABOG. E.L.F.P.

SECRETARIA DE JUICIO

CAUSA PENAL Nº 4JU-1150-06

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