Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 6 de Agosto de 2007
Fecha de Resolución | 6 de Agosto de 2007 |
Emisor | Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución |
Ponente | Hilda MarÃa Mora Rodriguez |
Procedimiento | Pernocta Externa |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
196º y 147º
|San Cristóbal, 06 de Agosto de 2007
Visto el escrito suscrito por el penado BONILLA C.E.W. titular de la cedula de identidad N° V-13.612.431 a quien en fecha 11de Noviembre del 2005 se le concedió el beneficio de Destacamento de Trabajo conforme al cual debe pernoctar en el Centro Penitenciario de Occidente en el área de Destacamentarios, escrito mediante el cual solicita un permiso especial de ausentarse de las pernoctas en ese Centro por un lapso de Quince (15) DIAS, permiso este que solicita por cuanto manifiesta laborar en la Alcaldía del Municipio Córdoba del Estado Tachira y a tal fin consigna C.d.T. expedida por la misma, donde cumple funciones de Semanero Eventual.
Esta Juzgadora a.l.a. contenidas en la presente causa y vista la Solicitud realizada por el Penado BONILLA C.E.W. según la cual solicita se le otorgue el permiso especial de no pernoctar en el Centro Penitenciario de Occidente en el área de Destacamentarios por un lapso de Quince (15) DIAS resuelve:
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Otorgar el permiso al prenombrado penado para no pernoctar en el Centro Penitenciario de Occidente en el área de Destacamentarios durante QUINCE (15) DIAS contados a partir de la presente fecha.
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Debe regresar a sus pernoctas en el Centro Penitenciario de Occidente en el área de Destacamentarios el día miércoles 22 de agosto de 2007.
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Se mantienen las demás condiciones impuestas en la decisión mediante la cual en fecha 11 de Noviembre de 2005 se le otorgo el beneficio de Destacamento de Trabajo.
Líbrese Notificación al Fiscal Penitenciario y a la Defensa. Ofíciese al Centro Penitenciario de Occidente y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Táchira.
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Cópiese, notifíquese y cúmplase,
LA JUEZ
ABOG. HILDA MARIA MORA R.
SECRETARIO
Abg. _____________________
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Causa N° E3-2142-
HMM