Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 24 de Agosto de 2004

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteDavid Oswaldo Bocaney Oribio
ProcedimientoAudiencia Especial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San F. deA., 24 de Agosto 2.004

193º y 145º

AUDIENCIA ESPECIAL

Causa N° 1C-4598-04

Juez DRA. NORKA MIRABAL RANGEL

Procedencia FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO

Abogado Querellante. DR. S.P.

Víctima A.J.C.

Secretario ABG. E.B.

Imputado(s): N.V.M.R.

En el día de hoy, veinticuatro (24) de Agosto de 2004, siendo las 02:30 horas de tarde, se constituyó este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia Especial de conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al acto, solicita del secretario verificar la presencia de las partes, quien informa que se encuentra presente la Representante Fiscal Dra. V.R.C., la Victima A.J.C., y el Abogado Querellante DR. S.P., más no así la imputado N.V.M.R.. Seguidamente la ciudadana Juez expone: De la revisión de la presente causa se observa que consta en actas documento notariado, en el cual las partes, tanto el imputado como la victima suscribieron Acuerdo Reparatorio; en consecuencia este Tribunal le concede la palabra a la victima a los fines de que manifieste si efectivamente se a cumplido el acuerdo antes mencionado, quien expone: Le manifiesto al Tribunal que efectivamente suscribe un documento por vía de autenticación con la imputada ciudadana NERSY V.M., donde considero satisfecho la reparación del daño causa por la ciudadana antes mencionada. Acto seguido se le concede la palabra al Abogado Asistente quien expone: Vista la declaración del ciudadano A.C. a quien asisto en esta audiencia solicito del Tribunal se sirva dar por terminada la acción interpuesta, y solicitamos el archivo del expediente. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico quien expone: Visto lo señalado por la victima, quien señala que se encuentra conforme con el acuerdo realizado, esta represéntate Fiscal solicita se homologue el presente acuerdo, aun sin la presencia de la imputada toda vez que consta al folio noventa (90 documento debidamente notariado donde las partes suscriben donde acuerdo, en tal sentido solicito se homologue el mismo y en consecuencia se declare extinga la acción penal conforme a lo establecido en el segundo aparte del articulo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. acto seguido la ciudadana Juez expone: Oída como ha sido la exposición de la partes y en virtud de haberse cumplido el Acuerdo Reparatorio suscrito por la imputada y la victima, este Tribunal acuerdo la homologación del mismo conforme a lo establecido en el segundo aparte del articulo 40 del Código Orgánico Procesal Penal; en tal sentido se acuerda notificar a la imputada N.V.M., de tal pronunciamiento. Quedan notificados los presentes. Notifíquese a los ausentes. Es todo termino se leyó y conforme firman.

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL.

DRA. NORKA MIRABAL RANGEL

LA FISCAL

DRA. V.R.C.

LA VICTIMA

A.J.C.

EL ABOGADO ASISTENTE DE LA VICITMA

DR. S.P.

EL SECRETARIO

ABG. E.B.

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