Decisión de Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de Yaracuy, de 22 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Primero de Juicio del Trabajo
PonenteMaría Zuleima González
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2009-000254

En el día de hoy, Lunes veintidós (22) de Marzo del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 AM) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales, interpuesto por los ciudadanos J.Q.P. y J.G.S.N.C. el MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentra presente solo la parte demandante representada en este acto por la profesional del derecho Z.N., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 24.555. Así mismo se deja constancia que no se encuentra presente la parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. M.Z.G. y la secretaria ABG. G.K.V.A. y el Alguacil I.S..----------------------------------------------

Posteriormente se dio inicio a la presente audiencia.----------------------------------------------

Tomó la palabra la ciudadana Juez, quien vista la incomparecencia a la Audiencia de Juicio del MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, ente moral de carácter público, señaló la no procedencia de los efectos del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo relativos a la confesión ficta, sino de la contradicción de los hechos.----------------------------------------------------------------------------------------------------

Seguidamente toma la palabra la parte demandante a través de la Abg. Z.N., supra identificada, quien expuso los fundamentos de hechos y de derecho en los que apoya su pretensión.-------------------------------------------------------------------------------

Posteriormente se procedió a la evacuación de las pruebas.--------------------------------------

Pruebas de la Parte demandante:-----------------------------------------------------

Pruebas Documentales:-----------------------------------------------------------------

• Notificaciones de Despido marcadas NDQ y NDJ (F. 45 Y 46 ).---------------------

• Acta de Transacción Judicial de fecha 17-12-2004 marcada “SJ” (f. 66 al 69).

Prueba de Exhibición:-------------------------------------------------------------------

• Nóminas de pago de la Alcaldía en el lapso de 10-4-2008 al 17-4-2009 bonificación de Fin de año.----------------------------------------------------------

• Nóminas de pago de la Alcaldía del bono post vacacional desde abril 2008 hasta abril 2009. ---------------------------------------------------------------------

• Nóminas de vacaciones y bono vacacional desde abril 2008 a abril 2009.-----

• Nóminas de pago de medicinas de la Alcaldía desde abril 2008 hasta abril 2009.----------------------------------------------------------------------------------

• Nóminas de pago de la Alcaldía del Beneficio alimentario desde abril 2008 hasta abril 2009.---------------------------------------------------------------------

• Nóminas de pago de los obreros de la Alcaldía en el lapso abril 2008 hasta abril 2009 ( paro forzoso y seguro social obligatorio). --------------------------

• Nóminas de pago de los obreros de la Alcaldía en el lapso abril 2008 hasta abril 2009 (Subsistema de Política Habitacional). -------------------------------

• Nóminas de pago de los obreros de la Alcaldía en el lapso abril 2008 hasta abril 2009 ( Antigüedad art. 108 L.O.T.) ------------------------------------------

• Nóminas de pago de los obreros de la Alcaldía en el lapso abril 2008 hasta abril 2009 (Intereses de Antigüedad art. 108 L.O.T.)----------------------------

• Nóminas de pago de los obreros de la Alcaldía en el lapso 10 de abril 2008 hasta 17 de abril 2009 (Intereses de Antigüedad art. 108 L.O.T.)--------------

Prueba de informes:---------------------------------------------------------------------

• Instituto Venezolano del Seguro Social, seccional Yaracuy (f. 93).-----------

La representación judicial de la parte demandada ratifica el contenido y valor probatorio de todos los medios promovidos, así como la aplicación de la consecuencia jurídica de la no exhibición.---------------------------------------------------------------------------------------------

Pruebas de la Parte demandada:-------------------------------------------------------

Testimoniales:---------------------------------------------------------------------------

• G.C.A., C.M.O.P., J.P., dichos ciudadanos no comparecieron a la audiencia a dar declaración alguna.----------------------------------------------------------------------------------------

Se deja constancia que luego de dar lectura a las pruebas la parte demandada no hizo uso de su derecho.--------------------------------------------------------------------------------------------

Seguidamente la ciudadana juez se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo, y concluido el mismo, el Tribunal pasa a dictar el dispositivo del fallo el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales, incoada por los ciudadanos J.Q.P. y J.G.S. NAVAS, CONTRA el MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, cancelar a los actores, las cantidades y conceptos que serán señalados en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS al demandado MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, en acatamiento de la sentencia de fecha 04-04-2006 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia Caso: T.B. y Otros Vs Corposalud-Aragua. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. QUINTO: Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.----------

Es todo terminó, se leyó y conformes firman.------------------------------------------------------

La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;

Abg. M.Z.G.D.G.

Por la Demandante:

Abg. Z.N.

La Secretaria;

Abg. G.K.V.A.

EL ALGUACIL

I.S.

UP11-L-2009-000254

PIEZA Nº UNO (01)

MZG/veragrek*.-

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