Decisión de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas Municipios Francisco de Miranda, Simon Rodriguez y Guanipa de Anzoategui, de 27 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas Municipios Francisco de Miranda, Simon Rodriguez y Guanipa
PonenteLuisa Vilchez
ProcedimientoEntrega Material

En el día de hoy, Miércoles Veintisiete (27) de Octubre del año dos mil diez (2010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 PM), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios F. deM., S.R., Guanipa y J.G.M. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario y de conformidad con lo solicitado, en un galpón, el cual se encuentra ubicado en la Avenida E.J. de la Ciudad de Pariaguan, Municipio F. deM. delE.A., en compañía del Abogado en ejercicio F.R.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.050, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano: R.A.I., a los fines de practicar la presente nombrar nuevo Depositario Judicial y hacer la debida entrega de los bienes que se encuentran, en el galpón, objeto del juicio por Resolución de Contrato, interpuesto por ante el Tribunal de Municipio F. deM. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con número de Expediente en su Cuaderno Separado perteneciente al Tribunal de la causa Nº 814-09, en contra del ciudadano: O.E.B.. Seguidamente el Tribunal, procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL al representante de la Depositaría Judicial “LA ORIENTAL” C.A, en la persona del ciudadano: W.G.M.H., titular de la cédula de identidad Nº 5.192.416 y como PERITO AVALUADOR a la ciudadana: K.D.V.C.P., titular de la cédula de identidad Nº 14.911.373, quienes estando presentes en éste acto aceptaron sus respectivos cargos y prestaron el debido juramento de ley. El Tribunal deja expresa constancia que para el momento de su constitución no había persona alguna y que a su vez se encuentran dentro del galpón los siguientes bienes muebles, a saber: PRIMERO: Un (01) Cabribrador Rot, Nº 026, año de fábrica: (2006), con referencia: 7m de color azul, que posee motor tolva, escalera y molino giratorio. SEGUNDO: Un (01) vibrador de color azul, que contiene motor y dos (02) planchas. TERCERO: Un (01) Compresor Porter Cable con manguera, modelo: CPL7060V-1 de 60 galones-240 Voltios de color rojo. CUARTO: Una (01) estufa Met, Nº 031, año de fábrica: (2006), referencia: E-2 de color azul que contiene dos (02) puertas y cuarenta (40) bandejas. QUINTO: Una (01) estufa Met, Nº 032, año de fábrica: (2006), referencia: E-2 de color azul que contiene dos (02) puertas y cuarenta (40) bandejas. SEXTO: Una (01) cámara deshumidificador, cámara Umid, Nº 015, año de fabricación: (2006), con referencia: C-Vapor de color azul, que contiene una (01) puerta. SEPTIMO: Una (01) Despeliculador, modelo: rolador Nº 010, año de fábrica: (2006), Referencia C-Vapor, de color azul, que contiene una (01) puerta. OCTAVO: Una (01) mesa de metal simple, seleccionador 1. NOVENO: Una (01) mesa seleccionador 2, modelo: Esteira Clas, Nº 014, año de fabricación: (2006), con Referencia E-10m de color azul, que contiene tolva y mesa giratoria sin motor. DECIMO: Una (01) Centrifugador, año de fábrica: (2006), con referencia C-A sin tapa. DECIMO PRIMERO: Una (01) bandejas largas de aluminio, de siete (07) piezas. DECIMO SEGUNDO: Un (01) seleccionador modelo: Peneira VIB, Nº 012, año de fabricación: (2006), con referencia P-4, de color azul, que contiene tolva, de cuatro (04) planchas, dos (02) compresores de color rojo y peso, posee un vidrio de fuga. DECIMO TERCERO: Una (01) Balanza Tor Rey EQM-400/800. DECIMO CUARTO: Un (01) molino modelo: Mohíno-Vib, Nº 013, año de fabricación: (2006), referencia M-P de color que contiene campana o tolva, motor. DECIMO QUINTO: Un (01) aireador, modelo separador Vib, Nº 026, año de fabricación: (2006) con Referencia P-E de color azul, que contiene tolva, Escalera, torre y motor. DECIMO SEXTO: Una (01) Despeliculador de aire de cuatro (04) piezas. DECIMO SÉPTIMO: Nueve (0) mesas para tostar, que le faltan cuatro (04) piezas. DECIMO OCTAVO: Un (01) autoclave, Nº 016, año de fabricación: (2006), con referencia A-500 de color plata, que contiene tambor y escalera. DECIMO NOVENO: Una (01) caldera, Nº 017, año de fabricación: (2006) de colro plata que contiene tambor, chimenea, no posee motor. VIGÉSIMO: Un (01) tambor de aceitera, de color azul, que contiene tambor PDV, base y manguera y VIGÉSIMO PRIMERO: Un (01) control de maniobras sin breaker, todos los bienes detallados anteriormente se encuentran en buen estado. En éste estado el Tribunal hace la debida entrega de los bienes antes descritos al representante de la depositaria Judicial “LA ORIENTAL, C.A”, en la persona del ciudadano: W.G.M.H., titular de la cédula de identidad Nº 5.192.416, quien estando presente los recibe conforme, informando en éste acto que los bienes detallados serán trasladados y debidamente depositados en la Zona Industrial de El Tigre, Estado Anzoátegui detrás de Presinca, en el Galpón Nº B-52. Siendo las (04:45 PM) el Tribunal da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede principal, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ TITULAR, ABG. L.V.,(Fdo Ilegible) GARCIA

EL APODERADO JUDICIAL, ABG. F.R.J.,(Fdo Ilegible)

EL DEPOSITARIO JUDICIL Y PERITO AVALUADOR,

W.M., ,(Fdo Ilegible)

K.C.P., ,(Fdo Ilegible)

LA SECRETARIA TITULAR DE LA SALA, ABG. D.M.Y.,,(Fdo Ilegible)

Asunto Número: BP12-V-2010-001065

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