Decisión nº 835 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 12 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoQuerella Interdictal De Amparo

DESPACHO DE MEDIDA Nº 5334

En el día de hoy doce (12) de Noviembre de 2.013, siendo las nueve la mañana (9:00am), se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas acompañado por la ciudadana RAINEH J.C.R., titular de la cedula de identidad Nro 13.363.604, parte querellante, asistida por el abogado en ejercicio S.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.615, en un inmueble ubicado en la urbanización Nueva Venezuela, en jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar A.P., ordenado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, seguido por RAINEH J.C.R. contra Z.M.L.. En este estado presente la ciudadana RAINEH J.C.R., titular de la cedula de identidad Nro 13.363.604, parte querellante, asistida por el abogado en ejercicio S.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.615, expone: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de A.P., decretada por el Juzgado de la causa. Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente amparada provisionalmente, la posesión de la querellante ciudadana RAINEH J.C.R., titular de la cedula de identidad Nro 13.363.604, sobre un inmueble, ubicado en la urbanización Nueva Venezuela, en jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Propiedad de A.H.; SUR: Propiedad de Malitza Gomez; ESTE: Propiedad de Neeri Mejias; y OESTE: Vía publica carretera K. En este estado el tribunal deja expresa constancia que durante su constitución en el lugar no se presento la parte querellada. Siendo las once (11:00am) de la manaña, se dio por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman. Se hacen dos ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto, uno se agrega al despacho de medida y otro se le entrega a la querellante.

ABOG. MARIAELVIRA C. R.H.

JUEZA TITULAR

EL…

…QUERELLANTE Y SU ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

N.V.R.

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