Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 20 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2007
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteRosarito Mendez Barone
ProcedimientoEjecucion De Sentencia

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-000741

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Punto Previo:

Visto que el Juez de Ejecución para la fecha 09 de Octubre de 2006, omitió realizar el ejecútese de la presente causa, es por lo que este tribunal acuerda realizar el correspondiente ejecútese. Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 04-08-2006 (Folios 154 al 155) a favor del imputado R.E.C.R., venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.221.505, nacido en fecha 24-02-1968, de 39 años de edad, soltero, agricultor, hijo de A.R. y P.C., residenciado en el Caserío C.L.Y.A., Casa S/N, Estado Mérida, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 460 y 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio del ciudadano N.Z.; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) arma de fuego, tipo Revólver, Cañón corto, calibre 38, marca Titán Tiger, serial N° 0053846, Fabricado en MIAMI FLA, Pavón gris, cacha de color marrón y material sintético, dicha arma de fuego se observa en buenas condiciones de uso y funcionamiento, la misma guarda relación con la Experticia N° 9700-186-118, de fecha 05-12-1.990 (Folio 30 y vto.), Investigación N° D-143.683, Expediente Nº 706-90, la cual se ordena su remisión a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional con sede en la ciudad de Caracas a los fines de que se proceda a su destrucción. Por cuanto se observa, que consta auto de fecha 15-07-91 (Folio 36), emitido por Juzgado del Distrito A.B. de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante el cual ordena la remisión de la presente causa, constante de 48 folios útiles, oficio N° 5.100-467, quedando anotado su salida bajo el N° 127 del Libro de Salida de causas Penales y el Nº 127 del Libro de Distribución, al Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, dejando constancia que queda en el Juzgado del Distrito A.B. el arma arriba descrita, ahora, Juzgado Segundo de los Municipios A.A., A.B., O.R.d.L. y Caracciolo Parra y Olmedo. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Juzgado Segundo de los Municipios A.A., A.B., O.R.d.L. y Caracciolo Parra y Olmedo, ubicado en esta ciudad de El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que informen ante este tribunal a la brevedad posible, si la mencionada arma se encuentra en ese juzgado o en su defecto a donde fue remitida la misma, a los fines de ordenar su remisión a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA). Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. R.M.B.

SECRETARIA

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