Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 18 de Julio de 2013

Fecha de Resolución18 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoMedida Innominada

En el día de hoy, jueves dieciocho (18) de julio del año dos mil trece (2.013), siendo las 2:00 p.m., previa habilitación de todo el tiempo necesario, conforme a lo acordado en el auto anterior se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, constituido por el Juez Temporal Abg. F.J.P., la Secretaria Titular Abg. M.M.A. T. y el Alguacil Temporal , Y.D.N.M.I., en un Fondo de Comercio denominado “INVERSIONES ANDRADE”, ubicado en la Avenida Carabobo, entre Calle Urdaneta, cruce con Queseras del Medio, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, CON SEDE EN SAN FERNANDO, con motivo de la DEMANDA PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por el ciudadano R.A.T.P., contra la ciudadana KELLYN ISBELLY MORILLO PANTOJA y practicar la MEDIDA INNOMINADA DE ADMINISTRACIÓN DE FONDO DE COMERCIO, decretada por el Tribunal Comitente. Presente la ciudadana KELLYN ISBELY MORILLO PANTOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 15.481.766, parte Demandada, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio DERNIS M.R., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.165.253, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.185. El Tribunal deja expresa constancia que de acuerdo al Oficio Nº 1221, de fecha 08-07-2.013, emanado del Tribunal de la Causa, la presente Medida fue acordada a la parte Demandada ciudadana KELLYN ISBELY MORILLO PANTOJA, antes identificada. Se encuentra una comisión policial conformada por dos (02) funcionarios de la Policía Bolivariana del Estado Apure. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano R.A.T.P., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.877.217, quien manifiesta ser Parte Demandante, asistido por el Abogado en ejercicio J.A.B.B., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.591.345, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.615. En este estado solicita el derecho de palabra la parte Demandada, asistida de Abogado, y concedídole como le fue expone: Solicito a este Tribunal se practique la Comisión encomendada, a los fines de nombrar como Administrador del Fondo de Comercio denominado “INVERSIONES ANDRADE”, inscrito en el Registro Mercantil, bajo el tomo 23-B, número 77, ubicado en la Avenida Carabobo, entre Calle Urdaneta, cruce con Queseras del Medio, Municipio San Fernando, Estado Apure, al ciudadano Licdo. J.G.H.P., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.620.867, quien se encuentra presente en este acto, es todo. El Tribunal vista la Solicitud anterior hecha por la parte Demandada, asistida de Abogado, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede: Formalmente a nombrar como Administrador del Fondo de Comercio denominado “INVERSIONES ANDRADE”, inscrito en el Registro Mercantil, bajo el tomo 23-B, número 77, ubicado en la Avenida Carabobo, entre Calle Urdaneta, cruce con Queseras del Medio, Municipio San Fernando, Estado Apure, al ciudadano Licdo. J.G.H.P., antes identificado, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el Administrador Designado, y concedídole como le fue expone: “Recibo conforme la Administración del Fondo de Comercio denominado “INVERSIONES ANDRADE”, inscrito en el Registro Mercantil, bajo el tomo 23-B, número 77, ubicado en la Avenida Carabobo, entre Calle Urdaneta, cruce con Queseras del Medio, Municipio San Fernando, Estado Apure, es todo”. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo la 4:00 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez Temporal,

Abg. F.J.P..

La Parte Demandada y su Abogado Asistente.

KELLYN ISBELLY MORILLO PANTOJA.

Abg. DERNIS M.R..

El Notificado y su Abg. Asistente.

R.A.T.P..

Abg. J.A.B.B..

El Administrador.

Licdo. J.G.H.P..

El Jefe de la Comisión Policial.

OFICIAL AGREGADO A.H..

C.I. V-13.938.693.

El Alguacil Temporal.

Y.D.N.M.I..

La Secretaria Titular.

Abg. M.M.A. T.

Comisión Nº 13-2901.

RC.-

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