Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 12 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2011
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoEjecución De Transacción

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, doce (12) de agosto de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de agosto de 2011, por el ciudadano R.G.B., titular de la cédula de identidad N° 4.081.788, debidamente asistido por la abogada Gombos N. J.F., en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 13.165, parte actora en este proceso, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada en el domicilio que tiene constituido en la causa principal, y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales abogados G.J.A., E.R.R., L.G.S., J.L.N.Q., R.K. y Konrad Koesling, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada ciudadano S.J.S., mediante boleta en el domicilio que tiene constituido en la causa principal, y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales abogados G.J.A., J.L.N.Q., y Konrad Koesling, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 42.379, 66.453 y 74.974, respectivamente, de la decisión dictada en fecha 23 de octubre de 2007, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9539

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, doce (12) de agosto de 2011

Años 201° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano S.J.S., titular de la cédula de identidad N° 591.100 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados G.J.A., J.L.N.Q., y Konrad Koesling, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 42.379, 66.453 y 74.974, respectivamente, parte demandada en la accion de Ejecución de Transacción le sigue el ciudadano R.G.B., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9539 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 23 de octubre de 2007.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9539

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ocho (08) de agosto de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 05 de agosto de 2011, por el abogado S.Y. R, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.566, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio de tacha de falsedad, sociedad mercantil Mapfre La Seguridad C.A., mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 13 de julio de 2011, mediante carteles en virtud de que la parte demandada no ha señalado domicilio procesal alguno, esta Alzada observa que no se encuentra agotada la notificación personal del demandado y a todo evento consta en autos a los folio del 346 al 366, escrito dirigido al Fiscal General de la República por la apoderada judicial de la parte demandada en esta causa, abogada B.R.B. donde consta domicilio procesal de la misma. En consecuencia, se ordena la practica de la notificación personal de la parte demandada por medio de boleta de la sentencia dictada en fecha 13 de julio de 2011, y de su aclaratoria dictada en fecha 27 de julio de 2011, en el domicilio procesal cursante en autos específicamente al folio 346. Cúmplase.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VJGJ/RDM/grisel

Exp. N° 9456

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintidós (22) de julio de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil Agroindustrial Mandioca, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal en fecha 22 de febrero de 1.990, bajo el N° 22, Tomo 46-A Pro, y/o en la persona de sus apoderados judiciales abogados G.G.F. y F.N.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.788 y 98.846, respectivamente, parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares, le sigue la Sociedad Civil Escritorio Calcaño Vetancourt, parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9430 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de noviembre de 2010 y de su aclaratoria dictada en fecha 25 de mayo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9430

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, tres (3) de agosto de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 29 de julio de 2011, por el abogado L.J.G.G., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.953, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano Kozma Kumani Saatciu, mediante la cual solicita la notificación de la parte actora de la sentencia dictada en fecha 25 de julio de 2011, en la persona de sus apoderados judiciales, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora ciudadanos S.R.A. y T.M.F., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados A.B.C. y J.T.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.142 y 77.217, respectivamente de la decisión dictada en fecha 25 de julio de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense Boletas de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VJGJ/RDM/grisel

Exp. N° 9807

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, tres (3) de agosto de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano S.R.A., mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.187.867 y/o en la persona de sus apoderados judiciales abogados A.B.C. y J.T.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.142 y 77.217, respectivamente parte actora, en el juicio que por Daños y Perjuicios le sigue al ciudadano Kozma Kumani Saatciu, sustanciado en el expediente signado con el número 9807 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 25 de julio de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9807

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, tres (3) de agosto de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana T.M.G.F., mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.661.725 y/o en la persona de sus apoderados judiciales abogados A.B.C. y J.T.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.142 y 77.217, respectivamente, parte actora en el juicio que por Daños y Perjuicios le sigue al ciudadano Kozma Kumani Saatciu, sustanciado en el expediente signado con el número 9807 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 25 de julio de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9807

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, (22) de julio de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 15 de julio de 2011, por el abogado L.A.d.L., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.262 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, Escritorio Calcaño-Vetancourt, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada de la sentencia de reenvio de fecha 15 de noviembre de 2010, la cual fue objeto de aclaratoria, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada Sociedades Mercantiles Agroindustrial Mandioca, C.A., y Agropecuaria Mandioca C.A., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados G.G.F. y F.N.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.788 y 98.846, respectivamente de la decisión dictada en fecha 15 de noviembre de 2010 y su aclaratoria dictada en fecha 25 de mayo de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense Boleta de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

VJGJ/RDM/Exp. N° 9430/grisel Abg. Richars D.M.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintidós (22) de julio de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil Agroindustrial Mandioca, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal en fecha 22 de febrero de 1.990, bajo el N° 22, Tomo 46-A Pro, y/o en la persona de sus apoderados judiciales abogados G.G.F. y F.N.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.788 y 98.846, respectivamente, parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares, le sigue la Sociedad Civil Escritorio Calcaño Vetancourt, parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9430 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de noviembre de 2010 y de su aclaratoria dictada en fecha 25 de mayo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9430

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintidós (22) de julio de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil Agropecuaria Mandioca, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal en fecha 19 de febrero de 1.990, bajo el N° 47, Tomo 45-A Pro, y/o en la persona de sus apoderados judiciales abogados G.G.F. y F.N.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.788 y 98.846, respectivamente, parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares, le sigue la Sociedad Civil Escritorio Calcaño Vetancourt, parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9430 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de noviembre de 2010 y de su aclaratoria dictada en fecha 25 de mayo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9430

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, dieciocho (18) de julio de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 15 de julio de 2011, por el abogado Yinder González, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.326, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano J.B.G., mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada Junta Central de Condominio del Centro Residencial San Martin, y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado I.M.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.495, de la decisión dictada en fecha 1° de junio de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense Boleta de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9921

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de julio de 2011

Años 201° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Junta Central de Condominio del Centro Residencial San Martin y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado I.M.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.495, parte demandada en el juicio de Cobro de Bolívares, le sigue el ciudadano J.B.G., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9921 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 1° de junio de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9921

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, seis (6) de julio de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 1° de julio de 2011, por el abogado A.J.G.M., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.553, actuando en nombre propio y parte demandada en este proceso, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2011 y solicita la notificación de la parte demandante, Seguros Nuevo Mundo, S.A., en su domicilio procesal, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora sociedad mercantil Seguros Nuevo Mundo S.A., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados S.F.S.C., R.J.A.S., V.J.T.P., B.W.H., P.S., H.T.A. e I.C.B., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.304, 66.383, 81.406, 85.559, 107269 y 117.854, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró boleta de notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 10115

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, seis (6) de julio de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., RIF N° J-00026840-1, domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital e inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de junio de 1.956, bajo el N° 32, tomo 12-A-Pro, completamente reformados sus estatutos sociales según consta de asientos inscritos en el mencionado Registro Mercantil, en fecha 13 de enero de 1.998, bajo el N° 9, tomo 6-A-Pro, siendo su ultima modificación estatutaria la inscrita ante el citado Registro Mercantil, en fecha 05 de diciembre de 2007, bajo el N° 64, tomo 189-A-Pro y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados S.F.S.C., R.J.A.S., V.J.T.P., B.W.H., P.S., H.T.A. e I.C.B., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.304, 66.383, 81.406, 85.559, 107269 y 117.854, respectivamente, parte actora, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato le sigue al ciudadano A.J.G.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.665.391, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.553, sustanciado en el expediente signado con el número 10115, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 17 de junio de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 10115

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (1°) de julio de 2011

Años 201º y 151º

Vistas la diligencias suscritas en fecha 27 de junio de 2011, por las abogadas Larely y Larihely Eljuri, en ejercicio de la profesión, e inscritas en el Inpreabogado bajo los nros. 49.682 y 48.826 respectivamente, actuando en su carácter de parte demandada, mediante la cual se dan por notificadas de la sentencia dictada en fecha 22/06/2011 y solicitan la notificación de la parte demandante ciudadana C.B.G., mediante Cartel, por cuanto no consta en autos domicilio procesal según se evidencia del folio 291, esta Alzada observa:

Que por Sentencia N° 0479, de la Sala Constitucional de fecha 06 de abril de 2001, ponencia del Magistrado Dr. P.R.R.H., Exp. N° 00-2779 dejó sentado lo siguientes:

… considera la Sala y así lo ha señalado en otros fallos, que como garantía del derecho de defensa, si se conoce una dirección donde citar o notificar a una de las partes, tales citaciones o notificaciones deben hacerse en tales direcciones así no se haya establecido formalmente domicilio procesal, dando cumplimiento al Art. 174 antes aludido…

Ahora bien, de lo anterior se desprende que cursa en el folio 224 del presente expediente, Poder Apud Acta, otorgado por la demandante en esta causa, a las abogadas M.C.C.P., N.Y.N., e I.B.T., identificadas en autos, y en la esquina superior derecha se aprecia un domicilio que a pesar de que no fue establecido formalmente por la parte como lo expresa nuestro m.T. en la sentencia ut supra, y aunado de que no consta en autos Poder alguno que sustituya a los profesionales del derecho referidos, se niega la notificación por carteles solicitada y en consecuencia, se ordena notificar mediante boleta a la parte actora ciudadana C.B.G. y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogadas M.C.C.P., N.Y.N., e I.B.T., en ejercicio de la profesión, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 59.359, 79.348 y 95.866, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró boleta de notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9312

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, primero (1°) de julio de 2011

Años 201° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.B.G., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.499.164, y/o en la persona de sus apoderadas judiciales, M.C.C.P., N.Y.N., e I.B.T., en ejercicio de la profesión, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 59.359, 79.348 y 95.866, respectivamente, parte actora, en el juicio que por Simulación, le sigue a los ciudadanos Larihely J.E.C., Larely J.E. y H.J.E.A., mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nros. V-8.343.429, 8.343.430 y 494.885, en su orden, sustanciado en el expediente signado con el número 9312, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 22 de junio de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9312

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (1°) de junio de 2011

Años 201º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 30 de mayo de 2011, por el abogado D.C.A., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25060, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano R.R.D.T., parte demandada, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada en fecha 13/04/2011 y solicita la notificación de la parte demandante, Banco Mercantil, C.A., en la persona de sus apoderados judiciales, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora sociedad mercantil Banco Mercantil, C.A, Banco Universal, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados S.G.E., E.T.S., A.R.M., S.A.F., B.R.M., H.P.B., R.Y. y Yolimar Quintero, en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 35.477, 39.626, 57.727, 31.621, 75.211, 35.196, 86.565 y 66.473, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró boleta de notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9860

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, primero (1°) de junio de 2011

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita originalmente en fecha 03.04.1925, por ante el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, bajo el N° 123, cuya última modificación estatutaria fue inscrita ante el citado registro mercantil, el día 04.03.2002, bajo el N° 77, Tomo 32-A-Pro, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados S.G.E., E.T.S., A.R.M., S.A.F., B.R.M., H.P.B., R.Y. y Yolimar Quintero, en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 35.477, 39.626, 57.727, 31.621, 75.211, 35.196, 86.565 y 66.473, respectivamente, parte actora, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Via Ejecutiva) le sigue al ciudadano R.R.D.T., venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 3.575.551, sustanciado en el expediente signado con el número 9860 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 13 de abril de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9860

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veinticinco (25) de mayo de 2011

Años 200º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 23 de mayo de 2011, por el abogado R.S., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.600, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Empresa Inversiones Ranger Way, C.A., mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada de la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2011, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada Empresa Zurich Seguros, S.A, y/o en la persona de su apoderada judicial abogada Nellitsa Juncal Rodriguez, en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.726, de la decisión dictada en fecha 27 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 10072

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veinticinco (25) de mayo de 2011

Años 201° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa ZURICH SEGUROS, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 9 de agosto de 1951, bajo el N° 672 del Tomo 3-C e inscrita su modificación de cambio de nombre en fecha 25 de abril de 2001, bajo el N° 58, Tomo 72-A-Sgdo, y/o en la persona de su apoderada judicial Nellitsa Juncal Rodriguez, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.726 parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares le sigue la ciudadana Empresa Inversiones Ranger Way, C.A., sustanciado en el expediente signado con el N° 10072 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 27 de abril de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N°10072

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 16 de mayo de 2011, por los abogados T.D.B. y H.Z., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 19.697 y 19.153, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., mediante la cual se dan por notificados de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de diciembre de 2010, y solicitan la notificación de la parte demandada, esta Alzada acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada INVERSIONES IMPLAKAK, C.A., INVERSIONES MR-77-C.A., INVERSIONES MARINA TRASATLANTICA 2100, C.A., CONSTRUCTORA 888, C.A., CONSTRUCCIONES Y PROCIONES 777, C.A., PROMOTORA DE INDUSTRIA Y TECNICA PARA EL DESARROLLO C.A. (PROINDES), y HEDHAM FINANCIAL LTD, y los ciudadanos E.M.R., I.A.M.R., A.G.d.B., S.J.S.M., O.S.F., y V.S.M.; venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.989.676, 11.306.177, 4.431.345, 2.779.574, 3.174.226 y 129.445, respectivamente, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, de la decisión dictada en fecha 15 de diciembre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense Boletas de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libraron Boletas de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa INVERSIONES IMPLAKAK, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de marzo de 1986, anotado bajo el N° 70, Tomo 85-A-Sgdo; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Acción de Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa INVERSIONES MR-77, C.A. de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de septiembre de 1997, bajo el N° 42, Tomo 149-A-Qto; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa INVERSIONES MARINA TRASATLANTICA 2100, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23-03-1992, bajo el N° 46, Tomo 114-A-Pro; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa CONSTRUCTORA 888, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de julio de 1997; bajo el N° 40, Tomo 132-A-Qto; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

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JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES 777, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de julio de 1997, bajo el N° 83, Tomo 128-A-Qto; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

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Exp. N° 9340

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JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa PROMOTORA DE INDUSTRIA Y TECNICA PARA EL DESARROLLO C.A., (PROINDES), de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de noviembre de 1969, bajo el N° 92; Tomo 79-A; y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa HEDHAM FINANCIAL LTD; sociedad mercantil constituida y domiciliada en las Islas V.B., en fecha 09 de abril de 1999, bajo el N° 319822 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana E.M.R., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 2.989.676, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano I.A.M.R., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.306.177 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana A.G.D.B., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.431.345, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano S.J.S.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 2.779.574 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano O.S.F., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.174.226 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Acción que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciocho (18) de mayo de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana V.S.M., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 129.445 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.F.C.R., L.E.A., G.G.G., L.M.S.; J.G.S.S., P.A.S.S., C.S.C., I.C.S., L.E.M., J.A.F.F., J.B.C., J.A.B. y J.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.408, 21.117, 40.446, 64.217, 3.053, 11.452, 22.832, 16.986, 65.554, 86.853, 76.939, 7.950 y 67.174, respectivamente, parte demandada en la Accion que por Nulidad por Simulación, le sigue la ciudadana A.E.M. e Inversiones 30-11-1998, C.A., parte demandante, sustanciado en el expediente signado con el número 9340 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 15 de diciembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9340

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintisiete (27) de abril de 2011

Años 200º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de abril de 2011, por el abogado P.A.S.V., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.735, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora reconvenida, ciudadana E.A.R., mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada de la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2011, asimismo, solicitó que dicha notificación se practique en el domicilio de la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada reconvincente ciudadana A.P.D. y/o en la persona de su apoderado judicial abogado L.E.P.L., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.991 de la decisión dictada en fecha 28 de marzo de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta de Notificación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9992

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintisiete (27) de abril de 2011

Años 200° y 152°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana A.P.D., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.887.399 y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado L.E.P.L., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.991, parte demandada reconviniente en el juicio que por Desalojo le sigue la ciudadana E.A.R., parte actora reconvenida, sustanciado en el expediente signado con el número 9992 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 28 de marzo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9992

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, quince (15) de abril de 2011

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 13 de abril de 2011, por el abogado R.S., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.814 actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano V.A.R., co-demandado, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada en fecha 02/03/2011 y solicita la notificación de la parte actora, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora reconvenida ciudadano Tannous Bachir Gebran Rafoul, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados J.B.M., y M.J.B.B., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 5.158 y 80.281, respectivamente, asimismo se ordena notificar a la co-demandada ciudadana G.R.d.A., de la sentencia dictada en fecha 02 de marzo de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró boletas de notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9772

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, quince (15) de abril de 2011

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana G.R.d.A., mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 955.316, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados C.B., M.B., R.S., y R.S., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.820, 25.613, 66.660 y 53.814, respectivamente, parte demandada reconviniente en el juicio que por Cumplimiento de Contrato le sigue el ciudadano Tannous Bachir Gebran Rafoul, parte actora reconvenida y al ciudadano V.A.R., mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 287.802, sustanciado en el expediente signado con el número 9772 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 02 de marzo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9772

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, quince (15) de abril de 2011

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano Tannous Bachir Gebran Rafoul, de nacionalidad libanés, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-837.132 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados C.B., M.B., R.S., y R.S., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.820, 25.613, 66.660 y 53.814, respectivamente, parte actora reconvenida, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato le sigue a los ciudadanos V.A.R. y G.R.d.A., parte demandada reconviniente, sustanciado en el expediente signado con el número 9772 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 02 de marzo de 2011.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 9772

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veinticuatro (24) de noviembre de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 19 de noviembre de 2010, por el abogado J.B., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.681, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en este proceso, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada en fecha 15/11/2001 y solicita la notificación de la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada Empresa HORUS INTERNATIONAL GROUP, C.A., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados A.B. y A.M.B., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.286 y 13.471, respectivamente, de la sentencia dictada en fecha 15 de noviembre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 10003

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veinticuatro (24) de noviembre de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa HORUS INTERNATIONAL GROUP, C.A., de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 16 de septiembre de 2003, bajo el N° 60, Tomo 810-A., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados A.B. y A.M.B., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.286 y 13.471, respectivamente, parte demandada en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento le sigue la ciudadana M.S.C., sustanciado en el expediente signado con el número 10003 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de noviembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VJGJ/grisel

Exp. N° 10003

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, quince (15) de noviembre de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 08 de noviembre de 2010, por la ciudadana M.B.d.N., titular de la cédula de identidad N° V-3.225.941, debidamente asistida por la abogada C.L.R.O., en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.580, parte demandada, mediante la cual se da por notificada de la sentencia dictada el 25/10/2010 y solicita la notificación de la parte actora, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora ciudadano C.J.R.P., en la persona de su apoderado judicial abogado L.G.M., en ejercicio de la profesión e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 7.043, de la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.. El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9998

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, quince (15) de noviembre de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.J.R.P., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-7.683.394 y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado L.G.M., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.043, parte actora en el juicio que por Nulidad de Transacción, sigue en contra de la parte demandada, ciudadana M.B.d.N., sustanciado en el expediente signado con el número 9998, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25 de octubre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VGJ/grisel

Exp Nº 9998

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintinueve (29) de octubre de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 27 de octubre de 2010, por el abogado G.M.A., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.129, actuando en su carácter de apoderado judicial de los demandados Electroauto Repuestos Las Palmas S.R.L., Electro Auto Repuestos Las Palmeras C.A y Vicenzo Racaniello Paradiso, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada el 06/10/2010 y solicita la notificación de la parte actora, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora Inversiones Beaisa, C.A, en la persona de su apoderado judicial abogado R.A.B., en ejercicio de la profesión e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 4.168, de la sentencia dictada en fecha 06 de octubre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

En esta misma fecha se libró Boleta de Notificación.-

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9927

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintinueve (29) de octubre de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A Inversiones Beaisa, C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 17, Tomo 79-A, el 24 septiembre de 1969, en la persona de su apoderado judicial, abogado R.A.B., en ejercicio de la profesión e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.168., en el juicio que por Daños y Perjuicios le sigue a la Sociedad Mercantil Electroauto Repuestos Las Palmas S.R.L, y otros, sustanciado en el expediente signado con el número 9927 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 06 de octubre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VGJ/grisel

Exp Nº 9927

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (1°) de octubre de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 29 de septiembre de 2010, por la abogada N.D., en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.680, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en este proceso, mediante la cual se da por notificada de la sentencia dictada en fecha 17/09/2010 y solicita la notificación de la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada ciudadana C.O.R., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.137.383 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados Faiez A.H. B y B.B.P.; en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.164 y 6.369, respectivamente, de la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9912

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, primero (1°) de octubre de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.O.R., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.137.383 y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados Faiez A.H. B y B.B.P.; en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.164 y 6.369, respectivamente, parte demandada, en el juicio que por DESALOJO le sigue la ciudadana M.S.S., sustanciado en el expediente signado con el número 9912 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17 de septiembre de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/grisel

Exp Nº 9912

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintiocho (28) de junio de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 16 de junio de 2010, por el abogado M.B., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.059, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada INVERSIONES 2618, C.A., mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada el 11/06/2010 y solicita la notificación de las partes, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora Sociedad Mercantil BAR RESTAURANT CHINA HOUSE C.A, y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales O.F.S. y E.R.C.M., y a la codemandada M.C.G.d.D.M. y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados, J.M.R., L.O.A., A.L.H., R.d.L.M., J.M.O., J.C.O., T.A.C., A.R.G., A.L.P., Julimar Sanguino, M.N. y J.C.S., en ejercicio de la profesión e inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 26.402, 55.570, 49.144, 35.927, 49.231, 117.971, 97.686, 97.684, 119.746, 110.679, 99.383 y 84.836, respectivamente, de la sentencia dictada en fecha 11 de junio de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9981

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintiocho (28) de junio de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.C.G.d.D.M., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 213.960 y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados, J.M.R., L.O.A., A.L.H., R.d.L.M., J.M.O., J.C.O., T.A.C., A.R.G., A.L.P., Julimar Sanguino, M.N. y J.C.S., en ejercicio de la profesión e inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 26.402, 55.570, 49.144, 35.927, 49.231, 117.971, 97.686, 97.684, 119.746, 110.679, 99.383 y 84.836, respectivamente, parte codemandada, en el juicio que por Retracto Legal Arrendaticio, le sigue la Sociedad Mercantil BAR RESTAURANT CHINA HOUSE C.A., así como también a la Sociedad Mercantil INVERSIONES 2618, C.A. sustanciado en el expediente signado con el número 9981 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de junio de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VGJ/grisel

Exp Nº 9981

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintiocho (28) de junio de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil BAR RESTAURANT CHINA HOUSE C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 01.07.1998, bajo el N° 25, Tomo 256-A-Sgdo, y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales O.F.T. y E.R.C.M., en ejercicio de la profesión e inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 13.253 y 10.212, respectivamente, parte actora, en el juicio que por Retracto Legal Arrendaticio, le sigue a la Sociedad Mercantil INVERSIONES 2618, C.A. así como también a la ciudadana M.C.G.d.D.M., sustanciado en el expediente signado con el número 9981 nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de junio de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

VGJ/grisel

Exp Nº 9981

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintiocho (28) de junio de 2010

Años 200º y 151º

Vistas las diligencias suscritas en fecha 21 de junio de 2010, por el abogado V.M.S.R., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.062, parte actora en este proceso mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada en fecha 11.06.2010 y solicita la notificación de la parte codemandada ciudadana M.C.G.d.D., mediante boleta, en la dirección suministrada en su diligencia, y asimismo solicita copias certificadas de actuaciones cursantes a los autos, este Tribunal niega lo peticionado hasta tanto conste en autos instrumento poder que acredite la representación judicial a la que alude el referido profesional del derecho.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9981

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, cuatro (04) de junio de 2010

Años 200º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 02 de junio de 2010, por el abogado E.N.A., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.558, parte actora en este proceso mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada ciudadana G.B.H.K. mediante boleta, en la dirección suministrada en su diligencia cursante al folio 225, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada ciudadana G.B.H.K., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.928.561 y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado G.S.H., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.950, de la sentencia dictada en fecha 12 de febrero de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9923

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, cuatro (04) de junio de 2010

Años 200° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana G.B.H.K., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.928.561 y/o en la persona de su apoderado judicial, abogado G.S.H., en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 55.950; parte demandada, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, le sigue el ciudadano E.N.A., sustanciado en el expediente signado con el número 9923, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 12 de febrero de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/grisel

Exp Nº 9923

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, dieciséis (16) de abril de 2010

Años 199º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 14 de abril de 2010, por la abogado R.F.T., en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.004, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora Sociedad Mercantil Inmobiliaria Montes, C.A., mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada de la sentencia dictada en fecha 16 de noviembre de 2009, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, Empresa Mercantil Frio Auto, S.R.L., en la persona de su Presidente ciudadano J.A.L.P., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.248.355, y/o en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados C.R.R., L.B.L., Aniello de V.C., A.B.G. y F.J.G.H., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.169, 1.105, 45.467, 45.468 y 97.215, respectivamente, de la sentencia dictada en fecha 16 de noviembre de 2009, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/grisel

Exp: 9901

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, dieciséis (16) de abril de 2010

Años 199° y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Empresa Mercantil Frio Auto, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de junio de 1975, quedando anotado bajo el N° 23, Tomo 74-A., en la persona de su Presidente ciudadano J.A.L.P., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.248.355, y/o en cualesquiera de sus apoderados judiciales abogados C.R.R., L.B.L., Aniello de V.C., A.B.G. y F.J.G.H., en ejercicio de la profesión, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.169, 1.105, 45.467, 45.468 y 97.215, respectivamente, parte demandada, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, le sigue la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Montes, C.A., sustanciado en el expediente signado con el número 9947, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16 de noviembre de 2009.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/grisel

Exp Nº 9901

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, nueve (09) de abril de 2010

Años 199º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 07 de abril de 2010, por el abogado A.C., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 72.874, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano P.W.K., mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 19 de marzo de 2010, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte actora, ese Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte actora, ciudadana M.B.d.W., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.422.475, o en la persona de su apoderado judicial, abogado E.C., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.195, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Richars D.M.

VGJ/RDM/edward

Exp: 9904

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, nueve (09) de abril de 2010

Años 199° Y 151°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.B.d.W., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.422.475, o en la persona de su apoderado judicial, abogado E.C., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.195; parte actora en el juicio que por Interdicto de Amparo, sigue en contra de la parte demandada, ciudadano P.W.K., sustanciado en el expediente signado con el número 9904, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de marzo de 2010.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/edward

Exp Nº 9904

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, tres (03) de febrero de 2010

Años 199º y 150º

Vista la diligencia suscrita en fecha 01 de febrero de 2010, por la abogada Norka M. Zambrano R. , inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 83.700, apoderada judicial de la parte demandada mediante la cual se da por notificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 09 de diciembre de 2009, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte actora, en consecuencia, se ordena notificar al Seguro Mercantil, C.A o en la personas de sus apoderados judiciales, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta. Asimismo solicitó copia certificada de la referida sentencia. En consecuencia ordena, expedir por secretaría las copias certificadas con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto; Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

EL SECRETARIO

RICHARS MATA

VGJ/RM/Kl

Exp: 9878

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, siete (07) de abril de 2010

Años 199º y 151º

Vista la diligencia suscrita en fecha 24 de marzo de 2010, por la abogada R.F.T.C.., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 21.004, apoderada judicial de la parte actora mediante la cual solicita la remisión del presente expediente al Tribunal a quo. Este Juzgado observa que en fecha 16 de noviembre de 2009, se dictó sentencia ordenando así la notificación de las partes, y por cuanto no consta en auto la notificación de la parte demandada sociedad mercantil Frío Auto S.R.L, se niega dicha solicitud y se insta a la parte actora gestionar lo necesario para llevar acabo dicha notificación.

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

EL SECRETARIO

RICHARS MATA

VGJ/RM/Kl

Exp: 9901

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 03 DE FEBRERO DE 2010

Años 199° Y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil Seguro Mercantil, C.A, o a sus apoderados judiciales abogados, J.A.P.S., G.R.V.L., C.D.C.A.C. y E.L.R.C., inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 16.290,17.265, 31.597 y 84.037; parte actora en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue en contra de los ciudadanos Jorges Díaz Carmona y V.J.G.F., sustanciado en el expediente signado con el número 9878, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 09 de diciembre de 2009.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J.

VGJ/RM/kl.

Exp. 9878

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 18 DE DICIEMBRE DE 2009

Años 199° Y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la Distribuidora Mayor de Repuestos Compañía Anónima (DISMARCA), o en la persona de sus apoderados judiciales abogados, A.R.A. y C.C.H., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los números 27.078 y 98.271, respectivamente; parte demandada en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue en su contra MMC Automotriz, S.A, sustanciado en el expediente signado con el número 9489, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 26 de enero de 2009.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J.

VGJ/RM/kl.

Exp. 9489

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintiséis (26) de junio de 2009.

Años 199º y 150º

Vista la diligencia suscrita en fecha 22 de junio de 2009, por el abogado G.S.H., inscrita en el inpreabogado Nº 55.950, mediante la cual solicita se vuelva a practicar la notificación de la demandada en la siguiente dirección: Jesuita a Tienda Honda, edificio Gosep, piso 4, oficina 42, Caracas. Este tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, ordena la notificación de la ciudadana Rosalía de la Chiquinquirá Cañizales, mediante boleta, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

EL SECRETARIO

RICHARS MATA.

VGJ/RM/Kl

Exp: 9869

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, (26) de junio de 2009

Años 199° Y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana Rosalía de la Chiquinquirá Cañizales, o a sus apoderados judiciales Abogados, Z.C.C. y E.R.C., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 55.859 y 10.212, respectivamente; parte demandada en el juicio que por Cumplimiento de Contrato incoado en su contra por los ciudadanos E.G.N., M.F.T.A. y Fraida Angulo; sustanciado en el expediente signado con el número 9869, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se les indica a las partes que dicho lapso comenzará a transcurrir una vez conste en autos la última notificación de las partes.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/RM/kl Exp: 9869

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 15 DE JUNIO DE 2009

Años 199° Y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano F.J.L.M., o en la persona de sus apoderados judiciales abogados C.S.B. y F.S.G., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los números 33.306 y 20.629, respectivamente; parte actora en el juicio que por Daño Moral le sigue al ciudadano W.R.R.R. y al Banco Mercantil, C.A antes Arrendadora Mercantil, sustanciado en el expediente signado con el número 9561, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de mayo de 2008.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J.

FIRMA:________

FECHA:________

HORA:_________

VGJ/RM/kl Exp: 9561

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 15 DE JUNIO DE 2009

Años 199° Y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano W.R.R.G., o en la persona de su apoderado judicial abogado, A.P.Á., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 75.596; parte Co- demandada en el juicio que por Daño Moral le sigue en cu contra el ciudadano F.J.L.M., sustanciado en el expediente signado con el número 9561, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de mayo de 2008.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J.

FIRMA:________

FECHA:________

HORA:_________

VGJ/RM/kl Exp: 9561

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