Decisión nº PJ0022009000360 de Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 5 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteLuis Rodolfo Herrera
ProcedimientoAmparo Constitucional Sobrevenido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, cinco de mayo de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO: AH14-O-2009-000001

Vista las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones y observa:

- I -

Se trata el caso que nos ocupa de una solicitud de amparo sobrevenido que incoara el ciudadano R.G.B. representado por la abogada J.F.G. contra el ciudadano L.Z.G..

Por auto de fecha 12 de enero de 2009, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abrió el presente cuaderno de amparo sobrevenido.

Por auto de fecha 27 de enero de 2009, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó auto mediante el cual remitió el cuaderno separado de amparo sobrevenido al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia a fin de que otro Tribunal lo tramitara, ya que el Juez JUAN CARLOS VARELA se había inhibido del conocimiento de dicha causa.

Luego de realizado el sorteo de distribución respectivo, el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó sentencia de fecha 9 de febrero de 2009, mediante la cual se declaró incompetente para conocer de la presente causa.

En fecha 12 de febrero de 2009, la parte actora apeló del fallo de fecha 9 de febrero de 2009, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Por fallo de fecha 17 de febrero de 2009, el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, negó la apelación intentada por el actor.

En fecha 26 de febrero de 2009, el Juez JUAN CARLOS VARELA se inhibió de seguir conociendo la presente causa.

En fecha 3 de marzo de 2009, dicho expediente fue recibido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

En fecha 3 de marzo de 2009, la Jueza M.R.M. se inhibió de seguir conociendo de la presente causa.

En fecha 16 de marzo de 2009, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, le dio entrada al presente expediente.

Por auto de fecha 25 de marzo de 2009, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remitió el cuaderno separado de amparo sobrevenido al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto allí se encontraba la causa principal y a éste le correspondía su conocimiento.

En fecha 1 de abril de 2009, el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, le dio entrada al presente expediente.

En fecha 31 de marzo de 2009, la parte actora solicitó la inhibición de la Jueza del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por encontrarse incursa en una causal de recusación.

En fecha 13 de abril de 2009, la Jueza A.M.C.D.M., se inhibió de seguir conociendo la presente causa.

En fecha 27 de abril de 2009, el presente expediente fue recibido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y ordenó la remisión del mismo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Primera Instancia a fin de fuera distribuido.

Luego del sorteo de distribución, le correspondió el conocimiento a este Tribunal.

En fecha 29 de abril de 2009, la parte actora solicitó la acumulación del presente cuaderno separado de amparo sobrevenido con la causa principal que actualmente se encuentra en el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Vistas las actuaciones realizadas en el presente expediente, debe este Tribunal pasar a realizar las siguientes consideraciones:

- II -

Ahora bien, este Tribunal considera necesario realizar las siguientes consideraciones:

En primer lugar, debe precisarse que quien suscribe se encuentra inhibido en el cuaderno separado de amparo sobrevenido que se encuentra actualmente en el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el número antiguo 2008-32.025 de la nomenclatura del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y cuyo número juris es AH13-V-2008-000149.

En ese sentido, de una revisión de las actas de dicho cuaderno separado de amparo sobrevenido se puede evidenciar la existencia del acta de inhibición de este juzgador, de fecha 11 de enero de 2005, mediante la cual se puede observar lo siguiente:

(…)

En el escrito que presentó ante la Inspectoría General de Tribunales la abogada J.F., profirió conceptos injuriosos contra quien suscribe manifestando:

‘(…)que ha asumido una posición de inercia por retardo procesal, resultante de decisiones denegatorias de justicia, en vulneración del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso del accionante agraviado GUERRA BETANCOURT RAMON, generador de desigualdades…El proceder omisivo del Juez Titular HERRERA G.L. RODOLFO…’

Habida cuenta de lo anterior, y como quiera que las anteriores afirmaciones constituyen objetivas INJURIAS proferidas en contra de este Juzgador, que puedan haber influenciado su ánimo al punto de afectar la serenidad y objetividad que debe tenerse al momento de ejercer la delicada tarea de juzgar, a los fines de procurar la más sana y transparente administración de justicia, y en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 82 ordinal 20º eiusdem, me veo en la obligación de plantear mi INHIBICIÓN para conocer de esta causa…

Como consecuencia de lo anterior, debe concluirse que este juzgador no puede continuar conociendo de la presente causa por cuanto se encuentra formalmente inhibido del conocimiento de la misma, como consecuencia de las expresiones antes parcialmente transcritas.

Por ende, este Tribunal actuando en sede administrativa, y vista la revisión del sistema juris 2000, ordenar la inmediata remisión del presente cuaderno de amparo sobrevenido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Primera Instancia, a fin de que el presente cuaderno sea remitido previa distribución al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente. Así se decide.-

- III -

Por todos los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal analizados como han sido los preceptos jurisprudenciales anteriores, así como los razonamientos anteriormente expuestos, observa que el Juez LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ se encuentra impedido para conocer de la pretensión de amparo sobrevenido intentada por el ciudadano R.G.B. contra el ciudadano L.Z.G..

Asimismo, se ordena la remisión del presente cuaderno de amparo sobrevenido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Primera Instancia, a fin de que el presente cuaderno sea remitido previa distribución al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente. Así se decide. Cúmplase.-

EL JUEZ,

L.R.H.G.

LA SECRETARIA,

M.G.H.R.

Exp. No. 09-16211.

LRHG/FM.

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