Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 23 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoAcción De Amparo Constitucional

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, Veintitrés (23) de Octubre del año dos mil Catorce (2.014)

204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 22 de octubre de 2014, por el ciudadano abogado J.V., inscrito en eI Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 22.157, actuando en su carácter de apoderada judicial de las partes accionantes, diligencia mediante la cual expone lo siguiente: “Omissis…Por cuanto se le ha solicitado al SAIME (…) información con relación con el ultimo domicilio, lugar de residencia y movimientos migratorios de los querellados, sin obtener oportunamente respuesta, solicito se acuerde la citación de los mismos mediante carteles…”

En vista de lo solicitado por la representación judicial de la parte recurrente, observa este Juzgado Superior de las actuaciones procesales que conforman la presente causa, que en fecha 09 de diciembre de 2013 este Juzgado Superior mediante sentencia interlocutoria declaro su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional, admitiendo la misma cuanto ha lugar en derecho y ordenando la notificacion de los ciudadanos Alcalde y Sindico Procurador del Municipio F.L.A. del estado Aragua, Fiscal Superior del Ministerio Publico y la de los ciudadanos A.M., L.E.V.L., N.M.H.C., G.A.M., Isberly, C.M.M., Albelys N.H.P., Yurianis M.P.P., G.M.M.G., M.B., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.434.579; V-8.779.651, V- 8.737.053, V-6.633.442, V- 19.002.590, V- 20.817.793, V-19.986.052, V-12.169.097 y V-4.551.191, respectivamente.

Posteriormente, se evidencia que en fecha 10 de febrero de 2014, el ciudadano Alguacil de este Despacho Judicial consigno las resultas de la notificación dirigida a los ciudadanos ut supra identificados, dejando plena constancia que en cuanto a los ciudadanos Yurianis Perez, N.H., Albelis Heredia, E.M., G.M., L.V. y M.B., fue imposible su realización, a razón de que se traslado a la dirección suministrada y en dicha dirección no se encontró a los referidos ciudadanos.

Subsiguientemente, se evidencia que este Juzgado Superior mediante auto de fecha 27 de marzo de 2014, ordeno oficiar al Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de que remitiera a este Órgano Jurisdiccional dentro del lapso del diez (10) días de despacho, toda la información referente a los referidos ciudadanos. Y en consecuencia de ello, se observa en el folio 175 del presente expediente judicial, las resultas de la referida notificación, consignada por el ciudadano Alguacil de este Despacho Judicial en fecha 25 de septiembre del presente año.

En relación a lo anteriormente expuesto, y en vista de que efectivamente fue imposible la notificación personal de las partes presuntamente agraviantes, es por lo que este Juzgado Superior en vista de lo solicitado y de lo establecido en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, ordena la notificación de los ciudadanos Yurianis Perez, N.H., Albelis Heredia, E.M., G.M., L.V. y M.B., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- V- 19.986.052, V- 8.737.053, V- 20.817.793, V- 9.434.579, V- 6.633.442, V- 8.779.651 y V- 4.551.191, respectivamente. Mediante un solo Cartel de Notificación el cual deberá ser publicado en los Diarios “El Siglo” y “El Aragueño” con intervalo de tres (03) días entre la publicación de uno y otro, a los fines de notificarle a los referidos ciudadanos que deberán comparecer a la Sede de este Juzgado Superior en la oportunidad de celebrarse la Audiencia Constitucional, Oral y Publica, la cual sera fijada dentro de las noventa y seis (96) horas de despacho siguientes, una vez conste en autos la consignación de dichos carteles de notificación. Cúmplase. Líbrense Carteles de Notificación.

LA JUEZA SUPERIOR ESTADAL,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA

ABG. SLEYDIN REYES.

MGS/SR/gavs.

Exp. N° DP02-O-2013-000024.

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