Sentencia nº 46 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Electoral de 26 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2015
EmisorSala Electoral
PonenteIndira Maira Alfonzo Izaguirre

Numero : 46 N° Expediente : AA70-E-2014-000054 Fecha: 26/03/2015 Procedimiento:

Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con Acción de A.C.

Partes:

RCE + a.W.J.F.M. y N.L.A., contra de “…las vías de hecho configurada en actuaciones materiales ejecutadas por el Presidente Nacional de COPEI PARTIDO POPULAR…”.

Decisión:

La Sala Accidental N° 1 declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por el ciudadano WILGEN J.F.M., titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.188.393, invocando su condición de “Presidente (…) de la Dirección Estadal de COPEI PARTIDO POPULAR DEL ESTADO ARAGUA”, asistido por el abogado J.R.L., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 45.387, contra “(…) la vía de hecho configurada en actuaciones materiales ejecutadas por el Presidente de Nacional de COPEI PARTIDO POPULAR, ciudadano R.A.E. LAVAUD (…)”. 2.- HOMOLOGÓ el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar de autos, presentado por la ciudadana N.L.A.. 3.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y su reforma. 4.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y en consecuencia, ORDENÓ la incorporación del ciudadano WILGEN J.F.M., parte recurrente, en el cargo de Presidente de la Mesa Directiva del estado Aragua de la organización con fines políticos COPEI Partido Popular.

Ponente:

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