Reconciliación sin impunidad

Las situaciones de violencia en el mundo, provocadas por irresponsables con preten siones mesiánicas, se traducen por lo general en crímenes internacionales y en violaciones de los derechos humanos, hechos de extrema gravedad que ultrajan la conciencia de la humanidad y que imponen una actitud solidaria de la comunidad internacional en su conjunto. Una vez superada la crisis surge la reconciliación nacional, un proceso en el cual las partes enfrentadas abandonan la violencia y los odios, deponen las armas y acuerdan reconstruir el país basados en la comprensión mutua. En todos los casos, la sociedad afectada exige conocer la verdad de los hechos, para establecer responsabilidades, lo que no responde a simples sentimientos de venganza, sino a la necesidad de aplicar la justicia para prevenir la realización ulterior de actos criminales de esa naturaleza. La reconciliación no significa olvido y perdón. Los crímenes y las violaciones cometidos desde posiciones de poder o de mando deben ser investigados, procesados y castigados conforme a derecho. La erradicación de la impunidad es una cuestión fundamental en la lucha contra estas atrocidades. La impunidad debe enten derse como la inexistencia de hecho o de derecho de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos ... porque escapan de toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condenas a penas apropiadas, incluso la indemnización del daño causado a la víctima principios adoptados por el Consejo de Derechos Humanos en 2005. Los Estados están obligados internacionalmente a respetar los derechos humanos y a adoptar medidas internas para garantizarlos artículos 1-1 y 2 de la Convención del Pacto de San José de 1969. Esta obligación es reiterada en distintos instrumentos internacionales, entre los cuales, los preámbulos de la Convención Interamericana contra la Corrupción y del Estatuto de Roma, en el que se señala, al referirse a los crímenes objeto de la competencia de la Corte Penal Internacional, que para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo esos crímenes y que, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia ... Decididos a...

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