Decisión de Corte de Apelaciones de Tachira, de 6 de Diciembre de 2005

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2005
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteCarmen Deisy Castro Infante
ProcedimientoRecurso De Revision

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUTO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 06 de diciembre de 2005

195º y 146º

Visto el recurso de revisión interpuesto por el penado F.B.Q. y su abogado defensor J.G.G., Defensor Público Vigésimo Sexto Penal, contra la sentencia por admisión de los hechos que fuera dictada el 18 de noviembre de 2004, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 2, Extensión de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual fue condenado el mencionado penado a cumplir la pena de diez años de prisión por la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 (ahora 31) de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Circulación de Papel Moneda Extranjera Falsa, previsto y sancionado en el artículo 301 del Código Penal y por cuanto dicho recurso fue interpuesto en base al ordinal 6° del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, la competencia para conocer y decidir le corresponde a esta Corte de Apelaciones, tal como lo establece el artículo 473 ejusdem, y en vista de que dicho recurso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 472 ibidem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 en concordancia con el artículo 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.

Los Jueces de la Corte,

J.V.P.B.

Presidente

C.D.C.I.J.O.C.

Ponente Juez

JEERSON QUIROZ RAMIREZ

Secretario

En la misma fecha se cumplió lo señalado.

Exp. Nº 1-Rr-646/05

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