Decisión nº 003-2016 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región los Andes de Tachira, de 11 de Enero de 2016

Fecha de Resolución11 de Enero de 2016
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario de la Región los Andes
PonenteAna Beatriz Calderón Sánchez
ProcedimientoAdmision

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

DE LA REGION LOS ANDES

206° Y 157°

En fecha 16/06/2015 este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario Recibido en le sede de este tribunal, interpuesto por la Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA DELICATESES ITAL-MERIDA C.A.”.Constante (81) folios útiles

Se ordeno las Notificaciones a: Folios:

Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 87

Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 85

División Jurídica Tributaria. (SENIAT) 83

Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario puesto que:

Tempestividad:25 días Fecha de notificación del acto recurrido: 06/05/2015

Fecha de Interposición del recurso: 15/06/2015

Se observa cualidad Ciudadano JOSE ARMATO-BARONÉ F.T. de la cedula de identidad V-11.468773, actuando en su carácter de REPRESENTANTE de la Sociedad Mercantil

Asistido por: La Abg. B.A.D.B., inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 38278.

Por lo tanto, que posee la cualidad para recurrir y por cuanto no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.

II

ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:

INTERPUESTO POR: La Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA DELICATESES ITAL-MERIDA C.A.” Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida bajo el N°: 38, Tomo: A-21 de fecha 13/10/2004, RIF: J-312235764.

EN CONTRA DE:

La Resolución Culminatoria del Sumario N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SM/ASA/2015 de fecha 20/04/2015

En cuanto a la suspensión de los efectos se resolverá por separado

En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.

Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San C.E.T., a los (11) días del mes de enero del año (2016). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-

A.B.C.S.

JUEZ TITULAR

W.M.

LA SECRETARIA

De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica .Se Libro Oficio 014-16.

Exp. 3142

ABCS/gisela

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