Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de Yaracuy, de 28 de Abril de 2009

Fecha de Resolución28 de Abril de 2009
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
PonenteArlec Lucena
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Veintisiete (27) de Abril de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2008-000560

Vista la diligencia de fecha 27-04-2009, que riela al folio (40), suscrita por la ciudadana C.I.V., en su condición de representante legal de la parte demandada, debidamente asistida por la Abg. R.C., Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.713, y por otra parte la Abg. Z.N., Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.555, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana R.I.T.B., (parte actora), mediante la cual solicitan el diferimiento de la Audiencia Preliminar fijada par el día Martes Veintiocho (28) de Abril de 2009, a las Diez de la mañana (10:00 am.). En consecuencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR ésta Audiencia Preliminar, y se fija para el día MIERCOLES TRECE (13) DE MAYO DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIODIA (12:00 M.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-

LA JUEZ,

Abg. ARLEC V.L.H.

La secretaria Accidental,

Abg. M.Z.G.

AVLH/MZG/lisbethoviedo

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR