Se dispone que la construcción de buques o accesorios de navegación a ser inscritos en el Registro Naval Venezolano - RENAVE, así como la modificación o desguace de buques o accesorios de navegación inscritos en el Registro Naval Venezolano - RENAVE, deben ser autorizados previamente por el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares - INEA.

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