Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 23 de Febrero de 2005

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonenteIda Tineo de Mata
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, veintitrés de febrero de dos mil cinco

194º y 146º

ASUNTO : BP02-T-2004-000122

Visto el cómputo efectuado por Secretaría que cursa al folio 150, y del cual se evidencia que el lapso para dar contestación al fondo de la demanda precluyó el día 11 de Febrero de 2005; y visto asimismo que el abogado K.M.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.704, en su condición de apoderado judicial de la empresa SEGUROS BANCENTRO, C.A., parte co-demandada en el presente proceso, procedió a presentar escrito de contestación en fecha 14 de febrero del 2005, es decir, fuera del lapso previsto para la verificación de dicho acto procesal; este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTEMPORANEO POR TARDIO el referido escrito de contestación.- Así se declara.-

LA JUEZ PROVISORIO,

Dra. I.T.d.M. LA SECRETARIA,

Abg. M.M.R..-

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