El repliegue de la Corte IDH

Desde su instalación, el 3 de septiembre de 1979, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, contribuyó, con altos y bajos, al fortalecimiento de los dere chos humanos en la región. A pesar de algunos errores manifiestos de los primeros años, su jurisprudencia constante fue, progresivamente, afianzando un vigoroso régimen de protección de los derechos humanos; esa tendencia alcanzó su punto culminante durante los años en que el juez Antonio Cançado Trindade estuvo al frente de la corte y, con matices, continuó bajo la presidencia de los jueces Sergio García Ramírez y Cecilia Medina.Lamentablemente, salvo alguna honrosa excepción, en los últimos años se ha observado un claro repliegue, que ciertamente debe satisfacer a los gobiernos más autoritarios de la región, y que ha desembocado en su reciente sentencia en el caso Mémoli vs Argentina, que hubiera complacido al expresidente Chávez, y que alienta a los enemigos de la libertad de expresión.En todo el amplio abanico de derechos consagra dos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la jurisprudencia de la Corte Interamericana había experimentado un desarrollo progresivo que afianzaba el ejercicio de esos derechos; ese desarrollo fue particularmente notable en las esferas relativas a las garantías del debido proceso y la libertad de expresión. Desde un comienzo, la jurisprudencia de la corte subrayó la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática. Según esa jurisprudencia, las limitaciones a la libertad de expresión deben tener un carácter excepcional y el establecimiento de responsabilidades ulteriores no debe impedir el pleno ejercicio de esta libertad y convertirse en un mecanismo directo o indirecto de censura previa. Al imponer cualquier restricción a la libertad de expresión, el Estado debe demostrar que ella obedece a una necesidad social imperiosa para proteger, de manera proporcionada, uno de los objetivos legítimos señalados por la Convención. La corte ha reconocido el carácter preponderante de expresiones relativas a asuntos de interés público, y deben protegerse...

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