Decisión nº 3251 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión Guasdualito), de 24 de Marzo de 2008
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2008 |
Emisor | Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control |
Ponente | Nelly Mildret Ruiz Ruiz |
Procedimiento | Orden De Aprehension |
Orden De Aprehension
LA FISCALÍA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO, REPRESENTADA PARA ESA OPORTUNIDAD POR EL ABG. C.A.F.B.,
que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD acordada en fecha 15 de septiembre de 2005, por este Tribunal en contra del imputado DAIL H.G.M., de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 17.590.140, con fecha de nacimiento 29 de Noviembre de 1972, nacido en la Población de Arauca, República de Colombia, presuntamente incurso en la comisión del delito de Falso Testimonio, tipificado en el artículo 320 el Código Penal, cometido en perjuicio el Estado venezolano. En consecuencia, se DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en su contra, de conformidad con el artículo 250 numeral 4 del artículo 251, del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena expedir las correspondientes Órdenes a los diferen.....
Nelly Mildret Ruiz Ruiz
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA |
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO. |
ºººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººº CAUSA 1C3251-05 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL. CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, lunes veinticuatro (24) de M.d.D.M. ocho (2008) 197° y 149° Este Tribunal, previa solicitud del Ministerio Público, de Orden de Aprehensión de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida en contra del imputado DAIL H.G.M., de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 17.590.140, con fecha de nacimiento 29 de Noviembre de 1972, nacido en la Población de Arauca, República de Colombia, acusado por el delito de FALSA ATESTACIÓN, tipificado en el artículo 320 del Código Penal, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, a tal efecto se observa: PRIMERO: Que en fecha 15 de septiembre de 2005, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure- Extensión Guasdualito, en la oportunidad de celebrar la audiencia de presentación de imputado, considera que habían suficientes elementos de convicción de que se había cometido el delito de Falsa Atestación, tipificado en el artículo 320 del Código Penal y suficientes elementos en contra del imputado como presunto autor de mismo; decide que la causa se siguiera por el procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente en dicha audiencia, se acuerda en contra del imputado DAIL H.G.M., Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, de conformidad con el numeral 3° y 4º, del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole la siguiente condición: 1) Presentarse cada 06 días por ante la Unidad de alguacilazgo de este Circuito y Extensión. 2) se le prohíbe al imputado salir del Territorio Nacional sin autorización previa del Tribunal. |