Decisión de Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot. de Cojedes, de 10 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2016
EmisorTribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot.
PonenteEmirton Ismael Rodriguez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.

El Baúl, 10 de febrero de 2016

Años: 205° y 156°

Vista la solicitud de evacuación de título supletorio de propiedad, presentado por la ciudadana J.Y.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.618.594, domiciliada en El Baúl, municipio Girardot del estado Cojedes asistida por el abogado, W.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 85.814. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº. 2009-0006, fecha 18 de marzo de 2009, mediante la cual se asigna competencia a los Tribunales de Municipio, para conocer de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia y en cualquier otro asunto de semejante naturaleza, en concordancia con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, ordena darle entrada. Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes, se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio del ciudadano, W.W.M.A., titular de la cédula de identidad Nº 22.896.040, y a las 10:30 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana, Y.Y.Z.F., titular de la cedula de identidad Nº 23.248.118, a quien la parte interesada presentara en la oportunidad fijada.

El Juez Temporal

Abg. Emirton I. R.T.

La Secretaria.

Abg. M.L.G. .

Solicitud Nº 2016-05

EIRT/cdcfe

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