Se prorroga hasta el 30 de marzo de 2009, la vigencia de la Resolución Conjunta Dictada por los Ministerios que en ella se mencionan, de fecha 11 de agosto de 2008, publicada en la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nº 38.991, de esa misma fecha. (Se determinan los productos, subproductos e insumos requeridos para la producción de los alimentos a los cuales se les aplicarán las medidas temporales para la flexibilización de los trámites para su producción, importación y mercadeo.)

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