Decisión nº 1C-004-2003 de Tribunal de Control del L.O.P.N.A. Area Penal Los Teques de Miranda, de 30 de Junio de 2003

Fecha de Resolución30 de Junio de 2003
EmisorTribunal de Control del L.O.P.N.A. Area Penal Los Teques
PonenteKenia Del Carmen Yanez
ProcedimientoProcedimiento Ordinario

LOS TEQUES, 30 DE JUNIO DE 2.003

193° y 144°

Visto que en la presente fecha, estaba fijada la celebración de la audiencia preliminar, en el caso seguido en contra de ________________, la cual no se celebro, debido a que este no compareció a la misma, sobre el particular este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

De la Narrativa

En fecha 11 de enero de 2003, se realizó la Audiencia de Presentación de detenido de los adolescentes ________________, previa solicitud de la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público del Estado Miranda, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, según lo dispuesto en el artículo 460 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal; acordando este Despacho, la imposición de medida cautelar sustitutiva de la libertad, consistente caución personal, cuyos fiadores entre otros requisitos deberán devengar un suelo mensual de cincuenta (50) unidades tributarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literal “g” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acordándose el ingreso en la institución en mención; prosiguiendo el curso de las actuaciones por los trámites el procedimiento ordinario.

En fecha 03 de febrero del presente año, se constituyó la fianza a favor del adolescente ________________, quedando desde ese momento en libertad.

En fecha 05 de febrero la Juez Provisorio de este Tribunal se AVOCO al conocimiento de la presente causa, luego de reintegrarse a sus labores y se ACORDO darle entrada al escrito presentado por la Defensa, mediante el cual solicitó al Tribunal le modificara la medida a ________________, por cuanto su entorno social y familiar carecen de recursos económicos que satisfagan las exigencias del Tribunal

En fecha 10 de febrero del año en curso, se ACORDO modificar uno de los requisitos exigidos por el Tribunal, en la audiencia de presentación de los citados imputados, en fecha 11 de enero del presente año, consistente en la rebaja del sueldo que deberán devengar los fiadores a veinte (20) unidades tributarias.

En fecha 18 de febrero de 2.003, se ACORDO darle entrada al escrito presentado por la Defensa, mediante el cual solicitó al Tribunal le modificara la medida a ________________, por cuanto su entorno social y familiar carecen de recursos económicos que satisfagan las exigencias del Tribunal.

En fecha 24 de febrero de 2.003, se ACORDO la revisión de la medida cautelar, dictada en contra del adolescente ________________, y se modificó la misma, por la prevista en el artículo 582 literal “c” consistente en presentaciones periódicas, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, cada ocho (08) días, a partir del día jueves 27 del mes de febrero de este año.

En fecha 24 de marzo de 2.003 se ACORDO remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que esta continuara con las investigaciones.

En fecha 26 de mayo del presente año se recibieron las presentes actuaciones procedentes de la mencionada Vindicta Pública, las cuales tenían agregada escrito de acusación fiscal, en contra de los citados imputados por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en artículo 460 del Código Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 83 eiusdem.

En fecha 04 de junio del presente año, se ACORDO citar a los fiadores del adolescente ________________, debido a que este no había sido posible ubicarlo.

Por cuanto las fiadores, no comparecieron a la citación que vía telefónica se les hizo, a la sede de este Tribunal, en fecha 17 de junio del presente año, se ACORDO citarlas nuevamente.

En fecha 26 de junio del año en curso, compareció previa citación La ciudadana A.J.C.M., en su carácter de fiador a favor del adolescente ________________, y notificó que se comprometía a hacer comparecer al referido imputado a la sede de este Tribunal.

En fecha 26 de los corrientes, se ACORDO fijar la celebración de la audiencia preliminar para el día lunes 30 de los corrientes.

En esa misma fecha compareció en forma espontánea el adolescente ________________, acto en cual se le hizo entrega de la Boleta de Citación, la cual lo insta a comparecer sin falta a este Tribunal, en fecha 30 de los corrientes, por cuanto se llevara a cabo la audiencia preliminar en su contra.

En fecha 30 de los corrientes, compareció en forma espontánea la ciudadana A.J.C.M., en su carácter de fiador, del adolescente ________________, a los fines de notificar que su afianzado se retiro de la sede de este Tribunal, mientras conversaba con su Defensora.

De la Motiva

De lo anteriormente transcrito puede este Juzgador inferir que el adolescente ________________, no tiene interés de someterse al presente proceso, a pesar de hacer sido ubicado, sin causa justificada se retiró de la sede de este Tribunal, sin la autorización correspondiente, ya que este ha debido presenciar la audiencia preliminar que se llevaría a cabo en su contra, ocasionando con ello, retraso procesal en la presente causa e impidiendo así, la oportuna administración de justicia, por lo que lo procedente y ajustado a derecho y a los fines de darle celeridad al presente caso y a los fines de no causarle un perjuicio al adolescente ________________, quien se encuentra a derecho; es ACUERDAR dividir la presente causa a los fines de continuar el proceso, con respecto a este último al adolescente, a tales efectos se Ordena la expedición de copias certificadas de todas las actuaciones a tales fines. Y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,

De la Dispositiva

En virtud los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal Estado Miranda (Sección Adolescentes) con Sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO la Captura, del adolescente ____________________. a través de los distintos organismos policiales, militares y autoridades civiles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, SEGUNDO: Librense Boletas de Captura a La Delegación M.d.C.d.I. científicas Penales y Criminalísticas y Boleta de ingreso al respectivo centro de reclusión ya indicado, ordenándosele sus ingresos en el archivo de información policial que para tal fin debe llevar esa Institución Policial, como personas solicitadas por este Despacho. TERCERO: Suspéndase la celebración de la Audiencia Preliminar, hasta tanto le logren su captura. CUARTO: A los fines de darle al presente caso, una correcta tramitación en aras de la oportuna administración de justicia y a los fines de no causarle al adolescente ________________, quien se encuentra detenido por otra causa distinta a esta, a la orden de este Tribunal, se divide la presente causa, a los fines de continuar el proceso al imputado en mención. QUINTO: Ordénese la expedición de copias certificadas de todas las actuaciones a tales fines. Notifíquese a las partes del presente pronunciamiento. PROVÉASE LO CONDUCENTE.

LA JUEZ

KENIA DEL CARMEN YÁNEZ

EL SECRETARIO

ELIAS SILVERIO ALEJOS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.

EL SECRETARIO

ELIAS SILVERIO ALEJOS

Expediente Nro. 1C-004-03

KdelCY/ESA/yo*

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