Decisión de Juzgado Septimo Superior Del Trabajo de Caracas, de 25 de Enero de 2012

Fecha de Resolución25 de Enero de 2012
EmisorJuzgado Septimo Superior Del Trabajo
PonenteWilliam Gimenez
ProcedimientoAccidente De Trabajo

Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas; 25 de Enero de 2012

201º y 152º

PARTE ACTORA: N.J.R.B., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 14.301.317.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: N.G. y M.I.R., abogados en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 95.666 y 105.826, respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: ELECTROMECANICA SHANELY, C.A., sociedad mercantil Inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 05-12-1996, bajo el N° 22, tomo 648-A-Sgdo y solidariamente contra el ciudadano S.D.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.363.655, respectivamente.-

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: A.R.L. y A.P.B., abogados en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los N 55.625 y 9.300, respectivamente.-

MOTIVO: Accidente de Trabajo

EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2011-001706

Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en v.d.R. de apelación interpuesto en fechas 26 de Octubre de 2011 por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 24 de Octubre de 2011, dictada por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, todo con motivo del juicio por accidente de trabajo que sigue el ciudadano N.J.R.B. contra la sociedad mercantil Electromecánica Shanely, C.A., y solidariamente contra el ciudadano S.D.S..

Recibido el expediente, por auto separado de fecha 15 de Noviembre de 2011, se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral en el presente juicio para el 25 de enero de 2012, a las once de la mañana (11:00a.m.).-

Ahora bien, vistas las actas procesales este Tribunal observa que la abogada M.R., en su carácter de apoderada judicial de la parte actora (apelante) manifestó por diligencia de fecha 25 de enero de 2012, siendo las diez y catorce de la mañana (10:14 a.m.) que: “… Desisto del la Recurso de apelación intentado en fecha 31-10-2011…”.-

Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que la parte actora ejerció recurso de apelación (ver folios 316 y 317 de la pieza signada con el No. 1), por lo que vista la manifestación realizada por la precitada apoderada judicial, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte de la diligenciante, el cual de forma expresa cursa a los autos (ver folios 12 y 13); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, de la apelación propuesto por la parte actora, siendo que, a los fines de dar seguridad jurídica en el presente asunto, se indica que la causa continua su trámite, toda vez que falta a resolver la apelación de la parte demandada.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil doce (2012). Años: 201º y 152º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ

WILLIAM GIMÉNEZ

LA SECRETARIA;

EVA COTES MERCADO

NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-

LA SECRETARIA,

WG/ECM/vm

Exp. N°: AP21-R-2011-001706

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR