Decisión nº 2093 de Juzgado Superior Civil de Vargas, de 26 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2009
EmisorJuzgado Superior Civil
PonenteMaría Carolina Mariotto Ortíz
ProcedimientoPretensión De Amparo Constitucional

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, veintiséis (26) de Octubre de 2009

Años 199º y 150º

Vista la apelación interpuesta por el profesional del Derecho P.B.M., , abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 14.904, en su carácter de Abogado asistente de la ciudadana R.N.C., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-9.995.036, contra la decisión dictada por este Juzgado en fecha 20 de octubre de 2009, mediante la cual declara IMPROCEDENTE in limine la pretensión de amparo constitucional incoada por la ciudadana R.N.C. (supra identificada), en contra de la decisión dictada por el Doctor C.E.O.F., de fecha 19-05-2009, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial. Este tribunal la oye en un solo efectos por cuanto fue ejercida en tiempo útil. En consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.-

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. M.C.M.O.

LA SECRETARIA ACC.

LIXAYO MARCANO MAYORA.

En esta misma fecha, se cumplió con lo antes ordenado y se remite el presente expediente constante de ciento cincuenta y dos (152) folios útiles, junto con oficio N° 09-248.

LA SECRETARIA ACC.

LIXAYO MARCANO MAYORA

MCMO/Lm/El.

EXP.Nro. 1903

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