Sentencia nº 748 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 10 de Octubre de 2013
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2013 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto Solicitando Antecedentes e Informes y Designando Ponente |
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 10 de octubre de 2013
203º y 154º
Visto el escrito presentado en fecha 09 de octubre de 2013, por los abogados J.C.R.P. y A.N.R.O., titulares de la cédula de identidad N° 10.284.406 y 7.196.537, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 61.695 y 95.233, respectivamente, actuando en nombre propio, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 130822-0262 del 22 de agosto de 2013, dictada por el C.N.E. y publicada en Gaceta Electoral N° 683 de fecha 16 de septiembre de 2013, mediante la cual se declaró: “…SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos J.C.R.P., A.N.R. y J.L.J., (…) candidatos de la fórmula denominada N° 1 en las elecciones de la Federación de Colegios de Productores de Seguros (FECOPROSE), contra la elección de la señalada federación, celebrada el 31 de mayo de 2012”; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al C.N.E. los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítasele copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.
Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2013-000078
FRVT/pc
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 10 de octubre de 2013
Oficio Nº 13-497
Ciudadana
T.L.
Presidenta del C.N.E. de la
República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 09 de octubre de 2013, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos J.C.R.P. y A.N.R.O., titulares de la cédula de identidad N° 10.284.406 y 7.196.537, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 61.695 y 95.233, respectivamente, actuando en nombre propio, contra la Resolución N° 130822-0262 del 22 de agosto de 2013, dictada por el C.N.E. y publicada en Gaceta Electoral N° 683 de fecha 16 de septiembre de 2013, mediante la cual se declaró: “…SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos J.C.R.P., A.N.R. y J.L.J., (…) candidatos de la fórmula denominada N° 1 en las elecciones de la Federación de Colegios de Productores de Seguros (FECOPROSE), contra la elección de la señalada federación, celebrada el 31 de mayo de 2012”. Asimismo, se le informa que esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2013, dictó auto en el cual acordó solicitar a usted, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000078
ANEXO: LO INDICADO
FRVT