Sentencia nº 1764 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Constitucional de 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorSala Constitucional
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado

Caracas, 17 de diciembre de 2014

204º y 155º

El 14 de noviembre de 2014, comparecieron ante esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, las ciudadanas RHINA M.C.D. y G.V.F., titulares de la cédulas de identidad n.ros 12.021.079 y 9.573.095, respectivamente, quienes se identifican como madres de los imputados Anzhony R.V.C., Rihalmy C.V.C. y J.G.R.V., titulares de las cédulas de identidad n.ros 20.008.316, 20.008.305 y 17.229.734, respectivamente, actualmente procesados ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en carta dirigida a la Magistrada Presidenta de este Tribunal Supremo de Justicia, en su carácter de Presidenta de la Comisión Judicial, en los siguientes términos:

… venimos desde el Estado Lara a usted como autoridad de este Poder Nacional, con la intención de DENUNCIAR y PARTICIPARLE por escrito que:

Somos las madres de ANZHONY R.V.C. (hijo de Rhina), J.G.R.V. (hijo de Gladys) y RIHALMY C.V.C. (hija de Rhina), portadores de las cédulas de identidad 20.008.316,17.229.734 y 20.008.305, estos jóvenes están siendo sometidos a un proceso judicial donde se están violando sus derechos constitucionales en Barquisimeto por parte de la JUEZA A.D.C.P.A. (cédula 12.434.685). Nos referimos al expediente con número KPOI-S-2014-000365 que tiene actualmente el Tribunal Primero de Control de Delitos de Violencia Contra la Mujer.

Venimos a pedir su ayuda magistrada, ya que esta jueza está violando los derechos de nuestros hijos, ya que ordenó injustificadamente privarlos de libertad (varones) el día 28/10/2014 en un audiencia llamada preliminar, y es el caso que HASTA EL DÍA DE HOY NO HA FUNDAMENTADO SU DECISIÓN DE PRIVARLOS y no sabemos por qué hizo eso, no sabemos lo motivos que ella tiene para privarlos de libertad si ellos se han sometido a la justicia conforme se les ordenó durante la fase en fiscalía. También impide con ese retardo injustificado y dañino, que se pueda apelar de tal decisión de privarlos.

Esta grave situación queremos transmitirla a su oficina Magistrada, para que tome cartas en el asunto y verifique que la jueza que venimos a denunciar no es una jueza justa, ni cumple con la ley, ya que eso no es un acto de justicia al retardar el proceso sin motivos.

Estamos angustiadas como madres de estos jóvenes profesionales (TSU en Deportes) que les hagan algo en las cárceles que están bastante congestionadas y peligrosas. Estos muchachos desde el 21 de enero de 2014 estaban presentándose en los Tribunales de Barquisimeto y cumpliendo estrictamente con todas y cada una de las medidas que les establecieron en la audiencia de presentación. No hay motivo para privarlos y menos para que estén ahí presos sin saber por qué se les privó de libertad ya que la jueza no quiere cumplir con sus deberes de juez.

El viernes 07 de noviembre de 2014 (semana pasada) acudimos ante el Juez Rector a consignar una carta donde explicábamos esta irregularidad procesal y no se nos recibió, nos mandaron a llevarla al Circuito de Violencia, por lo cual cuando estábamos llegando al segundo piso del edificio nacional (sede de tribunal) un alguacil le participó de nuestra presencia a la jueza Amaru del C.P.A. y ésta le dijo que nos informara que ‘el lunes 10 de noviembre ella iba a fundamentar la decisión de mantenerlos presos’, ‘que estuviéramos tranquilas’.

Al ver que llegó el lunes (10) y la jueza no cumplió su palabra, el día MARTES 11 DE NOVIEMBRE DE 2014, se metió un AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA LA OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO de esa jueza y ese amparo tiene número de expediente KPOI-O-2014-l 16, pero resulta que ahora el amparo no lo tramitan pues dicen que por no haber despacho en la corte de apelaciones de Barquisimeto no debe tramitarse ningún amparo.

Doctora, estamos desesperadas por la situación que viven nuestros hijos, debido a la irregularidades que se han cometido en ese tribunal, nos genera temor de que les hagan daño en un recinto penitenciario ya que no hay motivos para detenerlos pues siempre cumplieron con sus medidas, iban al proceso penal continuamente, fueron a la fiscalía las veces que se los ordenaron, fueron a INAMUJJER, cumplieron al escuchar las charlas ordenadas, y quieren demostrar en juicio que son inocentes, que todo es un malentendido. Por eso pedimos SU AYUDA Y QUE HAGAN ALGO DESDE ESTA INSTANCIA DEL PODER JUDICIAL, ya que hemos tenido fe en la justicia pero nos hemos encontrado con una jueza de control que no cumple con su labor de administrar justicia, violando la constitución y las leyes. La juez que denunciamos hoy, no cumple con su cargo ni respeta las leyes. El Código orgánico (sic) Procesal penal (sic) establece reglas para este caso -decisión y fundamentos, privativa- y ella no las acata ni cumple, no fundamenta su decisión, viola todos los plazos procesales y no respeta a los acusados, no es imparcial, ni trabaja con igualdad, creemos que hay que ver con detenimiento este caso ya que se muestra cómo verdaderamente está caminando la justicia en ese tribunal en manos de esta jueza.

En internet pudimos ver sus palabras en mayo de 2013, cuando asumió dignamente la conducción de este Tribunal Supremo y también lo que dijo acerca de ser PRESIDENTA DE LA COMISIÓN JUDICIAL. Allí dijo -En el caso de la Comisión Judicial que se trata de la figura del juez de la idoneidad del juez, seguiremos tratando de que ese funcionario público además de su desempeño profesional, de una adecuada’ formación jurídica, además sea un gran ejemplo moral- (http://www.correodelorinoco.gob.ve/nacionales/elegida-gladys-gutierrez-como-nueva-presidenta-tribunal-supremo-judicial)

Estamos seguras de que la juez Amaril del C.P.A. no se adecúa a la visión del juez venezolano que usted tiene como meta desde su llegada a este Tribunal Supremo y a la Comisión Judicial.

Queremos como ciudadanas venezolanas y madres de familia, que se tomen los CORRECTIVOS URGENTES y que esto no siga pasando en Barquisimeto con una jueza como ésta, que irrespeta a los derechos de los ciudadanos. Nuestros hijos requieren que se les juzguen y se busque la verdad de los hechos denunciados, pero con una jueza correcta, idónea y que muestre imparcialidad. Cosa que no existe en A.D.C.P.A. al mando del Tribunal de Control Primero de Violencia en Barquisimeto Estado Lara, tal y como lo demuestra ella misma al dictar una decisión judicial infundada que mantiene presos a nuestros hijos y hasta hoy, 14 de noviembre, casi 12 días de despacho después (17 días continuos) no saca por escrito los fundamentos que dice tener o haber tenido para privarlos de libertad, circunstancia que se mantiene en estas horas de la tarde del día de hoy (14/11/2014) que estamos aquí, pues no hay fundamentación alguna en ese expediente a esta hora.

Esta grave situación nos hizo venir por carretera varias horas de cola y tráfico para pedir que nos atiendan, y una vez comprendido el caso se giren las instrucciones y se haga lo correcto, PEDIMOS QUE POR FAVOR ESA JUEZA DECIDA Y DIGA SUS MOTIVOS Y PUEDA EL EXPEDIENTE SEGUIR SU CURSO CON LO SIGUIENTE.

Creemos en la justicia, somos conscientes de la importancia de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. pero todas las personas sometidas a procesos penales deben ser tratados con respeto a sus derechos y que los jueces cumplan con sus deberes legales y sobre todo los que establece la Constitución Nacional.

Una justicia tardía, es injusticia para cualquier procesado.

Quedamos de usted distinguida Presidenta, gracias; en Caracas, al 14 de noviembre de 2014

.

Ahora bien, de lo antes transcrito, la Sala observa que el escrito consignado por las ciudadanas Rhina M.C.D. y G.V.F. es una denuncia dirigida a la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado en su carácter de Presidenta de la Comisión Judicial, en razón de las supuestas irregularidades acaecidas durante la tramitación del procedimiento que, por la presunta comisión del delito de actos lascivos violentos, se lleva contra sus hijos ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a cargo de la Jueza A.d.C.P., y no una demanda de amparo constitucional, como erróneamente se determinó al momento de conformar el presente expediente.

En tal razón, se ordena a la Secretaría de esta Sala Constitucional que dé por terminada la presente causa y que el escrito consignado el 14 de noviembre de 2014 y sus anexos, del cual se dio cuenta el 18 del mismo mes y año, sea remitido a la Comisión Judicial para que se le dé el trámite correspondiente. Así se decide.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 17 días del mes de diciembre de dos mil catorce. Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

La Presidenta,

G.M.G.A.

Ponente

El Vicepresidente,

F.A.C.L.

Los Magistrados,

L.E.M.L.

M.T.D.P.

C.Z.D.M.

A.D.J.D.R.

…/

…/

J.J.M. JOVER

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

GMGA.-

Expediente n.° 14-1190

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