Decisión de Juzgado Septimo Superior Del Trabajo de Caracas, de 21 de Abril de 2015

Fecha de Resolución21 de Abril de 2015
EmisorJuzgado Septimo Superior Del Trabajo
PonenteWilliam Gimenez
ProcedimientoDesistimiento Del Recurso De Apelacion

Juzgado Séptimo (7º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas; 21 de abril de 2015

205º y 156º

PARTE ACTORA: R.B.R.G., venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 24.022.415.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: M.S.S. y L.R.S., abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 63.410, 148.078, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES P & R, C.A. (FUENTE DE SODA UVA), inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 10 de noviembre de 2010, bajo el N° 3, tomo 236-A; y, en forma solidaria al ciudadano P.F.D.S.R., titular de la cédula de identidad N° 15.178.942.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: R.J.M.A., ROSMALI GONZALEZ, F.A. y W.M., abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la número: 63.100. 178.166n 64.484 y 112.531, respectivamente.

MOTIVO: INCIDENCIA (DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN).

EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2015-000438.

Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 12 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano R.B.R.G. contra la Sociedad Mercantil Inversiones P & R, C.A. (Fuente de Soda Uva), y, en forma solidaria al ciudadano P.F.d.S.R..

Recibido el expediente en fecha 13/04/2015, con base a lo previsto en el artículo 163 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se estaba a la espera para fijar la oportunidad en que se llevaría a cabo la audiencia oral y publica.

Pues bien, vistas las actas procesales este Tribunal observa que la abogada María Suazo, en su condición de apoderada judicial de la parte actora (apelante), manifestó mediante diligencia de fecha 17/04/2015, siendo la una y veintinueve minutos de la tarde (01:29 p.m.) que procedía a: “…Desistir del Recurso de apelación interpuesto en razón de la aclaratoria del Juzgado…”, (Ver folios 206 y 207).

Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que el presente recurso de apelación fue ejercido por la parte actora (ver folios 188 y 189), por lo que vista la manifestación realizada por la apoderada judicial de la parte recurrente, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte de la precitada abogada, la cual de forma expresa cursa a los autos (ver folio 20 y su vuelto); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, solicitado por la representante judicial de la parte actora, siendo que al haber apelado igualmente la parte demandada, a los fines e la seguridad jurídica, se indica que el proceso continua en los términos expuesto en el auto de fecha 13 de abril de 2015.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintiuno (21) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ

WILLIAM GIMÉNEZ

EL SECRETARIO;

HECTOR RODRIGUEZ

NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-

EL SECRETARIO;

WG/HR/rg.

Exp. N°: AP21-R-2015-000438.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR