Decisión de Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 24 de Enero de 2011

Fecha de Resolución24 de Enero de 2011
EmisorJuzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteAna Mercedes Mora Rivas
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 200° y 151°

SUNTO Nº SP01-L-2010-000753

PARTE DEMANDANTE: RICHELL D.V.B., DULFA YAMITH PRADA BECERRA, J.C.G., H.J.G.R.

ABOGADO ASISTENTE: E.L.S.L., identificado con la cédula Nro.V-17.644.783

PARTE DEMANDADA: COLEGIO DE MEDICOS DEL ESTADO TACHIRA, representado por el Presidente Encargado G.U.D.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: J.G.S., inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.125

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, (24) de enero de 2011, a las 2:30 de la tarde, oportunidad fijada para realizar la audiencia preliminar, se hizo presente por la parte demandante el apoderado judicial abogado E.L.S.L., inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.143.415 y por la parte demandada se hizo presente la Presidenta del Colegio de Médicos, N.N.D.A., identificada con la cédula nro.V-3.078.989, según se desprende del Acta Constitutiva del Colegio de Médicos en el Estado Táchira, consignada en autos, asistida por el abogado J.G.S., inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.125, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs.1.223,90) para ser cancelados al codemandante RICHELL D.V.B., en este acto mediante cheque Nro. 10631910 de la cuenta corriente Nro.01050675111675007756 contra El Banco Mercantil, no debiéndose nada al resto de los codemandantes, ciudadanos, DULFA YAMITH PRADA BECERRA, J.C.G., H.J.G.R. según se desprenden de la pruebas promovidas y a.e.l.a. preliminar. Por su lado el apoderado judicial de la parte actora acepta la propuesta formulada por considerarla conforme a derecho y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas.. Es todo, terminó, se leyó y firman.

La Juez,

Abg. A.M.M.R.

La parte Actora, La Parte demandada,

La secretaria,

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