Decisión nº 265 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 2 de Julio de 2007

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoObligación Alimentaria

Despacho de Medida Nº 4423

En el día de hoy dos ( 02 ) de Julio del dos mil siete (2.007), siendo las once y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa ASPROFE CONSULTORA C.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Maracaibo, en el Juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por la ciudadana R.B., titular de la cedula de identidad Nº V-9.726.351, en contra del ciudadano ZAIME MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V- 5.809.986. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa ASPROFE CONSULTORA C.A procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano W.G., titular de la cédula de identidad Nº 13.194.176, en su condición de Vigilante. Por tratarse de créditos privilegiados a favor de niños y/o adolescentes, y tomando en cuenta el interés superior de los mismos.

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