Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 6 de Abril de 2011

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2011
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoPrestaciones Sociales

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE

En el día de hoy, miércoles, seis (06) de abril de 2011, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de parte en la causa seguida por cobro PRESTACIONES SOCIALES, por los ciudadanos F.R., S.A.N., ANGEL NAVA, YAMPEDRO RIVERO MELLADO, J.L.V.P., J.A.R.P. y W.E.J.C., titular de la Cédula de identidad N° 11.999.411, 19.137.891, 17.532.863, 16.760.326, 13.599.955 y 83.086.490, respectivamente contra las empresas MASTER TECNOLOGY, C.A. y MINERA LOMA DE NIQUEL, C.A., en virtud de la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte accionante, abogada E.D. inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, contra el auto dictado en fecha 22 de marzo de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1683-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte actora, abogada E.D. inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175; de los apoderados judiciales de la codemandada, empresa MASTER TECNOLOGY, C.A., abogados L.A.G. y A.E.S. inscritos en el inpreabogados bajo los N°S 51.918 y 46.694, respectivamente y del apoderado judicial de la codemanda, empresa, MINERAS LOMAS DE NIQUEL, C.A. abogado S.G.E. inscrito en el inpreabogado bajo el N°.35.477. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la abogada E.D., anteriormente identificada, posteriormente a la abogada A.E.S. y al abogado S.G.E., cuyos alegatos quedaron registrados el en material audiovisual. Acto seguido, se le concedió el derecho a réplica, a la apoderada judicial de la parte actora, abogada E.D. y posteriormente al apoderado judicial de la parte codemandada empresa MASTER TECNOLOGY, C.A., todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual, Igualmente, se le otorgó el derecho a la contra réplica al apoderado judicial de la parte actora, quien no hizo uso de tal derecho, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de las partes, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada E.D. inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, contra el auto dictado en fecha 22 de marzo de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques.- SEGUNDO: SE RATIFICA la negativa de la admisión de la prueba de exhibición de documentos, promovida por la parte actora, en los términos establecidos mediante auto de fecha 22 de marzo de 2011, dictado por el por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la admisión de la prueba de Inspección Judicial promovida por la parte accionante. CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, a los seis (06) días del mes de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

EDINET VIDES ZAPATA

LA SECRETARIA

_______________________________

APODERADA JUDICIAL DE LA

PARTE ACTORA

________________________________

APODERADOS JUDICIALES DE LA CODEMANDADA MASTER TECNOLOGY, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DE LA CODEMANDADA, EMPRESA MINERAS LOMAS DE NIQUEL, C.A.

EXP. 1683-11

AHG/EVZ*

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