Sentencia nº 122 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 13 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 13 de noviembre de 2012

202º y 153º

Mediante decisión N° 863 del 20 de junio de 2012, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad interpuesto por los abogados R.O.M. e I.M.L., actuando en su propio nombre, contra la disposición transitoria quinta y los artículos 84 y 88 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, publicada en Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.053 del 12 de noviembre de 2011.

Este Juzgado de Sustanciación conforme a lo establecido en los artículos 135, segundo aparte y 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y visto que la parte actora se encuentra a derecho, acuerda librar la citación del Presidente de la Asamblea Nacional, las notificaciones de la Fiscal General de la República, de la Procuradora General de la República y de la Defensora del Pueblo, así como el cartel de emplazamiento.

Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la Ley que rige este Supremo Tribunal, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

L.E.M. LAMUÑO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2011-001426

LEML/JLRC/lffz

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