Decisión nº 2365-06 de Tribunal Séptimo de Control de Zulia (Extensión Maracaibo), de 14 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Séptimo de Control
PonenteEglee Ramírez
ProcedimientoMandato De Conduccion

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 14 de Agosto de 2006

196° y 147°

DECISION N° 2365-06 CAUSA No 7C-S-779-06

Vista la solicitud de MANDATO DE CONDUCCION antepuesta por la ciudadana Fiscal Octava del Ministerio Publico DRA. E.P.A., a los fines de que sea conducido en forma inmediata por la citada Fiscalia, de los ciudadanos R.E.R.R., este Juzgado para decidir observa:

I

Manifiesta la Representante del Ministerio Público que requiere de la inmediata comparecencia ante la Referida fiscalía de los ciudadanos R.E.R.R., con el objeto de tomarle declaración con relación a la investigación del caso signado bajo el No 24-F9-0989-02.

II

En tal sentido observa esta Juzgadora que efectivamente se evidencia la Inobservancia de las referidas citaciones realizadas por el Representante del Ministerio Publico a los referidos ciudadanos a objeto de ser entrevistados sobre los hechos a que se contrae la investigación penal, en consecuencia resulta procedente en derecho tramitar la solicitud presentada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASI SE DECLARA.-

III

Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA el MANDATO DE CONDUCCION solicitada por la Fiscal Octava del Ministerio Público, contra los ciudadanos R.E.R.R., titular de la cedula de identidad 9.703.023, residenciado en Conjunto Residencial I.D., Edificio Carolina, Apartamento 12B, Maracaibo, Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 310° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese. .-

Líbrese la ORDEN DE MANDATO DE CONDUCCION respectiva.-

LA JUEZA,

DRA. EGLEE RAMIREZ

EL SECRETARIO

ABOG ERNESTO ROJAS

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se registra la presente Decisión con el N°. 2365-06,

EL SECRETARIO

ABOG ERNESTO ROJAS

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