Sentencia nº 571 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 25 de Julio de 2013
Fecha de Resolución | 25 de Julio de 2013 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto ordenando notificación |
SALA ELECTORAL
Caracas, 25 de julio de 2013
203º y 154º
Vista la sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2013, mediante la cual se declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto. 2. ADMITIÓ el recurso y 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada, ORDENANDO la suspensión del acto de votación fijado el día 27 de julio de 2013 para la elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa, este Juzgado de Sustanciación acuerda notificar a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación el mencionado fallo. Remítaseles copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrense Oficios.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de los Municipios Sucre y J.Á.L. de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de notificar a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación las cuales pueden ser ubicadas en la Carretera Nacional Cagua-La Villa, Centro Comercial El Gran Camarón, Sector B.V., Cagua, estado Aragua, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
Igualmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público. Remítase copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2013 y del presente auto. Líbrese Oficio.
Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de un (01) día, que se computará por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación, otorgados a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp.N°AA70-E-2013-000051
FRVT/pcg
En veinticinco (25) de julio de 2013, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de los Municipios Sucre y J.Á.L. de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de notificar a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación, de la sentencia N° 81 dictada en fecha 25 de julio de 2013 y del auto dictado en esta misma fecha.
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2013-000051
Caracas, 25 de julio de 2013
Oficio Nº 13-332
Ciudadano
Juez de los Municipios Sucre y J.Á.L. de la Circunscripción Judicial del estado Aragua
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se le comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado M.S.R., titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, contra el proceso de elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000051
ANEXO: LO INDICADO
FRVT
TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de los Municipios Sucre y J.Á.L. de la Circunscripción Judicial del estado Aragua
TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado M.S.R., titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, contra el proceso de elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación, de la sentencia N° 81 dictada el 25 de julio de 2013 y del auto dictado en esta misma fecha. A tal fin se remiten Oficios de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 25 de julio de 2013.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2013-000051
FRVT/pc
Caracas, 25 de julio de 2013
Oficio Nº 13-333
Ciudadanos
Miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 25 de julio de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 81 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado M.S.R., titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, contra el proceso de elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013. En dicho fallo la Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto. 2. ADMITIÓ el recurso y 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada, ORDENANDO la suspensión del acto de votación fijado el día 27 de julio de 2013 para la elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Asimismo, se les informa que podrán formular oposición contra la medida acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, se les informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 25 de julio de 2013, dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de un (01) día, que se computará por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación, otorgados a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000051
ANEXO: LO INDICADO
FRVT
Caracas, 25 de julio de 2013
Oficio Nº 13-334
Ciudadanos
Presidente y Demás Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 25 de julio de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 81 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado M.S.R., titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, contra el proceso de elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013. En dicho fallo la Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto. 2. ADMITIÓ el recurso y 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada, ORDENANDO la suspensión del acto de votación fijado el día 27 de julio de 2013 para la elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Asimismo, se les informa que podrán formular oposición contra la medida acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, se les informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 25 de julio de 2013, dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de un (01) día, que se computará por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación, otorgados a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000051
ANEXO: LO INDICADO
FRVT
Caracas, 25 de julio de 2013
Oficio Nº 13-335
Ciudadana
L.O. DÍAZ
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado M.S.R., titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, contra el proceso de elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013. Asimismo, se remite copia certificada del fallo N° 81 dictado en fecha 25 de julio de 2013, en el cual la Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto. 2. ADMITIÓ el recurso y 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada, ORDENANDO la suspensión del acto de votación fijado el día 27 de julio de 2013 para la elección de la Junta Directiva, C.d.H. y C.C. para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación Venezolana de Coleo hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Finalmente, se les informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 25 de julio de 2013, dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de un (01) día, que se computará por días continuos, contados a partir de la respectiva notificación, otorgados a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO) y a la Comisión Electoral de la referida Federación para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del mencionado auto.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E- 2013-000051
FRVT