Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 18 de Julio de 2012

Fecha de Resolución18 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoExequatur

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 18 de julio de 2012

202º y 153º

Vista las diligencias suscritas en fecha 16 de Julio del presente año, por los abogados A.J.R.B. y W.G.E., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 12.067 y 83.027, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de las partes solicitantes, mediante la cual solicitan dos (02) juegos de copias certificadas de la sentencia dictada en fecha 02 de julio de 2012. Este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir copias certificadas de lo antes señalado, así como de la diligencia que lo solicita y del presente auto que lo acuerda, la cual lo suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, solicitan la remisión de las respectivas copias certificadas a la Jefatura Civil y Registro Principal. En consecuencia se acuerda librar oficio a los fines de informar de la sentencia dictada por este Juzgado a la Jefatura de la Parroquia S.R., así como al Registro Principal del Municipio Libertador.

EL JUEZ TITULAR,

DR. V.J.G.J..

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS D.M..

Exp Nº 10146 VJGJ/RDM/kl

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 18 DE JULIO DE 2012.-

AÑOS 202° Y 153°

OFICIO N° 2012-A-

CIUDADANO:

REGISTRADOR PRINCIPAL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.

SU DESPACHO

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 02 de Julio del 2012, de mediante la cual se le concedió fuerza ejecutoria en el territorio de la Republica Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, I.d.M., Republica de Portugal, en fecha 02 de noviembre de 2004, la cual decreto el divorcio de los ciudadanos R.C.C. y M.C.d.A.F., en virtud de que estampe la nota marginal correspondiente.

Remisión que se hace, a usted a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ TITULAR,

DR. V.J.G.J.

VGJ/RM/kl

EXP: 10146

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 18 DE JULIO DE 2012.-

AÑOS 202° Y 153°

OFICIO N° 2012-A-

JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA S.R..

SU DESPACHO

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 02 de Julio del 2012, de mediante la cual se le concedió fuerza ejecutoria en el territorio de la Republica Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, I.d.M., Republica de Portugal, en fecha 02 de noviembre de 2004, la cual decreto el divorcio de los ciudadanos R.C.C. y M.C.d.A.F., en virtud de que estampe la nota marginal correspondiente.

Remisión que se hace, a usted a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ TITULAR,

DR. V.J.G.J.

VGJ/RM/kl

EXP: 10146

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