Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 14 de Abril de 2008

Fecha de Resolución14 de Abril de 2008
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonentePastora Peña Garcias
ProcedimientoHomologación Obligación De Manutención

Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos ROIBERTH J.M.H. y DARAIS M.S.V., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 16.208.684 y 19.338.627 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, en beneficio de la niña JENDIMAR A.M., de 3 años de edad, la cual ha sido fijada por la cantidad de Bs. 200,oo) mensuales, los cuales cancelara mediante depósitos en una cuenta de ahorro que el Tribunal le asigne a la niña; además se obliga el padre a cancelar los gastos de vestuario, calzado y juguetes en el mes de diciembre. Tambien ambos padres estan obligados en forma proporcional a cubrir los gastos de medicinas, atención medica, recreación y otros que necesite su hija; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. P.P.G.

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona.

Exp.Civil N° 9326

M.S.

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