Decisión de Juzgado Superior del Trabajo de Anzoategui, de 16 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2014
EmisorJuzgado Superior del Trabajo
PonenteCorallys Cordero
ProcedimientoRecurso De Apelación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

ACTA

Audiencia oral, pública y contradictoria

Fijada para el día de hoy, dieciséis (16) de mayo de dos mil catorce (2014)

RECURSO DE APELACION No BP02-R-2014-000163

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Jueza, Abogada CORALLYS CORDERO DE D´INCECCO, con la presencia de la ciudadana Secretaria, Abogada H.M., así como del Alguacil, ciudadano V.P..-

Constituido el Tribunal en la Sala de Audiencias de los Tribunales Superiores, ubicada en el primer piso del Palacio de Justicia de Barcelona, a las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), a los fines que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo reproducida la misma en forma audiovisual, conforme lo dispuesto en el artículo 166 de la referida Ley, con asistencia del Técnico Audiovisual, ciudadano J.G. adscrito a los Juzgados Laborales de Barcelona, Estado Anzoátegui, acto en el cual las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación al recurso de apelación intentado por el abogado BECKENBAUER FRANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 147.744, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra decisión publicada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, de fecha 17 de marzo de 2014, en la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara el ciudadano RONNEL R.V., contra la empresa DESARROLLOS VALLE ARRIBA, C. A.

Se dio apertura al acto dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente, ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial alguno.

Con vista a la incomparecencia de la parte actora recurrente, es por lo que este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con las disposiciones contenidas en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION planteado por la parte demandante, contra decisión publicada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, de fecha 17 de marzo de 2014, en la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara el ciudadano RONNEL R.V., contra la empresa DESARROLLOS VALLE ARRIBA, C. A. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.

Se ordena agregar al expediente los formatos de audio y video grabación del presente acto, y una vez concluido el mismo, el Tribunal procede a retirarse acordando la publicación del acta levantada.-

LA JUEZA,

ABG. CORALLYS CORDERO DE D’INCECCO

LA SECRETARIA

ABG. H.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR