Decision nº 1189-06 of Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control of Merida (Extensión El Vigia), of October 23, 2006
Resolution Date | October 23, 2006 |
Issuing Organization | Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control |
Judge | Deisy Barreto |
Procedure | Sobreseimiento |
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL N° 04
El Vigía, 23 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-002200
ASUNTO : LP11-P-2006-002200
DECISIÓN NRO. 1189/06
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control Abogadas SOELY BENCOMO, H.R.P. y S.C. Fiscalía Sexta del P.d.M.P., por los hechos ocurridos en fecha 24 de Marzo de 2005, a favor de ROPERO OVALLES L.A. identificado en actas, en perjuicio de E.J.M. , por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, y LESIONES, en perjuicio de A.D.R., previstos y sancionados en los artículos 405 y 413 del Código Penal, por cuanto se extinguió la acción penal, por muerte del investigado; igualmente, solicita sobreseer la investigación a favor de los funcionarios actuantes en el procedimiento, cabo Primero LEITO DIAS y Agente (PM) W.M., adscritos a la Comisaría Policial del Estado Mérida tal como consta en actas, quienes obraron en el cumplimiento de un deber y en el ejercicio legitimo de un derecho , como es salvaguardar tanto la integridad física propia como la de las personas que se encontraban presentes en el momento de los hechos ocurridos en fecha 24 de marzo de 2005, (…); siendo una causal de no Punibilidad tal como lo preceptúa el articulo 65 del Código Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 1 y 318 numeral 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal; por los hechos ocurridos: En horas de la noche, se encontraban tres personas comiendo pasteles en la avenida 15, frente al centro nocturno el Bodegón de Botero, en esta Ciudad de El Vigía, Estado Mérida, cuando llegaron dos sujetos más, y uno de ellos que se encontraba armado, le disparo a uno de los tres primeros nombrados, quien quedó muerto en el sitio siendo identificado como E.J.M.B. de 26 años, e igualmente disparo contra A.D.R., de 18 años, en el muslo izquierdo, y luego apunto al último de los sujetos, de nombre Gane Soto, quien de rodillas suplicaba que no lo matara, en ese momento llegó la policía y los dos sujetos salieron corriendo, y el que se encontraba armado, hizo frente a la comisión policial por lo que estos al momento de repeler la acción policial(…) hicieron uso de las armas de reglamento para resguardar la integridad física resultando muerto, y siendo identificado como L.R., tal como consta al acta policial N° 062/05 inserto a los folios 6 y 7 de la causa en la cual se observan las circunstancias tiempo, modo y lugar de los hechos acontecidos y suscrito por los funcionarios actuantes, lo cual da fe pública; Acta de Investigación Penal folio 8; Inspección Nro. 410 folio 9; así como en el escrito fiscal inserto a los folios 57 al 58; planilla de resguardo de evidencias físicas (Sala Técnica) Nro. 122-05, folios14 y 15 de la causa, en la cual en el punto 5 y 5 de la misma, se observa el detalle del arma de Fuego, tipo pistola, marca BROWNING, calibre 9 milímetros, serial 48526, pavón negro, con su respectivo cargador, así como cuatro balas calibre 380 marca WIN Así mismo, consta en actas folio 4 y 5, denuncia de A.D.R.; al folio 28 experticia nro. 330 examen Médico legal en la persona de A.D.R., suscrito por el Médico Forense en la cual en sus conclusiones expuso: Lesiones que ameritaron asistencia médica que lo incapacitan para sus labores habituales (…); Informe de Autopsia Forense de fecha 18-05-2005, ROPERO OVALLES L.A. folios 29 y 30; Informe de autopsia Forense de M.B.E.J.. Folio 34; y a los folios 35 y 36 el Acta de Defunción de los mencionados; existiendo otras actuaciones insertas a la causa, así como el escrito fiscal de solicitud de Sobreseimiento de la Presente causa a favor de L.A.R.O. (occiso) por cuanto fallece a consecuencia de haber recibido impactos de bala producto del enfrentamiento policial, entre su persona y los funcionarios actuantes, solicitando sobreseer la causa conforme al artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal; y en cuanto al Segundo Pedimento de la Vindicta Pública, en relación al procedimiento de la aprehensión y según acta Policial los funcionarios actuantes cabo Primero LEITO DIAS y Agente (PM) W.M., adscritos a la Comisaría Policial del Estado Mérida tal como consta en actas, quienes obraron en el cumplimiento de un deber y en el ejercicio legitimo de un derecho , como es salvaguardar tanto la integridad física propia como la de las personas que se encontraban presentes en el momento de los hechos ocurridos en fecha 24 de marzo de 2005, (…); siendo una causal de no Punibilidad tal como lo preceptúa el articulo 65 del Código Penal, en razón de ello la representación Fiscal solicita sobreseer la causa conforme al artículo 318 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona. A.c.h.s.p. este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano L.A.R.O., fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 concordancia con el articulo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Y con respecto a la solicitud en la cual los funcionarios del procedimiento LEITO DIAS y Agente (PM) W.M., adscritos a la Comisaría Policial del Estado Mérida tal como consta en actas, quienes obraron en el cumplimiento de un deber y en el ejercicio legitimo de un derecho , como es salvaguardar tanto la integridad física propia como la de las personas que se encontraban presentes en el momento de los hechos ocurridos en fecha 24 de marzo de 2005, de acuerdo a las circunstancias, tiempo y lugar suscrito por la Vindicta Pública y de acuerdo a las actas procesales,(…); siendo una causal de no Punibilidad tal como lo preceptúa el articulo 65 del Código Penal, siendo así las cosas, y a solicitud de la representación Fiscal declara con lugar sobreseer la causa conforme al artículo 318 numeral 2 y 3º, en armonía con el articulo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, Así se decide. Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano L.A.R.O., Identificado en actas, en perjuicio de E.J.M., por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, y LESIONES, en perjuicio de A.D.R., previstos y sancionados en los artículos 405 y 413 del Código Penal, por cuanto se extinguió la acción penal, por muerte del investigado; Así mismo, se acuerda sobreseer la investigación a favor de los Funcionarios Cabo Primero LEITO DIAS y Agente (PM) W.M., adscritos a la Comisaría Policial del Estado Mérida tal como consta en actas, quienes obraron en el cumplimiento de un deber y en el ejercicio legitimo de un derecho, como es salvaguardar tanto la integridad física propia, como la de las personas que se encontraban presentes en el momento de los hechos ocurridos en fecha 24 de marzo de 2005, de acuerdo a las circunstancias, tiempo y lugar suscrito por la Vindicta Pública y de acuerdo a las actas procesales,(…); siendo una causal de no Punibilidad tal como lo preceptúa el articulo 65 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 1 y 318 numeral 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal;(…). Se acuerda el comiso del arma la cual se describe al folio 14 y 15 de la causa. Remitir al Tribunal de Ejecución a tales fines, una vez transcurra el lapso legal Correspondiente. La presente solicitud se fundamenta en los artículos señalados a lo largo de la decisión y artículos 26, 49, 256 y 256 de la Constitución y artículos 2, 3, 4, 5,6, 10,13, 48.1; 318,320 del COPP. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes y victimas por extensión.
LA JUEZA CONTROL N° 04
ABG. D.M.B.C.
SECRETARIA
ABG